Si tienen contratados trabajadores por cuenta ajena Y LOS UTILIZAN EN LA ACTIVIDAD CONTRATADA EN CUESTION, son empresas, sino cada uno de sus miembros son trabajadores autónomos:
2.2.1 ¿Qué ocurre cuando los trabajadores autónomos constituyen una sociedad limitada? ¿Tienen que inscribirla en el REA?
El hecho de que los trabajadores autónomos que realizan la actividad comprometida de forma personal y directa, sin sujeción a un contrato de trabajo y sin emplear a trabajadores por cuenta ajena, constituyan sociedades mercantiles o se asocien bajo cualquier forma jurídica no cambia, por sí mismo, su calificación a los efectos de la Ley de Subcontratación: seguirá considerándoseles trabajadores autónomos no obligados a inscribirse en el REA y que no pueden subcontratar según el artículo 5.2 e) de la LSC.
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