Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #1347 Agradecimientos: 0
    raimunda
    Participante
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    noviembre 2007


    Buenas tardes. La gent que tenga menos de 18 años no debería trabajar en obra, ¿no es así? podéis decirme si es cierto y en que normativa o ley viene. Muchas gracias.

    #81702 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
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    2
    2
    marzo 2006

    Iniciado

    Mira en el buscador de foros este tema ha sido tratado en muchas ocasiones

    #81701 Agradecimientos: 0
    picaso
    Participante
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    febrero 2008


    lo prohibe el convenio de la construccion articulo 14.
    Se le podria hacer un contrato de formacion pero tiene alguna restriccion (articulo 21 del convenio)

    #81699 Agradecimientos: 0
    ELSA GOMEZ ORTEGA
    Participante
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    abril 2008


    Artículo 14 del convenio colectivo de la construcción vigente.

    #81700 Agradecimientos: 0
    Ces79
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    0
    junio 2007

    Iniciado

    Como dice Picaso, solo con un contrato de “formación” podría entrar en una obra.

    La pregunta es la siguiente con ese tipo de contrato que puede hacer?? no puede realizar trabajos de altura; no puede utilizar maquinaría; no puede coger cargas de mas de 20 kg; no puede…

    Entonces que puede hacer?? básicamente de “pinche” acercar herramienta manual (“pasame la paleta…);hacer la masa y limpiar…

    Así que desde el punto de vista legal puede, desde el punto de vista de prevención no puede… nadie en una obra se limita a actuar de pinche…

    #81696 Agradecimientos: 0
    raimunda
    Participante
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    noviembre 2007


    MUCHAS GRACIAS A TODOS POR VUESTRAS RESPUESTAS. ME SIRVEN DE MUCHO Y TENÉIS RAZÓN ES IMPOSIBLE QUE EN OBRA ALGUIEN SÓLO TRABAJE DE PINCHE.
    SALUDOS.

    #81697 Agradecimientos: 0
    JAMIROMARQUEZ
    Participante
    0
    octubre 2008


    artículo 27 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
    En el último párrafo habla de la prohibición de trabajar en determinados trabajos con riesgos específicos.
    La construcción es el ejemplo más típico.
    Tambíen se prohibe taxativamente en el Convenio de la Construcción.

    #81698 Agradecimientos: 0
    El10
    Participante
    1
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    marzo 2008

    Iniciado

    Art. 14 IV Convenio y Decreto 26/7/1957, que aunque preconstititucional, aún sigue vigente, en relación con el trabajo de menores.

    Aquí lo puedes encontrar:

    Saludos

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