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  • #23732 Agradecimientos: 0
    PASTOR
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    julio 2002


    He oido que a partir del próximo año todos los Servicios de Prevención Ajeno deberán disponer de las 4 especialidades (incluyendo Vigilancia) obligatoriamente.
    Alguien sabe algo al respecto?

    #202657 Agradecimientos: 0
    mvarilla
    Participante
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    octubre 2005


    entiendo que un SPA tiene que tener cubierta las 4 especialidades, aunque algunas las pueda tener contratadas con un tercero.

    #202658 Agradecimientos: 0
    jlmeseguer
    Participante
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    octubre 2005


    Depende de la situación, si se trata de un grupo de empresas, se utiliza el sistema mancomunado, por lo que el SPA, puede ser una sinergiade varias, no le encuentro la lógica. De todas formas envíales un email al INSHT y se lo preguntas que lo sabrán mejor.

    Un saludo.

    #202659 Agradecimientos: 0
    ferminuxue
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    noviembre 2005


    Yo creo que un SPA debe tener las 4 especialidades, aunque tenga alguna subcontratada.

    #202660 Agradecimientos: 0
    2000
    Participante
    1
    0
    octubre 2005

    Iniciado

    Bueno…

    Un SP propio debe tener un mínimo de 2 especialidades y el resto pues como quiera… siempre que estén gestionadas las 4

    Un SP ajeno debería distinguirse por poder prestar las 4 especialidades… y que la empresa contrate las que quiera. Pero no hay nada escrito sobre cuantas debe tener.

    La realidad es que el empresario que constituye un SP se acredita con aquellas que considera puede hacer mejor negocio ($$$)… y en algunas Comunidades Autónomas la Autoridad Laboral está concediendo acreditaciones sin tener las 4 especialidades.

    #202661 Agradecimientos: 0
    car2005
    Participante
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    julio 2005


    La primera noticia que tengo,,, y no creo que sea muy lógico. Pregunta al INSH y que lo expliquen bien. Pero supongo que es un mal entendido.

    #202662 Agradecimientos: 0
    789
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    octubre 2004


    Actualmente la Ley establece que para crear un SPA, debes tener como mínimo dosde las cuatro especialidades, dos técnicos como mínimo (logico pensar que de esas especialidades en las que te acreditas) y luego otra serie de requisitos (seguro de responsabilidad civil, equipos de medición en funcion de la especialidad, que varía en cada CCAA, un local, y más, se te concede una acreditación provisional y luego si todo va bien la definitiva.
    Respecto a que hay que tener cuatro no he oído nada y en todo caso habría que cambiar la ley.

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