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JEET.
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Hola, buenas tardes!
Estoy pensando constituir un servicio de prevencion ajeno y me gustaría saber si yo, que poseo las especialidades de Seguridad, Higiene y Ergonomía, solo puedo ejercer estas tres especialidades y concertar la Medicina con una empresa aparte.
En principio empezaría yo solo porque no puedo contratar a nadie y me gustaría saber si esto es posible.
Gracias de antemano
Sin ninguna duda.Ud puede ,ya sea contratar a un Medico Laboral,a otra empresa que le de este servicio,o contratar al medico especializado en la disciolina que Ud. necesite como un profesional independiente y pagarle sus honorarios de acuerdo a la tarifa horaria que acuerden.
Pues no, no puede. En u SPA tiene que haber un especialista, al menos, por especialidad. Pero además le van a exigir muchas más cosas, y entre otras un seguro de prima bastante fuerte…
Hola:
si, legalmente podrías montar un servicio de prevención, pero ten en cuenta que un servicio de prevención no es sólo el personal preparado y un convenio con un médico en el trabajo, tener los medios materiales y, además, debe de estar homologado por el gobierno autónomo de turno y este normalmente pide muchas cosas, entre ellas un aval de mucho dinero, enterate de esos pasos, al menos si quieres funcionar como servicio de prevención ajeno
Si lo q realmente quieres es constituir es un servicio de prevención AJENO, no es posible ya q mira lo que dice el Real Decreto 39/1997
Artículo 18: Recursos materiales y humanos de las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención
En todo caso, dichas entidades deberán disponer, como mínimo, de los medios siguientes:
Personal que cuente con la cualificación necesaria para el desempeño de las funciones de nivel superior, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VI, en número no inferior a un experto por cada una de las especialidades o disciplinas preventivas de Medicina del Trabajo, Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, y Ergonomía y Psicosociología aplicada. Asimismo deberán contar con el personal necesario que tenga la capacitación requerida para desarrollar las funciones de los niveles básico e intermedio previstas en el Capítulo VI, en función de las características de las empresas cubiertas por el servicio.
çSin duda se enfrenta vd al problema de la fundamentación jurídica. Si puede constituir el servicio con TRES especialistas en TRES de las especialidades y la de Vigilancia de la SAlud efectuarla por mediación de una mutua u otro servicio médico. No obstante el art. 18 del reglamento de los servicios de prevencion expone que son necesario los medios humanos para cada especialidad que se an adecuados: UNO POR ESPECIALIDAD. Saludos y espero haberle sido de ayuda
Estimado amigo, en la constitución de un servicio de prevención ajeno se debe contar con al menos 1 técnico por especialidad, es decir, 3 ó 4 personas diferentes en el caso de que tengas también un técnico médico del trabajo. El número de técnicos varía dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que estes. En unas preguntan cuántos técnicos vas a tener y la Autoridad Laboral te indica al número de empresas que puedes dar servicio. Y al contrario, en otras te preguntan a cuántas empresas vas a dar servcio y te dicen el número de técnicos que necesitas, además de los medio e instalaciones necesarios. Saludos.
Lo lamento pero no es posible. Entre otras cosas pq es necesario un técnico superior para cada especialidad auque tu tengas tres. Además es necesario solicitar una autorización administrativa que conlleva un proceso en el que entre otras cosas requiere demostrar los medios humanos y técnicos necesarios y establecidos taxativamente por la AAPP para poder ofrecer este servicio.
Saludos,
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