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  • #64632 Agradecimientos: 0
    jaxi
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    mayo 2008


    Hola,
    Una pregunta que no se por donde empezar. La cuestion es que se ha realizar un trabajo en una estructura y que practicamente se ha de estar trabajando colgados. He estado mirando y hay epi's que permiten mantenerte colgado y descender por la cuerda. Con este aparato (lo he visto en el catalogo de Petzl, descensores autoblocantes) I’D S D200S0 – D200SN permite estas opciones, pero aparte ¿hay que llevar la linea de vida vertical?. Y tambien, ¿si se ha de tener una formacion especial a mas de la de trabajos en altura para la utilizacion de este aparato?

    Muchas gracias.
    Un saludo.

    #371399 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

    MODIFICADO POR:

    Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

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    #371400 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Y además de lo que te dice ICM:

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    #371401 Agradecimientos: 0
    GhostHunter
    Participante
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    enero 2010


    Respecto al tema de la formación, yo diría que no requieren formación extra más allá de una buena formación para trabajos en altura. Ahora bien, se les deberá dar una formación adaptada a su puesto, por lo tanto No se hablará de trabajos en andamios, plataformas, etc. sino de Trabajos Verticales: cuerdas, eslingas, ganchos, conectores, lineas de vida, etc.

    Respecto a la instalación de linea de vida, si, necesitarán instalar una linea de vida vertical mientras duren los trabajos a realizar, al menos, así lo veo yo.

    #371402 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    REPITO:

    Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

    MODIFICADO POR:

    Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

    Y RESPECTO A LA FORMACION LO DICE MUY CLARO EL PUNTO 4.4.f. DEL ANEXO II

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    #371403 Agradecimientos: 0
    access
    Participante
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    julio 2007


    Para realizar trabajos verticales es obligatorio el utilizar dos cuerdas, una la de ascenso o descenso y otra totalmente independiente a la anterior como línea de vida, utilizando un anti-caídas bloqueante de cuerda EN-353-2. El descensor I,D es el mejor del mercado ya que bloquea solo, para utilizar las dos manos y tiene un sistema anti-pánico que impiden descensos alocados por error. En cuanto a la formación, es más técnica, deberán ser independientes en progresión vertical, subida y bajada, instalación de puntos de anclaje para descuelgue, rescate de un compañero en una vertical.

    #371404 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    No es tan fácil. Para empezar un descensor no es un EPI, la cuerda de tracción tampoco, la segunda cuerda que te comenta acces y el anticaídas sí son EPI.

    Debes calcular bien la resistencia de los elementos donde amarrarás las cuerdas, si hay anclajes debes comprobarlos, si son estructuras debes proteger las cuerdas bien. Recuerda re-asegurar siempre.

    No te la juegues colgando a gente sin conocimientos ni materiales. Busca a profesionales, forma a tu personal, adquiere equipos homologados (descarta los de uso deportivo).

    #371405 Agradecimientos: 0
    El10
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    marzo 2008

    Iniciado

    JAXI: por la índole de las preguntas que haces, no lo dudes, si os trabajos te urgen, contrata con profesionales de trabajos verticales, porque no es fácil y prmero se ha de empezar por la formación de quien gestiona y dirige los trabajos, que es evidente que no la posees.

    No lo digo peyorativamente, ni muicho menos, pero es que el tema no es para improvisar, son muchos los factores de seguridad que intervinenen, desde las condiciones materiales que te han indicado, con muy buena disposición, los foreros que preceden, hasta los sistemas de organización de los trabajos, presencia de recursos preventivos, sistemas de rescate y emergencias…etc.

    Un saludo

    #371406 Agradecimientos: 0
    Felipe Blanco
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    marzo 2010

    Iniciado

    Un descensor sí es un EPI, se certifican con la norma EN 341 y hay cuatro tipos en función de la energía de descenso.

    #371407 Agradecimientos: 0
    El10
    Participante
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    marzo 2008

    Iniciado

    Desde mi contestación anterior, no se me ha ido de la mente esta cuestión y no encuentro respuesta a que en un país que no se distingue, precisamente, por la simplificación en autorizaciones, tasas, impuestos y tropecientas mil complicaciones, se deje en libre disposición de colgar a alguien a cuarenta metros de altura sin la previa acreditación del uso de los elementos certificados, notas de cálculo de resistencia de anclajes, pruebas de carga y organización de los trabajos que permita ser realizados en adecuadas condiciones de seguridad.

    En realidad no deja de ser un proyecto de instalación.

    Todo lo más, responsabilidades penales, administrativas y civiles…

    ¿y quién devuelve la vida a quien obedece las órdenes de trabajo para asegurar el sustento de los suyos?

    Disculpar el dramatismo del post…pero…no encuentro explicación a algo así.

    #371408 Agradecimientos: 0
    Isaac Casas
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    mayo 2010


    Apreciados aompañer@s.

    Fue con las modificaciones del RD 1215/1997 recogidas en el Anexo II del RD 2177/2004 en las que se conetmplaba la formación mínima exigible para trabajos en altura.
    Tal y como ha ocurrido con otros trabajos especializados o con el manejo de maquinaria, actualmente los Trabajos Verticales precisan acreditar la formación de sus trabajadores ya que, a pesar de las ventajas de este tipo de intervenciones en obra, son indiscutibles los considerables riesgos que entraña.
    A día de hoy, la acreditación oficial se emite a través de la Asociación Nacional de Empresas de Trabajos Verticales (Anetva) con validez nacional e internacional.

    Hasta pronto, un saludo.

    #371409 Agradecimientos: 0
    pepeg440
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    enero 2009


    Efectivamente, como ya te han dicho en el RD 2177/2004 tienes la formación minima y el metodo de trabajo.

    Respecto a lo que dice Isaac, la “acreditación oficial” no existe y Anetva es una mas de las empresas de formación que puede acreditar esos conocimientos, pero no la unica ni necesariamente la mejor. Para ser exactos Anetva no da la formación directamente, lo hacen otras empresas acreditadas que son socios de Anetva, que no deja de ser una asociación privada con animo de lucro.

    #371410 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    No te la juegues.

    Después de 5 años trabajando en temas de trabajos verticales, montar un buen número de instalaciones, anclajes, formaciones, solicitud de asesoramientos de mejores profesionales que yo, te aseguro que cuando planifico unos trabajos verticales, cuando sale el primer trabajador y tiene que funcionar todo lo que hemos dispuesto para el trabajo, el nudo en la garganta es de asfixia y no quedo tranquilo hasta el final de los trabajos.

    Aún no sé lo suficiente y sufro.

    No te la juegues.

    #371411 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Tienes razón, está homologado como EPI, lo que ocurre es que si lo trincas al anclaje ventral no “A”, (punto de conexión anticaídas) de un arnés de trabajos, en esa circunstancia no es un EPI, lo es el anticaídas de la segunda cuerda, el I+D es un equipo de trabajo enesas circunstancias.

    No deja de ser una opinión un tanto quisquillosa que no tengo problema en variar si me convencen de ello. Además, en el fondo yo lo trato como un EPI, qué carajo, te doy la razón y me paso a la consideración plena como EPI. Gracias.

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