Deberás someter tu sistema de prevención al control de una auditorias o evaluación externa, cada cinco años, o cuando así lo requiera la autoridad laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad social y, en su caso, de los órganos técnicos en materia preventiva de las Comunidades Autónomas, a la vista de los datos de siniestralidad. Ya verás que siendo una empresa del sector de la construcción, el índice de siniestralidad no vá a ser pequeña. Además no creo que vayas a ser nombrado trabajador designado sino Técnico de Prevención de Riesgos Laborales y la empresa vá a tener que contratar las dos especialidades que faltan para constituir el Servicio de Prevención Propio.