Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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  • #16397 Agradecimientos: 0
    Kenzo
    Participante
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    junio 2006


    Hola a todos compañeros!
    Tengo una duda que espero podais resolverme… Te ngo un torno horizontal, al que hemos protegido con pantallas de protección con enclavamientos. Al abrir la reja, logicamente, se para la máquina, pero la inercia del plato continua un momento (pudiendose producir un accidente). Naturalmente, lo más aconsejable es colocar un freno de emergencia. Los que trabajen como yo en un SPP sabrán lo dificil que es conseguir que los jefazos (que no suelen estar por la labor) suelten dinero, si no están completamente obligados por ley. Ni en la 1215 ni en su guía no he encontrado (o no he sabido encontrar)nada al respecto (todo muy ambiguo y general)he intentado encontrar una NTP del INSHT y tampoco hay.
    Cualquier ayuda o comentario me ayudará, así que los espero ansioso. Gracias a todos de antemano. Un saludo.

    #162784 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
    0
    octubre 2003


    Ojo… si pones una parada de emergencia en algo rotativo se puede partir el eje. Dependiendo de la inercia que tenga el torno, la velocidad, el peso… habrá que ver si se puede poner una parada o no.

    #162785 Agradecimientos: 0
    ZEUS
    Participante
    0
    agosto 2002


    EL ENCLAVAMIENTO NO SOLO ESTA EN PARAR LA MAQUINA CUANDO SE ABRE EL RESGUARDO, TAMBIEN EXISTEN ENCLAVAMIENTOS QUE NO LIBERAN EL PROTECTOR HASTA QUE LA MAQUINA ESTA COMPLETAMENTE PARADA Y SE HA ELIMINADO EL RIESGO RESIDUAL QUE EXISTE.
    COMO COMPLEMENTO DA INSTRUCCIONES ESCRITAS AL OPERADOR DEL TORNO PARA QUE NO HABRA EL RESGUARDO ANTES DE HABERSE PARADO EL PLATO.

    #162786 Agradecimientos: 0
    ANTONIO SOLA
    Participante
    0
    octubre 2001


    Efectivamente, tal y como te ha comentado Zeus, existen resguardos con dispositivo de enclavamiento y bloqueo cuyo uso está indicado especialmente para proteger mecanismos con movimientos de inercia. El sistema de bloqueo puede consistir desde un simple tornillo con el que se retrasa la apertura del resguardo hasta que no se ha desenroscado totalmente y haya dado tiempo al paro del movimiento de inercia, hasta sistemas más complejos (también más caros) en los que electrónicamente se comprueba la parada total del mecanismo en movimiento. La NTP-12 y la Guía Técnica de Equipos de Trabajo, ambas del INSHT, te pueden orientar en la elección.
    En cuanto a la existencia de alguna referencia legal en la que ampararte ante tus jefes, opino que con la propia evaluación de riesgos tienes suficiente para justificar la necesidad de utilizar un dispositivo de protección con simple enclavamiento o con enclavamiento y bloqueo asociado a un resguardo móvil. Si la evaluación de riesgos indica que persisten riesgos graves tras la instalación de la protección con simple enclavamiento, ¿qué mayor obligación legal le puedes ofrecer a tu jefe?.
    De todas formas, para el caso del torno que comentas (también para el resto de máquinas-herramientas), opino que con la protección con enclavamiento que has colocado, una señalización adecuada (por ejemplo, pintando una parte del plato con bandas amarillas que señalicen claramente el movimiento)y no permitiendo el acceso a la máquina a personal que no esté debidamente formado e informado, es suficiente.
    Salud

    #162787 Agradecimientos: 0
    ANTONIO SOLA
    Participante
    0
    octubre 2001


    Me había olvidado de una cuestión importante. Desconozco el tipo de torno al que te estás refiriendo, pero si es un torno no empleado en producción de series largas (numérico)y se trata de un torno universal empleado para la fabricación de piezas diversas, es posible que muchas veces el operario tenga que acceder a la pieza en movimiento para trabajar sobre ella(operaciones de limado y lijado)y que incluso el dispositivo de enclavamiento asociado a la protección resulte un incordio. ¿Lo has valorado?
    Saludos de nuevo

    #162788 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Como técnico del servicio de prevención propio o ajeno, no es tu responsabilidad el que se instalen resguardo o no en cualquier equipo de trabajo. Tu responsabilidad es evaluar, por escrito, el riesgo correctamente y decir, por escrito, que medidas preventivas, que no técnicas, son las necesarias para controlar ese riesgo. Les corresponde a tus jefazos el decidir si adoptan esas medidas o no y en caso de no adoptarlas, si se produce un accidente, será su reponsabilidad no la tuya.

    #162789 Agradecimientos: 0
    AKG
    Participante
    0
    junio 2006


    INTENTA COLOCAR UN SERVOFRENO. ESTE DISPOSITIVO SE ESTÁ IMPLANTANDO EN LAS MESAS DE SIERRA CIRCULAR UTILIZADAS EN LA CONSTRUCCIÓN.

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