Bueno grosso modo el asunto es como sigue.
En cada comunidad autónomo (sin excepción)existe un “instituto regional de seguridad laboral”. Osalan pais vasco; Icasel, canarias, Insl, navarra, etc.
Si hay que registrarse como servicio de prevención es en ellos.
De ahí que dependerá de la regulación de la comunidad autónoma de pertenencia. Como ejemplo en nuestra CA no sólo se deben registrar servicios de prevención (y delegados de prevención)sino que está regulado (a nivel autónomico) que antes del 31 de marzo de cada año cada servicio de prevención remita la memoria de actividades del mismo (según formato normalizado regulado por la correspondiente consejería).
Ponte en contacto con el instituto regional de tu Comunidad y saldrás de dudas.
Saludos.