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14 diciembre, 2003 a las 11:13:29 en respuesta a: DELEGADOS DE PREVENCION, LIBERTAD DE EXPRESION, PELIGRO DE LOS TRABAJADORES!!!!!! #261718 Agradecimientos: 0
Aún sin saber demasiado de la historia particular de éste trabajador, imagino que asistiría a las reuniones de Seguridad y Salud de la empresa, en calidad de Delegado de Prevención. Entiendo que éste ha debido ser el primer foro en el que se tratara y debatiera el problema y donde ha debido advertir a la empresa de las consecuencias a todos los niveles del incumplimiento manifiesto de las normas de seguridad y salud. Desde luego, e insisto que no conozco toda la historia, me parece a priori excesivo el acudir a la prensa a destapar un tema que sólo debe debatirse, con todas las consecuencias, en el marco laboral.
18 noviembre, 2003 a las 15:16:39 en respuesta a: Estadísticas de accientes en andamios #263796 Agradecimientos: 0Imagino que en algún ente oficial como el Instituto de Sgdad. e Higiene o en la OIT.
Un saludo.
A mí no?
Un saludo.
Los encontrarás en la página oficial del Instituto de Seguridade Higiene en el Trabajo.
Un saludo.
15 noviembre, 2003 a las 11:37:37 en respuesta a: Documento para que las subcontratas se adhieran al Plan de SS en obra #263936 Agradecimientos: 0Ignoro la existencia de un documento oficial, imagino que no lo hay. Lo que sí debes hacer sin excusas es hacerle partícipe de plan y quedarte con copia firmada del recibí.
Un saludo.
15 noviembre, 2003 a las 11:33:35 en respuesta a: PUESTO DE TRABAJO JUNTO A TORNOS #264020 Agradecimientos: 0Lo primero que debes hacer es efectivamente medir con un sonómetro el ruido procedente de los tornos recibido en el puesto de trabajo de la recepcionista. Con éste instrumento, obtendrás el “pico” en la jornada de trabajo y los dbA que soporta, ponderado en las 8 horas de jornada. Compara los datos con los establecidos en el R.D. 1318 (ruidos en el entorno laboral), teniendo en cuenta la labor desarrollada en el puesto. Como imagino que no llegará a los topes establecidos en la norma, estaremos ante un problema de disconfort, es decir, no incumple la norma pero es molesto trabajar en éste ambiente. A partir de ahí, depende de tí. O zanjas el tema o procuras aislar el puesto de recepcionista mediante alguna cabina de cristal o similar.
Un saludo.
15 noviembre, 2003 a las 11:18:19 en respuesta a: Titulación necesaria para coordinador de Prevención #264004 Agradecimientos: 0Desde luego. En el Reglamento de los Servicios de Prevención se especifican las funciones a desarrollar por los Técnicos de Prevención Intermedios.
Un saludo.
El lugar más adecuado donde encontrar estas cuestiones es en el convenio del sector del trabajador, donde se especificarán los intervalos de descanso entre jornadas.
Un saludo.
13 noviembre, 2003 a las 21:00:26 en respuesta a: plan de seguridad en una obra #264175 Agradecimientos: 0Si te acercas a alguna obra de alguien que conozcas, seguro que te facilitarán el “tocho” del Plan de seguridad de la obra”.
Un saludo.
Consultora es una oficina que gestiona documentación para la empresa. En el ámbito de la prevención, deben informarte de que debes contratar con lo que la ley denomina “Empresa de prevención Ajena”, es decir, la que gestiona aquella documentación relacionada con la seguridad y salud de los trabajadores.
Son compatibles.
Un saludo.
13 noviembre, 2003 a las 20:53:58 en respuesta a: EVALUACIÓN DE RIESGOS DE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS #264164 Agradecimientos: 0Depende. La evaluación la deberías hacer en función de las labores a desarrollar por el trabajador afectado, es decir, no es lo mismo una evaluación para los trabajadores de la limpieza que vayan a desarrollar sus labores en la urbanización que para un antenista, pintor, etc, aunque contenga muchos puntos comunes.
Un salido.
13 noviembre, 2003 a las 20:50:59 en respuesta a: Asuncion personal de la evalucacion por el empresario #264161 Agradecimientos: 0Imagino que no. Lo que sí debería hacer es poseer una copia firmada por cada trabajador de la evaluación inicial.
Pero también imagino que el empresario debería ser asesorado en materia de riesgos en su emprensa.
12 noviembre, 2003 a las 21:46:37 en respuesta a: Legislación aplicable en invernaderos ¿R.D. 486/97 u Ordenanza General de S.H.T.? #264273 Agradecimientos: 0Vaya…
Si el propio 486 de exime de la responsabilidad de utilizar esa medida en el ámbito agrícola y, en la evaluación inicial ya se contempla, aún como recomendaciones, creo que no tendrás ningún problema.
No obstante, pregunta en la entidad que lleva el tema de prevención de riesgos en tu ciudad (dependiendo de la Comunidad).
Un saludo.
Eterno problema. Solución: paciencia, formación y un poquito de susto. Si has salvado las posibles trabas del empresario para gastar en EPIs, en formación y en salario para tí, tienes mucho camino recorrido. La linea a seguir desde entonces es la formación “de verdad” y eso, solo depende de tí.
Un saludo y…suerte¡¡¡
12 noviembre, 2003 a las 21:36:50 en respuesta a: Talleres de Forja artistica. Riesgos de las máquinas a utilizar y en el taller en general #264285 Agradecimientos: 0Imagino que debes irete a la página del Instituto de S. e H. en el Tbjo. y desplegar el listado de actividades.
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