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  • #43213 Agradecimientos: 0
    jxxj
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    septiembre 2003


    ¿ Es necesaria en la construcción la realización de reconocimientos médicos previos ? Y si es así, me podrían explicar como es viable, con la intemporalidad de los trabajadores de este sector.

    #269903 Agradecimientos: 0
    legal
    Participante
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    abril 2003


    La situación de salud de los trabajadores de la construcción es de suma importancia a la hora de contratar y asumir responsabilidades por dicho contrato. Creo que las Mutuales de Seguridad y los Sindicatos deben tener una nómina actualizada de los trabajadores por especialidades.Es decir un chequeo de aptitud laboral para el oficio. No es imposible exigir esta especie de carnet de salud laboral, es más se hace absolutamente necesaria para la protección de los trabajadores. Excelente tu idea.

    #269904 Agradecimientos: 0
    james
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    febrero 2002


    Casi siempre los que hacen las leyes no se enteran de la realidad pero lo cierto es que estan ahi y el que tiene que aplicarlas en el pueblo llano. Yo te diria que como en principio sabes los riesgos a que va estar sometido el trabajador que contrates, ya que sabes con la maquinaria que cuentas y como la utilizas, al margen de que tienes hacha la evaluación de riesgos y algún estudio de seguridad o Plan de seguridad de obras anteriores parecidas, pues en el momento de la contratacióna la vez que le haces firmar el contrato, el parte de alta, la entrega de los epis, etc pues le mandas a que la hagan una revisión medica y le den formación en el mismo dia y ya tienes lo que necesitas.

    #269905 Agradecimientos: 0
    SERGIO CASTILLO
    Participante
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    septiembre 2002


    El tema de la vigilancia de la salud, es totalmente nuevo y por supuesto que es obligatorio el realizarse un reconocimiento médico firmado por un médico con la especialidad de medicina del trabajo. La cuestión es organizarlo con tu Dpto. de Recursos Humanos para hacer bien las cosas

    #269906 Agradecimientos: 0
    Canaron
    Participante
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    diciembre 2002


    Segun entiendo la pregunta creo que estas algo confuso, pues la Ley de Prevencion no dice en ninguna parte que sea obligatorio el reconocimiento en respecto a la vigilancia de la Salud, lo que si esta bien claro es que la empresa tiene que tener contratado, dependiendo segun su caso La vigilancia de la salud, sin que ello sea preceptivo o sea obligatorio el reconocimiento, pues si fuese asi vulnera los derechos de los trabajadores.

    Consejo te recomiendo estudies bien la LPRL a este efecto, como asimismo deduzco que no eres tecnico superior de riesgos laborales, si ello fuese asi estas incurriendo en contra tuya en delito laboral,civil y penal asi como responsable adjunto al empresario.

    casode mas ayuda te envio mi correo elect.:

    saludos CANARON

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