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  • #11080 Agradecimientos: 0
    Buendias
    Participante
    0
    noviembre 2006


    Me encuentro con una empresa de mas de 50 trabajadores, y hemos contratado un SPA.Es necesario definir la figura del trabajador designado? y si es así, es obligatorio realizar el curso básico?

    Saludos

    #135936 Agradecimientos: 0
    Jose1743
    Participante
    1
    julio 2001


    Según el RD 39/97 de Servicios de Prevención (art.12 y 13):

    El empresario designará a uno o varios trabajadores para ocuparse de la actividad preventiva en la empresa.

    Las actividades preventivas para cuya realización no resulte suficiente la designación de uno o varios trabajadores deberán ser desarrolladas a través de uno o más servicios de prevención propios o ajenos.

    No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no será obligatoria la designación de trabajadores cuando el empresario:

    – Haya asumido personalmente la actividad preventiva de acuerdo con lo señalado en el artículo 11.
    – Haya recurrido a un servicio de prevención propio.
    – Haya recurrido a un servicio de prevención ajeno.

    Los trabajadores designados deberán tener la capacidad correspondiente a las funciones a desempeñar, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VI. del RD.

    El número de trabajadores designados, así como los medios que el empresario ponga a su disposición y el tiempo de que dispongan para el desempeño de su actividad, deberán ser los necesarios para desarrollar adecuadamente sus funciones.

    Creo que respondo a tu pregunta…ahora bien, si que es necesario nombrar a un interlocutor entre la empresa y el SPA.

    #135937 Agradecimientos: 0
    Jopar
    Participante
    0
    enero 2005


    Buendias:

    Al haber escogido una SPA comosistema de gestión de la PRL, no es obligatorio que el empresario designe a nadie. Es siempre conveniente que haya un técnico por parte de la empresa que coordine el Sistema, perop voluntario.
    Un saludo. Jopar.

    #135938 Agradecimientos: 0
    Runpro
    Participante
    0
    febrero 2005


    Yo creo que en esto también debe contar la valoración del técnico del SPA. Si en la empresa la actividad es de cierto riesgo, si se estima que existe una nula cultura preventiva, etc. el mismo técnico puede solicitar que algunos trabajadores realicen el curso básico (pregunta: ¿tienen delegados y comité de seguridad? es una empresa de más de 50 trabajadores…)

    Además, creo yo que el tema de la integración de la prevención y el reparto de funciones preventivas en empresas de cierta envergadura también conlleva necesidades de formación más allá de la obligatoria charla preventiva.

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