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  • #60359 Agradecimientos: 0
    Roberto Blanco Collados
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    febrero 2014


    Buenos días,

    Tras leer el RD 396/2006 no he visto nada que prohiba que sobre una cubierta de fibrocemento (dañada por un temporal de pedrisco), el montar otra nueva cubierta de otros materiales sin tener que desmontar la cubierta original, y trabajando sobre la misma con redes perdidas entre la cubierta de fibrocemento y la nueva cubierta. Esta práctica está prohibida expresamente en algún punto de la legislación española, o queda a criterio de los inspectores de trabajo de la zona o la entidad que tenga que aprobar el plan de trabajo (por ser los mismos sobre una cubierta de fibrocemento, sin tener que tocar esta). Gracias

    #338900 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    SI puedes garantizar que no vas a tocar la cubierta de fibrocemento, no es de aplicación el RD de riesgo de amianto.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #338901 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    SI puedes garantizar que no vas a tocar la cubierta de fibrocemento y ésta no es friable (y por lo tanto no desprende fibras pro el mero roce), no es de aplicación el RD de riesgo de amianto.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #338902 Agradecimientos: 0
    De locos
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    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No hay base legal que te lo impida. Incluso tratándose de materiales no friables como es el caso, tampoco pasa nada porque puedas llegar a romper algún elemento siempre que estés en el ámbito de lo descrito en el artículo 3.2 del RD 396/06.
    Incluso puedes mirar si realmente las placas contienen amianto porque el fibrocemento que se coloca desde hace ya unos años no lo lleva.

    #338903 Agradecimientos: 0
    oprado
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    3
    0
    junio 2007

    Iniciado

    En principio la práctica no está prohibida por el RD 396/2006.
    Podría considerarse incluso que esta actuación como una de las definidas por el Art. 3.2.b “..encapsulación y en el sellado de materiales en buen estado que contengan amianto, siempre que estas operaciones no impliquen riesgo de liberación de fibras”.
    Por tanto no sería necesario un Plan de Trabajo y por tanto no estar sujeto a autorización administrtiva (art 11), ni ser llevada a cabo por una empresa RERA (art 16,17 y 18).
    En este caso sólo sería necesaria una evaluación de riesgos de la actuación firmada por técnico competente y que garantizara que se cumplen los requisitos del art 3.2.b.

    #338904 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    ¿Cómo lo vás a hacer? Digo el colocar una nueva cubierta por encima de la dañada sin tocarla.
    En mi opinión si tendrías que considerar la posibilidad de exposición al amianto, ya que ante cualquier percance sería factible.
    Evidentemente entiendo que estás seguro de que la cubierta contiene amianto, en caso de duda solicita realizar un muestreo a una entidad competente; en caso negativo te ahorrarás muchas molestias.
    Pienso que a la larga te dará más problemas no retirar la cubierta que hacerlo ahora. Piensa en la inversión general, no en el coste actual.
    Ante cualquier duda, no lo dudes, plantea tu solución a la Inspección de Trabajo, aunque parezca lo contrario en algunas ocasiones, no están para fastidiar, sino para hacer cumplir la Ley (no creo ser un ingenuo por pensar así).

    #338905 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Pienso igual. Es pan para hoy y hambre para manana. Me parece complicadisimo colocar una cubierta sobre otra sin tocar la anterior. Como se va a subir la gente? Desde donde trabaja? Como se va a amarrar la cubierta? Si fuera colocar una por debajo, (Eso si lo he visto hacer) aun va que te va, pero sólo para algunas zonas de la cubierta. No se… es un incordio, pero yo haría la comunicación a la inspección de trabajo, y que te asesoren bien. Hacer la prueba para ver si realmente estas en el caso del RD tampoco estaría mal. Si sale que no, es un respiro.

    #338906 Agradecimientos: 0
    67613
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    4
    0
    febrero 2004

    Iniciado

    Saludos, forer@s:

    Quizás puedas colocar sobre la cubierta de placas de fibrocemento alguna lámina de material plástico aislante, a dejar perdida entre la cubierta nueva y la existente, de tal modo, que ante la rotura de alguna placa, impidiera la exposición de los trabajadores de la cubierta… de todas, formas, le recomendaria ponerse en contacto con alguna empresa acreditada en el RERA que le asesorara “in situ”, ya que veo complicado evitar la exposición de los operarios…

    Suerte!

    Hasta luego!

    #338907 Agradecimientos: 0
    Roberto Blanco Collados
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    0
    febrero 2014


    Hola Compañeros,

    Gracias a todos por vuestras sugerencias, al final se ha decidido DESMONTAR el fibrocemento (empresa homologada, RERA, Plan de trabajo, etc…)y colocar una nueva cubierta.

    #338908 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Es lo más adecuado y seguro para todos.

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