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  • #25190 Agradecimientos: 0
    mdelapuente
    Participante
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    junio 2004


    Lei una preguntaal respecto muy bien contestada por todos los participantes del foro. Sin embargo al revisar las respuestas me entró la duda. ¿Puede un infarto ser considerado un accidente de trabajo, en algún caso? Pregunto esto porque en mi país no es así, es más, ni siquiera se contempla el caso en la legislación como algo relacionado al trabajo. Esto puede ser un vacío legal que dé oportunidad a una demanda en algún caso que se presente.

    #208289 Agradecimientos: 0
    joanmaverick
    Participante
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    mayo 2004


    Si, si el servicio de vigilancia de la salud no confirma que exista una patología anterior a ese infarto y este se produce en el periodo laboral, es un accidente de trabajo. La investigación ya es otra história. El estrés puede ser, indudablemente, motivo del infarto… como demuestras que no lo es?

    #208290 Agradecimientos: 0
    revidela
    Participante
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    agosto 2005


    Como generalidad, no deberia ser asumido como accidente del trabajo, ni con ocasión del trabajo, pero quisas podria ser catalogado como a causa del trabajo. debemos tener presente que ésta es una enfermedad con preexistencia y por su puesto el resultado del estudio de los antecedentes podria generar una resolución que lo ligara al trabajo (Ej. licencias medicas por strees laboral)

    #208291 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
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    agosto 2004


    En España existe jurisprudencia al respecto, considerando al infarto producido dentro del a jornada laboral como accidente de trabajo.

    #208292 Agradecimientos: 0
    auditor en formacion
    Participante
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    septiembre 2005


    buenas tardes. Recuerda que los accidentes laborales puede tener como causa una enfermedad profesional. Existen casos en colombia donde se han dictado sentencias a favor de los demandantes

    espero haber sido de ayuda

    #208293 Agradecimientos: 0
    Jopar
    Participante
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    enero 2005


    Mdelapuente: Un infarto, en España, no se considera accidente laboral. Yo no conozco ningún caso, pero el que lo ha de decidir al final es el juez, después de oir a los médicos y pasar por muchos juicios. Un saludo. Jopar.

    #208294 Agradecimientos: 0
    Pacosanta
    Participante
    0
    enero 2005


    Para que un infarto sea considerado accidente de trabajo en España, y que alguien me corrija si estoy equivocado, debe demostrarse que el motivo que ha provocado el infarto es laboral (estrés o contaminantes presentes en el puesto de trabajo que puedan sensibilizar ante un infarto). Realizar esta vinculación no es nada fácil, pero no es descartable considerarlo como accidente de trabajo.

    #208295 Agradecimientos: 0
    paulyalejandra
    Participante
    0
    septiembre 2005


    No es una enfermedad comun,

    #208296 Agradecimientos: 0
    jimalbert
    Participante
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    abril 2005


    desde el punto de vista médico el estrés es uno de los factores de riesgo cardiovascular que puede derivar en un infarto, sin embargo no se puede considerar una enfermedad de origen profesional o un accidente de trabajo porque no es posible la determinación o la delimitación del estrés exclusivamente de origen laboral con los otros factores generadores de estrés que se pueden sumar, por ejemplo:problemas familiares, conflictos con vecinos, deudas bancarias, etc, que son totalmenrte independientes del trabajo.

    de otra parte por si solo el estrés como tal no es fácil asociarlo como causa única dell infarto, toda vez que a esta patología por lo general se asocian otros factores que no son laborales y se clasifican como de origen común como lo es la deabetes, el sedentarismo, la obesidad, el tabquísmo, la hipertensión arterial, entre otros, por esta razón la relación causa efecto se desvirtua.

    Sin embargo y como consejo: frente a procesos laborales con altos niveles de estrés, se debe establecer un sistema de vigilancia epidemiológica tendiente al control integral de todos los factores de riesgo cardiovascular, como parte de un programa de medicina preventiva que se adelante en la empresa.

    #208297 Agradecimientos: 0
    mdelapuente
    Participante
    0
    junio 2004


    Gracias por sus respuestas, en todo caso el tema puede ser causa de problemas judiciales. A manera de compartir experiencias respecto a este asunto, que como les digo no es considerado por la legislación de salud, seguridad e higiene de mi país, yo trabajo en una empresa minera de locación remota, es decir, durante un período de tiempo (10 días de trabajo por 10 de descanso) los trabajadores viven y se alimentan en el lugar de trabajo. Hay gran variedad de alimentos que se ofrece, con valor calórico especificado y público, inclusive un menú de dieta baja en grasa y calorías. Hay un gimnasio, vigilancia médica interna y un buen seguro médico externo. Existe educación en temas de educación, riesgos cardiovasculares, talleres de manejo del estress, etc que son parte del programa de entrenamiento regular y remunerado de los trabajadores. Sin embargo, cómo se sirvan la comida los trabajadores (por ejemplo si escojen todos los alimentos ricos en grasas todos los días), si realizan actividad física o no, es decir como utilizan estos servicios es algo que queda a criterio y voluntad de las personas. Siendo esto así, como podría la empresa ser culpada por un infarto de un trabajador?. ¿Existen leyes en sus países que permitan imponer como condición de trabajo el no fumar, el sobrepeso, o la asistencia a talleres sicológicos de manejo de estres por ejemplo?

    #208298 Agradecimientos: 0
    angel_joaquin
    Participante
    0
    septiembre 2003


    Considerando el estres laboral, fuede ser un factor predisponente

    #208299 Agradecimientos: 0
    lauranf
    Participante
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    enero 2003


    hola, la ley general de la seguridad social establece que tendrán la consideración de accidente de trabajo las enfermedades comunes que no sean enfermedades profesionales, siempre que se demuestre que han sido por consecuencia del trabajo. ejemplos un infarto, estrés etc…

    #208300 Agradecimientos: 0
    Alberto L
    Participante
    0
    agosto 2005


    Caso real: Infarto mortal en el momento en el que un trabajador se dirigía a su máquina de movimeinto de tierras para iniciar su primer día de trabajo. A todas luces y sin ningún tipo de dudas (hay jurisprudencia amplia al respecto) es un acidente de trabajo y así fue considerado sin vacilaciones.

    Un saludo

    #208301 Agradecimientos: 0
    YT12
    Participante
    0
    noviembre 2004


    SI DESPUES DE TODAS LAS VALORACIONES MEDICAS PERTINENTES, SE DETERMINA QUE EL INFARTO TIENE COMO CAUSA EL STRESS LABORAL O ALGUNA EMOCION DURANTE SU TRABAJO, ES DEFINITIVAMENTE CONSIDERADO UN RIESGO DE TRABAJO, AUN CUANDO LA MANIFESTACION DEL INFARTO SE DE FUERA DE SU CENTRO DE TRABAJO.

    #208302 Agradecimientos: 0
    Guti@
    Participante
    0
    agosto 2005


    Siempre que se produzca en la jornada laboral, o en el transcurso del viaje a su domicilio.

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