- Este debate tiene 8 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 22 años, 2 meses por
Shadow.
-
AutorEntradas
-
Si un trabajador tiene problemas con los zapatos de proteccion que da la empresa, esta tiene que darles otro modelo de zapatos, o si tiene que llevar unas plantillas especiales quien tiene que pagarlas, mas cuando fuera de la empresa el trabajador no tiene problemas con el calzado ni utiliza zapatos especiales.
Gracias
Los equipos de protección siempre deben ser por cuenta de la empresa, y además de proteger deben ser adecuados y no cuasar molestias, si el trabajador tiene algún problema, mandale al medico y este determinará si tiene algún tipo de malformación y cual es el equipo de protección o tipo de zapato más adecuado para el trabajador.
la empresa enta en la obligación de proveeer a sus trabajadores de todos los Epi´s pertinentes a los riesgos existentes y si hay alguna novedad con alguno de estos, la empresa tiene que brindar el que se le sirva su empeado, ya que es una condición especial
Aunque no puedo garantizar la legalidad de mi respuesta, creo que la empresa le debe proporcionar otros zapatos o las plantillas necesarias, claro si existe un dictamen medico que asi lo aconseje.
Cual es el problema espesifico, por que el trabajador tiene problemas, puede que el diseño no sea el adecuado, el material dela plataforma, etc., tienes que investigar mas. ya que tu mismo mencionas que no tiene problemas con los zapatos de calle.
Dos cuestiones:
El uso de un EPI nunca puede conllevar riesgos adicionales. Es decir, por ejemplo, un transportista no puede llevar unas botas para protegerse de las caidas de objetos si con estas botas pierde sensibilidad para pisar el freno cuando va conduciendo, es de sentido común. Hay que buscar otra alternativa.
El trabajador nunca tiene que pagar nada para su protección. Es siempre la empresa quien se hará cargo.
Conclusión: deben buscar una protección de mutuo acuerdo y por su puesto a cargo del empresario. Un saludo.
Normalmente los inconvenientes que suelen existir en el uso de calzado de seguridad vienen deribados de las deformaciones que suelen padecer los trabajadores en los pies (juanetes, dedos desviados o montados, etc), ya que la puntera metálica impide la adaptación del calzado al pie. La mayoría de fabricantes, conscientes de este problema, han lanzado al mercado modelos con horma extra ancha que en un porcentaje elevado de los casos solucionan el problema. El problema de peso se ha solucionado también con la fabricación de calzado con suela de poliuretano de doble densidad, que en un amplio abanico de ambientes es posible utilizarlos.
Hay empresarios poco concienciados que solo valoran la prevención como fuente inagotable de problemas y gastos, y que como por Ley están obligados a dotar de EPIs a sus trabajadores, recurren a lo más económico que se encuentra en el mercado (normalmente lo de peor calidad y comodidad).
Hay que tener cuidado con los complementos que se les pueda colocar a un calzado de seguridad, por ejemplo, plantillas, ya que es posible que debido a ello pierdan las cualidades de protección concebidas por el fabricante (propiedades antiestaticas).
No sé si las plantillas especiales a las que te refieres son plantillas ortopédicas, si es así, el empresario no está obligado a pagarlas.
Saludos
La empresa ha de imponer el grado de protección que ha de tener el equipo de protección individual necesario, pero no el modelo. El modelo concreto de bota, guante o lo que sea han de escogerlo los trabajadores que son los que lo van a usar. Si se les impone a todos el mismo el resultado de la medida es ineficaz, ya que los trabajadores no lo usarán o lo haran en todas las ocasiones en las que se precise.
Este caso es muy frecuente: se les compra a todos los trabajadores el mismo calzado sin tener en cuenta que no todos los trabajadores son iguales.
Un saludo.
Existen en el mercado suficiente cantidad de marcas y modelos para cumplir con las necesidades de ese trabajador sin que sea necesaria la utilización de plantillas.
Pero…. ¿El trabajador del que hablamos normalmente utiliza zapatos normales o calzado deportivo? porque si esta ultima parte fuese lo normal, es posible que el problema sea una falta de musculación en el pié por la utilización indiscriminada del calzado deportivo y por ende una serie de molestias añadidas al utilizar otro tipo de calzado, tales como dolores en la planta del pié, molestias por tener el pié abierto, etc… En este caso debería aconsejarse al trabajador que utilice calzado normal y no responsablizar a la empresa de un fallo físico del propio trabajador.
De todos modos una consulta con el servicio de prevención, en concreto con el medico del mismo puede solucionar este conflicto.
-
AutorEntradas
- El debate ‘ Zapatos proteccion’ está cerrado y no admite más respuestas.