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  • #1247 Agradecimientos: 0
    Firvi
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    marzo 2005


    Puede seguirse utilizando esta norma UNE Y calculando el I=CEL/VL tal como indica esta norma.

    Muchas Gracias.

    #81162 Agradecimientos: 0
    José Rafael Cuerva Nunes
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    febrero 2014

    Iniciado

    ¿ Preguntas o confirmas ?

    #81163 Agradecimientos: 0
    Firvi
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    marzo 2005


    Perdón, pregunto.

    #81164 Agradecimientos: 0
    José Rafael Cuerva Nunes
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    febrero 2014

    Iniciado

    Si utilizas la fórmula :

    I = C x Te / VL x Tr

    también se puede expresar como porcentaje

    % EMP = (C x Te / VL x Tr) x 100

    siendo,

    I = índice de exposición

    % EMP = Porcentaje de la exposición máxima permitida

    C = Concentración media relativa al tiempo de exposición

    Te = Tiempo de exposición al agente químico en cuestión, durante la jornada laboral

    VL = Valor límite del agente químico para un tiempo de exposición Tr

    Tr = Tiempo de referencia del valor límite, habitualmente 8 horas / día.

    Y cuando el trabajo se compone de diferentes tareas de duración T1, T2, … Tn la concentración media C, se calcula ponderando en el tiempo las diferentes concentraciones medias obtenidas en las diferentes tareas (C1, C2, …. Cn) de forma que:

    C = { C1 x T1 + C2 x T2 +….Cn x Tn } / {T1 + T2 +….Tn }

    Es decir, que si estás utilizando estas fórmulas no debe de haber ningún problema …

    #81161 Agradecimientos: 0
    Firvi
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    marzo 2005


    LO QUE ESTOY UTILIZANDO ES:

    Los criterios de actuación marcados en la norma UNE EN 689 utilizan el concepto de “Índice de exposición al contaminante” ( I ) como la relación:
    I = CEL / VL
    donde: CEL es la concentración de la exposición laboral ponderada a 8 horas
    VL es el valor límite referido a 8 horas diarias de exposición
    § Este criterio indica que cuando los valores del muestreo se sitúen por debajo del 10% del valor límite (I<0,1), no es necesario realizar más tomas de muestra mientras no varíen las condiciones de trabajo
    § Cuando I > 1 la exposición es mayor al límite
    § En los casos intermedios, hay que hacer más mediciones:
    ü Si en tres mediciones se cumple que I £ 0,25, la exposición es inferior al valor límite
    ü Si en tres jornadas de trabajo diferentes I £ 1 y la media geométrica de los valores de I es igual o menor que 0,5, la exposición es inferior al valor límite
    ü En cualquier otro supuesto no es posible obtener conclusiones, con lo que sería necesario realizar nuevas mediciones

    MUCHAS GRACIAS.

    #81159 Agradecimientos: 0
    José Rafael Cuerva Nunes
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    febrero 2014

    Iniciado

    Gracias a tí.

    Por cierto, y si me permites un inciso; ¿ Has echado un vistazo a la NTP 347: Contaminantes químicos: evaluación de la concentración ambiental
    y a la NOTA TÉCNICA DE PREVENCIÓN 347-1994 ?

    #81160 Agradecimientos: 0
    Firvi
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    marzo 2005


    Sinceramente no, llevo mucho tiempo sin hacer nada de esto y creía que siguiendo la UNE citada lo hacia bien.

    Gracias.

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