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  • #17834 Agradecimientos: 0
    golosina
    Participante
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    diciembre 2005


    hola. Quisiera asesoramiento sobre la capacidad legal o la indicación e idoneidad de que el medico del trabajo , especialmente enel SPA , para efectuar e indicar vacunaciones, cuya posible aplicación o indicación por riesgo de exposición laboral( Gripe y personal de oficina que podria multicontagiarse al haber una persona enferma en la misma oficina)
    es “dudosa” por no ser personas con cardiopatias etc etc. No tanto de vacunas por exposición específica al riesgo (tetanos en personal expuesto, hepatitis B en personal expuesto ej sanitarios, VHA en personal expuesto (plantas de agua residual) etc) donde no es tan discutible, aunque si la aplicación / inyección de la vacuna saber a quien corresponde, ya que la ley menciona solo “poner las vacunas a disposición de los trabajadores, no que el medico o due del SPA las tenga que pinchar.”.
    Espero haberme explicado bien. Gracias

    #170042 Agradecimientos: 0
    javier viciana clemente
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Seamos serios. El médico de trabajo puede y debe proponer las inmunizaciones que considere oportunas. Si no son “específicas” y no puede conseguir las dosis necesarias, al menos, aconsejará al trabajador que se inmunice.

    Por favor, el empresario ofrece pone a disposición las dosis de una vacuna, el trabajador la recoge, se las lleva a su casa y que se le adminsitre no se sabe qeuién (cadena de frío….). Ahora la ley, incluso tiene que entrar en pormenorizar quién tiene que poner las dosis. INCREÍBLE.

    POR SUPUESTO SON LOS SANITARIOS DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN QUIÉN TIENEN QUE ADMINISTRAR LAS DOSIS O BIEN ORGANIZAR SU ADMINISTRACIÓN.

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