Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • #9795 Agradecimientos: 0
    isma2
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    junio 2007


    Buenas tardes,mi empresa dispone de una cantera la cual se encuentra subcontratada a otra empresa desde hace años y no tenemos personal propio en la cantera, todos pertenecen a la subcontrata. Al ser ellos quien realizan el trabajo alli, son ellos los encargados de realizar el plan de labores, evaluaciones, mediciones, etc. Estamos nosotros obligados a tener que realizar o pedir algun documento? Gracias

    #129342 Agradecimientos: 0
    De locos
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    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    ¿Quién es el director facultativo de la explotación?

    #129343 Agradecimientos: 0
    isma2
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    junio 2007


    ellos

    #129344 Agradecimientos: 0
    De locos
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    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    ITC. MIE. S. M. 02.0.01 (Aptdo 5)

    “Cuando se efectúen trabajos por un contratista ajeno a la plantilla de la explotación, el contrato suscrito entre ambas partes deberá concretar si se designa un nuevo Director Facultativo para estos trabajos contratados o, por el contrario, quedan bajo la autoridad del Director Facultativo de la mina.

    En este segundo caso el contratista designará la persona adecuada, bajo la dependencia del Director Facultativo de la mina, dirigirá los trabajos y se comprometerá al cumplimiento de todas las disposiciones legales de seguridad, de carácter general y particular, así como de cualquier orden que, en esta materia, reciba del Director Facultativo.

    La organización adoptada se someterá a la autoridad minera.”

    Todo queda dependiendo de ellos. Tan solo hay dos comentarios al respecto, al menos desde mi punto de vista:
    – El que ellos lo hagan todo no quita el que vosotros seáis los titulares del centro de trabajo, y por tanto, debéis controlar la correcta gestión preventiva de vuestra contrata. Elos no están haciendo sino trabajos correspondientes a vuestra propia actividad (aunque esto ya se sabe que es siempre discutible), y por tanto hay deber de vigilancia.
    – Lo anterior se tiene en cuenta, en tanto y cuanto ellos trabajan en base a una contraprestación económica que vosotros les dáis, la cual puede ser o no suficiente para que ellos, además de su correspondiente % de beneficio, puedan realizar su trabajo en condiciones de calidad, eficiencia y también de seguridad.
    Quiero decir que debéis controlar lo que hacen a nivel preventivo también por si alguien se le ocurre pensar que las deficiencias en seguridad que por ejemplo pudieran ocasionar un accidente, tuvieran también su origen en los escasos recursos económicos disponibles por la contrata debido al ajustado contrato que mantenéis con ella.

    Todo lo dicho es opinión propia y susceptible de crítica porque no se basa directamente en normativa legal sino en una interpretación de la misma.

    #129345 Agradecimientos: 0
    isma2
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    junio 2007


    gracias

    #129346 Agradecimientos: 0
    GUMERSILDO
    Participante
    0
    septiembre 2007


    Artículo 24: Coordinación de actividades empresariales
    2.El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores.

    #129347 Agradecimientos: 0
    el gaucho
    Participante
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    mayo 2002


    En el contrato debe incluir una clausula que ellos
    deben encargarse de elaborar el plan de seguridad laboral.

    #129348 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    “Isma2”, yo creo que “De Locos” se merece más que un “gracias”, y al tiempo advertirle a “Gumersildo” que se trata de una actividad de Minas, que entra dentro de la responsabilidad de la Policía de Minas, a no ser que estemos hablando de los talleres, oficinas etc., ajenos a la propia explotación.

    #129349 Agradecimientos: 0
    isma2
    Participante
    0
    junio 2007


    Se lo agradezco y ya le invitaré a una caña cuando le conozca.

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