Respuestas de foro creadas

Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
  • Autor
    Entradas
  • Ander
    Participante
    0
    septiembre 2010


    Roj: STSJ GAL 4568/2004 ECLI:ES:TSJGAL:2004:4568

    • Esta respuesta fue modificada hace 1 semana, 1 día por Ander.
    Ander
    Participante
    0
    septiembre 2010


    <p style=”font-weight: 400;”>Adjunto remito Sentencia y un extracto de Sentencia de un Tribunal Superior de Justicia donde dice:</p>
    <p style=”font-weight: 400;”>4.- Y por último, la denuncia de infracción de los artículos 6.2 ET y 18.p de la Ordenanza Laboral de Comercio no puede tampoco se aceptada, pues en modo alguno advertimos cuál es el trabajo prohibido por el artículo 6.2 ET que desarrollaría un Repartidor en Moto, ni la imposibilidad de que se pueda contratar un Aprendiz para realizar tareas en que consiste la categoría de Mozo.</p>
    <p style=”font-weight: 400;”>Un saludo</p>

    en respuesta a: Portecciones de Maquinas #385863 Agradecimientos: 0
    Ander
    Participante
    0
    septiembre 2010


    Pues mira, si ha cambiado el color de la protección , por ejemplo, o si tiene un diseño más bonito… pues no tienes que hacer nada de nada; pero si por el contrario, has modificado una caracteristica de la protección que afecte a la seguridad, lo mínimo es que realices una evaluación de riesgo, pero mejor que la realice el fabricante que para eso sabe de la máquina.

    en respuesta a: RD 1215 #383438 Agradecimientos: 0
    Ander
    Participante
    0
    septiembre 2010


    He leído algunos de los últimos comentarios realizados en el foro con respecto a la adecuación de maquinaria y me gustaría añadir un detalle.

    Si los fabricantes de maquinaria tienen que realizar una DECLARACIÓN de Conformidad,¿ porque se empeña la Inspección de Trabajo en Requerir CERTIFICADOS de conformidad?; ¿están a caso poniendo de manifiesto que no son capaces de inspeccionar los propios equipos de trabajo?.

    en respuesta a: fresas intercambiables #383363 Agradecimientos: 0
    Ander
    Participante
    0
    septiembre 2010


    Las instrucciones sobre el uso seguro de las fresas intercambiables debe estar recogido en el Manual de Instrucciones.
    Entiendo que las fresas instercambiables de por si no generan situaciones de peligro, a menos que
    estén accionadas por un motor; esto es formen parte de una máquina. En éste caso el fabricante debe realizar la correspondiente evaluación de riesgo, y dar intrucciones para el correcto uso de la máquina en las situaciones previsibles, incluyendo las operaciones de montaje y desmontaje de los accesorios.

    en respuesta a: Mantenimiento de Máquina #382497 Agradecimientos: 0
    Ander
    Participante
    0
    septiembre 2010


    Un fallo de un dispositivo de seguridad no tiene porqué llevar a una situación de peligro. dependerá de la categoría de los elementos que desempeñan la función de seguridad. De hecho, si el diseño de la máquina es bueno, cuando falle el dispositivo de seguridad, la máquina no presentará peligro alguno. Vease categorías de los sistemas de mando o con la revisión de la norma Niveles de Prestación.

    Un saludo

    en respuesta a: Representantes trabajadores/Personal #382392 Agradecimientos: 0
    Ander
    Participante
    0
    septiembre 2010


    Mira, lo de tener representación sindical es cosa de los trabajadores, nunca del empresario. Si los trabajadores no desean representación sindical, nadie se lo puede exigir al empresario.

    en respuesta a: Ayuda! Modelo informe pericial #382025 Agradecimientos: 0
    Ander
    Participante
    0
    septiembre 2010


    Mira en la pagina web de Osalan el Manual para la investigación de accidentes, te lo puedes descargar y todo, está genial.

Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)