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berbo.
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esta pregunta ya surgió en el foro pero nadie a aportado ideas, así que la retomo:
según el R.E.Baja Tensión las herraientas eléctricas portátiles, y lámparas eléctricas estarán alimentadas por una tensión no superior a 24v, pero cuando los carpinteros, por ejemplo llegan a la obra la tensión que le ofrece la cosntructora ya es de 220, ¿tienen que realmente transformar esa tensión? ¿es la constructora quien les debe ofrecer la tensión de seguridad? me gustaría saber realmente como se está abordando este problema
gracias a todos
Pueden estar alimentadas por baterías portátiles recargables que son de 24 ó 12 V (tipo taladro, etc…) o bien puede utilizarse un transformador.
Las tensiones de 50V, 24V y 12V, son tensiones de seguridad, para ambientes secos, humedos o mojados y sumergidos, respectivamente, pero esto no quiere decir que sea el único sistema de protección para las herramientas eléctricas portátiles, porque existen herramientas eléctricas alimentadas a 220V, como puede ser un simple taladro, como el que se emplea en casa, y disponer como protección toma de tierra, luego importántisimo que vaya conectado a toma de corriente con tierra, y que exista protección diferencial. Existen otras herramientas alimentadas a 220, que en lugar de disponer de toma de tierra, su protección consiste en el doble aislamiento, es fácil diferenciarlas por la clavija, ya que ésta última no dispone de toma de tierra.
Eso sí, cuando estemos trabajando en lúgares húmedos, sea por ejemplo un vibrador de hormigón, siempre se emplearán tensiones de seguridad, 24V, unido a un transformador.
De todo ésto se habla en el REBT. Espero haberte reuelto algo la duda.
Un saludo.
REALMENTE SE DEBE UTILIZAR LA TENSION DE 24 V. EN CORRIENTE ALTERNA Ó DE 60 V. EN CONTINUA. EN MI OPINIÓN LO QUE DEBEN DE HACER TANTO CONTRATA COMO SUBCONTRATA ES PONERSE DE ACUERDO QUIEN ES EL QUE PROPORCIONA ESTA CORRIENTE. TAN SOÓLO ES CUESTIÓN DE DIÁLOGO.
No esz que sea mi fuerte la electricidad pero diria que la mayoria de la herramientas disponen de aislamientos, para comprobar estos aislamiento vienen en el marcado de las maquinas o en el manual de instrucciones indicando las medidas que se deben adoptar en cada caso….
Has dicho lo que yo llevo pensando un buen rato, son las máquinas las que llevan los transformadores y yo creo que los deben llevar todas, de otra manera no funcionarían
Para más información, leete la NTP-271: instalaciones eléctricas en obras de construcción.
Un añadido a lo del colega anterioir. Para saber si la herramienta tiene doble aislamiento mira el pictograma que aparece en su placa de características, tiene que aparecer un cuadrado dentro de otro cuadrado
Aclaración previa: No soy experto.
Dicho esto: buenos dias a todos.
En mi empresa estas cuestiones vienen resueltas en el contrato de ambas partes (quien aporta las protecciones colectivas, los equipos de trabajo, etc.). Como no podía ser de otra manera, en un país civilizado.
Si no está claro o especificado, la contrata siempre tendrá en su centro de trabajo, la responsabilidad de proveer estos equipos (que deberían estar contemplados en su PSS o anexo corresppondiente). Ojo, puede “obligar” a la subcontrata a proveerlos ella, fuera de contrato.A partir de ahí, una u otra ponen los cuadros secundarios que hagan falta, con su transformador y salida/s específica/s de 24 V, para su uso.
Un saludo.
Salvo casos de riesgo por ambiente húmedos o mojados, no precisa utilizar tensión de seguridad de 24 v. Si fuera así, en mi opinión la propia subcontrata debería aportar sus medios manuales eléctricos para tal tensión y, consecuentemente el transformador de seguridad de 24 v. correspondiente.
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