¿Eso no son la clase de cosas que uno tenía que estudiar cuando se sacaba el carné de conducir?
“Si va a llevar un elemento que sobresalga de la proyección del vehículo, no sobrepasará tantos metros por la parte delantera, tanto por la parte trasera, y tanto de alto” (efectivamente, ya ni me acuerdo de la mitad del código, lo que no deja de ser inquietante a efectos de cruzarse conmigo en la carretera).
No obstante, Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.Art. 13-16.
Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.