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    Hiramozi
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    abril 2005


    Hola a todos:

    se me plantéa la siguiente duda:

    si una empresa A subcontrata una serie de trabajos a una empresa B, y la empresa A pone todas las máquinas para que la empresa B pueda desarrollar esos trabajos, ¿quién debe evaluar las máquinas puestas a disposición de la empresa B, la empresa A o la empresa B?

    ¿Es indiferente que la tarea a realizar sea o no sea de propia actividad de la empres A?

    Saludos y gracias de antemano.

    #109840 Agradecimientos: 0
    ELIZA2
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    2
    junio 2006


    En realidad y según mi opinion ( que puede no ser la correcta) ambas deben tener la evaluacion de las máquinas, una por ser suyas ( y seguro que las usan en algun momento) y la otra por utilizarlas. Eso si, la empresa A debe entregar los manuales de uso de cada máquina a la empresa B.

    #109841 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    La empresa B.

    #109842 Agradecimientos: 0
    Ziredna
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    3
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    agosto 2006

    Iniciado

    B.
    A tendrá que facilitar toda la documentación de la maquinaria, certificados, libros mantenimiento, manuales, etc. pero los trabajores expuestos a riesgos son los de B.

    #109843 Agradecimientos: 0
    Jopar
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    enero 2005


    Hiramozi:
    El responsable de la seguridad, en el caso que preguntas, es de quien mueve las máquinas, la empresa B. Una máquina parada no implica riesgo.
    La empresa A ha de suministrar la evaluasción de origen de la máquina.
    Puedes considerar a la empresa A como el distribuidor de las máquinas.
    Un saludo. Jopar.

    #109844 Agradecimientos: 0
    windy30
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    diciembre 2006


    La maquinaria que ha adquirido la empresa A ha de estar contemplada en la evaluación de riesgos de todos los puestos de trabajo en los que se hará uso de esta. En segundo lugar el empresario esta obligado por ley a adoptar todas las medidas adcuadas para que todos los trabajadores -sean subcontratados o contratados diractamente-reciban toda la información necesaria y formación tecnica y practisa suficiente en materia preventiva. (LPRL. Y por supuesto dejar constancia de que se ha recibido – por parte de los trabajadores-. A demas la empresa B tmb ha de contemplar todas estas medidas en su evaluación de riesgos por puesto de trabajo.

    #109845 Agradecimientos: 0
    Hiramozi
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    abril 2005


    Yo este tema lo he hablado con varios prevencionistas, y hay disparidad de criterios.

    Yo por ejemplo pienso que la evaluación de la maquinaria le corresponde a la empresa A, y una vez hecha, es la empresa A la encargada de informar a los trabajadores de B sobre los riesgos que les puede provocar esa maquinaria. Mi criterio es que si una máquina tiene una deficiencia, la empresa B no puede obligar a la empresa A a que repare dicha maquina, y es A la que debe garantizar que la máquina se encuentre en buenas condiciones de uso.

    De todas formas, yo no encuentro ninguna parte de la ley que pueda dejar claro este tema, y más bien lo veo como un criterio de cada uno. Si alguien conoce alguna ley que ayude a esclarecer esto,se lo agradecería.

    #109846 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Lo dice en:

    LEY 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales. BOE nº 269, de 10 de noviembre.

    Artículo 16: (Texto reemplazado por la Ley 54/2003) Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva

    2. Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada, son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva a que se refieren los párrafos siguientes:

    a. EL EMPRESARIO deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos. Igual evaluación deberá hacerse con ocasión de la elección de los equipos de trabajo, de las sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo. …

    Teniendo en cuenta lo que dice en su:

    Artículo 3: Ámbito de aplicación

    1. Esta Ley y sus normas de desarrollo serán de aplicación tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, …

    REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. 29-03-1995), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

    Artículo 1. Ambito de aplicación.

    1. La presente Ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, DENOMINADA empleador o EMPRESARIO.

    2. A los efectos de esta Ley, SERAN EMPRESARIOS todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.

    Es decir empresario es aquel que tiene contratados trabajadores por cuenta ajena y es con respecto de estos con quien tiene la obligación de evaluar los riesgos, no con respecto de los de otros.

    PD: NO se evalúan riesgos de equipos de trabajo aisladamente, se evalúan riesgos para los trabajadores debido a la utilización de estos equipos en la empresa.

    #109847 Agradecimientos: 0
    Ricardo Muñoz
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    noviembre 2005


    Aca en Chile la legislacion es bien clara en ese sentido. La ley de subcontratacion estipula que la empresa mandante debe controlar las actividades de sus Contratos. A su vez el Contrato de la empresa mandante debe ejercer control sobre sus subcontratos.
    Me explico y resuelvo tu inquietud.

    Por razones de seguridad que yo encuentro, bastante obvias, tanto la empresa A como la B deben ejercer control en sus diversos procedimientos a modo de poder otorgar la mayor seguridad para las personas, equipos, materiales y ambiente. saludos.

    #109848 Agradecimientos: 0
    chemita
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    enero 2003


    la evaluación de riesgos es sobre puestos de trabajos ¿ quien trabaja con la maquinaria ? la empresa B …

    #109849 Agradecimientos: 0
    Naikari
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    octubre 2003


    Aunque es la empresa B quien tiene que ver los riesgos que esa maquinaria puede generar en sus trabajadores.
    Debería ser la A la que haya realizado la adecuación de la maquinaria y cuando se la cede a B, debería tener todos los resguardos, dispositivos… adecuados. Además debería darle los Manuales de las maquinas.

    #109850 Agradecimientos: 0
    Alberto Traverso Ponce
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    junio 2001


    La empresa A debe evaluar la maquinaria y aportar a la empresa B la información necesaria para el correcto uso de las mismas.
    En la empresa B se evalua el uso de esas máquinas en la evaluación del puesto de trabajo afectado, y además debe exigir que son adecuadas y disponen de certificación de conformidad.

    #109851 Agradecimientos: 0
    rshalvarez
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    octubre 2006


    la empresa A

    #109852 Agradecimientos: 0
    previneitar
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    febrero 2003


    La evaluación de riesgos no sería necesario, ya que debiera constar todo en el PLAN SS, o en su defecto confeccionar un anexo al plan con las modificaciones. Este anexo se aprueba por CSS y se registra

    #109853 Agradecimientos: 0
    gicole
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    febrero 2008


    La empresa que contrata debe validar maquinas y herramientas propias y de contratistas. Cualquier falla de estos puede provocar un accidente que impacta las estadísticas de ambas empresas y lespega en cuotas.

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