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  • #5185 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
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    julio 2001

    Iniciado

    Pues eso, como el título dice, un trabajador de baja, por accidente de trabajo (leve, pero con un mínimo de 10 días de baja dada por la Mutua), pero que dos días después vuelve al trabajo.

    “Tengo mucho trabajo”, “No puedo faltar tanto tiempo”… En fin, las excusas de siempre.

    ¿Qué argumentos LEGALES se os ocurren para meter un poco de miedo en el cuerpo a la empresa y evitar que esto pase? Interesaría concretar las responsabilidades que tiene la empresa permitiendo esa situación, y la base legal que, en su caso, exista al respecto.

    Muchas gracias.

    #104498 Agradecimientos: 0
    javikoki
    Participante
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    marzo 2004


    Si el trabajador pide el alta voluntaria, ninguna.
    Si sigue de baja, es como si fuese un sin papeles, y ademas tonto, por que va a currar lo mismo, malo y a cobrar menos.

    #104499 Agradecimientos: 0
    GERVASIO
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    octubre 2003


    Y ADEMÁS PERDERIA TODA LA COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL QUE TIENE.

    #104500 Agradecimientos: 0
    GIGIA
    Participante
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    noviembre 2004


    Y mete a su empresa en un serio problema si coincide un accidente laboral con su periodo de IT, o aparece repentinamente un Inspector de Trabajo pidiendo DNI. Pero si ha pedido un alta voluntaria no pasa nada más que ante una recaida, un agravamiento, o secuelas provocadas por la causa de la IT, la mutua va a decir que se busque la vida.

    #104501 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
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    0
    julio 2001

    Iniciado

    De acuerdo con todo lo que decís, pero insisto, ¿qué consecuencias puede tener para la empresa la situación?

    Decís que mete a su empresa en un serio problema si coincide un accidente laboral con su periodo de IT, o aparece repentinamente un Inspector de Trabajo pidiendo DNI. ¿En qué problema, exactamente? ¿Qué sanciones y en virtud de qué normativa pueden caer?

    El trabajador no ha pedido alta voluntaria, está trabajando “sin papeles”, como habéis dicho.

    Muchas gracias por vuestra ayuda.

    #104502 Agradecimientos: 0
    GIGIA
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Pues tú mismo. ¿Qué le pasa a un empresario que contrata a “sin papeles”? Multas, juicios, problemas y más problemas. Y en este caso, encima, no se “beneficia” de sueldos miserables y trabajadores esclavizados, sino que además lo hace inclumpliendo normas de la Seguridad Social que ha aceptado mientras el trabajador no estaba en IT. Subrealista.

    #104503 Agradecimientos: 0
    javikoki
    Participante
    0
    marzo 2004


    Para el empresario Articulo 23 a)
    Para el trabajador Articulo 25 1.

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    #104504 Agradecimientos: 0
    Juan Andrés0
    Participante
    0
    junio 2005


    La empresa para admitir que el trabajador vuelva a sus instalaciones debe exigirle el alta laboral. Si no, no puede trabajar.

    Otra cosa es un fraude a la Seguridad Social, que como todos los delitos/faltas si no te cogen no pasará nada, pero si te cogen, imagino que tendrá unas consecuencias legales tanto para el trabajador como para la empresa. El tratamiento legal lo dejo para los letrados.

    #104505 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Es una infracción grave, coges el texto del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Socila (LISOS)y se lo pones encima de la mesa al empresario, que vea el montante de las multas y las responsabilidades penales en las que incurre… si con eso no se cuaja tiene poco talento.

    #104506 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Por cierto, si no quieres buscar el texto de la Lisos puedes acceder a él en el enlace:

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    #104507 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
    Participante
    6
    0
    julio 2001

    Iniciado

    Muchas gracias a todos.

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