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JOSE MANUEL9934.
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Accidente laboral.
Los accidnetes “in itinere” sólo existen desde un punto de vista administrativo, son accidentes que tiene lugar al ir del domicilio familiar al trabajo o viceversa, no tiene por ser de tráfico pueden ser como peatón, o al cruzar una calle y torcer un tobillo, por ejemplo. Sobre estos accidentes muy mucha casuística y jurisprudencia al respecto.
En el accidente que tu indicas, no hay nada extraño, es un repartidor en una tarea de su actividad sufre un accidente.
Sin lugar a dudas: se trata de un accidente laboral, ya que le ocurrió realizando su trabajo
Para el rubro en cuestión es un Accidente Laboral.
Es un accidente de trabajo
Es un accidente de trabajo. El accidente in itinere hace referencia al que sufre el trabajador antes y después de su jornada normal de trabajo, en el tramo de desplazamiento hacia su domicilio.
Se podria considerar un accidente en misión pero fijo que in itinere no es, simplemente sería un accidente de trabajo.
Cualquiera que sea la actividad de una empresa, cuando se envía a un trabajador a realizar fuera de su trabajo algun encargo o entrega de algun documento, y lo lleva a cabo duuramnte la jornada de trabajo, el suceso es un accidnete de trabajo.
Los accidentes de trayecto o de in tinere, son aquellos producidos, fuera del horario de trabajo cuando el trabajador se dirige desde su trabajo a su hogar o viceversa en una trayectoria directa.
Cuando el trabajador se accidenta fuera del horario de trabajo y fuera del árae de su trabajo, sin que nadie le haya otorgado permiso para tale efecto, se considera como “abandono de trabajo” y por tanto es un accidente comun. OJO: debe haber un procedimeinto de salida escrita. ya que si la empresa no logra con documento probar que el trabajador salio sin permiso, las autoridades (MUTUAS) no tendrán nada más que decir, que por falta de merito es un accidente de trabajo.
Es un accidente de trabajo y no es in itinere ya que no se va a su domicilio. Ademas unido a las caracteristicas de ese puesto de trabajo lo hacen mas claro. Otra cuestión distinta sería: cómo se produjo el accidente ( podría existir imprudencia temeraria por parte de su trabajador)
Es AT “normal” dado que el “in itinere” es al ir o volver del trabajo, no durante, mas bien que su trabajo es ese… además con vehiculo de la empresa, por cuenta y riesgo de la misma, con rutas definidas por esta, y medidas de trabajo de esta…
Un saludo
ROSA SI EL ACCIDENTE SE HA PRODUCIDO REALIZANDO UNA ENTREGA, A TODAS LUCES ES UN ACCIDENTE LABORAL EN OTRO CENTRO DE TRABAJO, PERO NO PUEDE SE IN ITINERE, YA QUE ESTA DENOMINACION SOLO SE UTILIZA CUANDO EL ACCIDENTE SE PRODUCE AL IR O AL VENIR DEL TRABAJO.
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