Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • #42169 Agradecimientos: 0
    Sergio28
    Participante
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    enero 2003


    Hola, me llamo Sergio, soy Técnico Superior en PRL, especialista en Seguridad en el Trabajo y quisiera saber si puedo concertar con un Servicio de Prevención Ajeno la Medicina, Higiene y Ergonomía y encargarme yo de la Seguridad en el Trabajo de mi empresa. ¿Es posible? ¿Se considera SP Propio?

    Gracias y un saludo

    #265970 Agradecimientos: 0
    huvalu
    Participante
    0
    agosto 2003


    Hola Sergio, para poder crear un servicio de prevención propio deberías tener dos especialidades de las cuatro que hay, o bien encontrar a un a persona que tenga una de las otras tres y contratarla como estás tú.

    También puedes ejercer como técnico y contratar un servicio de prevención ajeno, siempre y cuando por el tipo de empresa no estés obligado a que sea propio.

    Saludos

    #265971 Agradecimientos: 0
    jorgar
    Participante
    0
    agosto 2002


    Sí que es posible, pero no como servicio de prevención propio. Repásate los apuntes del master, y en la parte de modelos organizativos te dice que lo que hay que hacer. Si tu empresa está obligada a constituir un servicio de prevención propio, cómo mínimo necesitas tener dos especialidades, o tu o tener dos técnicos con una especialidad cada una.

    En caso de no tener la obligación de constituir un servicio de prevención propio, se puede organizar como trabajador designado, ocupándose de la seguridad, y contratando a un servicio de prevención ajeno el resto de las especialidades, y además de esta forma, tu sólo pasarías la auditoría de la parte de seguridad, la verdad es que parece que este modelo organizativo sea bastante liado, ¿no crees?

    #265972 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    si que puedes, incluso puedes subcontratar cada una de las distintas especialidades a un servicio de prevención ajeno

    #265973 Agradecimientos: 0
    JEET
    Participante
    0
    febrero 2003


    Si hicieras lo que manifiestas entonces tendrías a mi entender un servisio de prevención ajeno y con un trabajador Designado (tu al encargarte de la seguridad). Pero NO sería un servicio propio, sino la combinación de trabajador designado con serv.externo prl. Es poco común pero PERFECTAMENTE LEGAL Y POSIBLE.

    #265974 Agradecimientos: 0
    Dolo
    Participante
    0
    julio 2003


    Tu puedes asumir la parte técnica como servicio de prevención propio y cada vez que identifiques un riesgo que implique una medición específica derivada de la higiene o la ergonomía la contratas con un SPA, para que te quede un registro acreditado de dicha medición. lo que sí tendrás que concertar es la vigilancia de la salud mediente el pertinente contrato y deberás dedicar a la materia preventiva tantas horas como sean necesarias en función del número de trabajadores de tu empresa. La auditoria la tendrías que realizar de las tres especialidades técnicas por asumirlas como SPP. No te recomiendo que conciertes las dos especialidades enteras a un SPA puesto que te cobrarán un importe superior al de tus necesidades. Suerte.

    #265975 Agradecimientos: 0
    EULOGIO SÁNCHEZ
    Participante
    0
    marzo 2002


    Hola: Podrías encargarte tú, en principio, de la Seguridad, pero NO COMO SPP, sino como Trabajador Designado. El SPP requiere una infraestructura importante y dedicación exclusiva a la Prevención.

    En todo caso, léete el RD 39/97, que vale la pena leerlo.

    Saludos – Eulogio Sánchez

    Saludos cordiales para todos.

    #265976 Agradecimientos: 0
    IñigoG
    Participante
    0
    octubre 2003


    Hola:

    La respuesta correcta sería NO, por varios motivos.

    El primero es que sea del tipo que sea la empresa debes de tener mínimo dos especialidades para montar un servicio de prevención.

    El segundo es que deberías haber especificado a que se dedica tu empresa.

    Si la empresa pertenece al anexo I, por ejemplo construcción sólo puedes montar un servicio de prevención con las cuatro especialidades y una de ellas es la que necesita un médico que tenga la especialidad de medicina en el trabajo y gente que tenga las otras tres especalidades.

    Si la empresa no pertence al anexo I y tiene menos de creo que 15 trabajadores (hablo de memoria y no estoy seguro) puedes montar un servicio de prevención en la que el empresario asuma la responsabilidad del servicio de prevención ,pero siempre contando con dos de las cuatro especialidades.

    Para ver todo esto mejor consulta el R.D. 39/97

    #265977 Agradecimientos: 0
    Javimatic
    Participante
    0
    mayo 2003


    puedes encargarte, si quieres, de la seguridad en tu empresa, pero tendrás que concertarla igualmente con un servicio ajeno, a no ser que tú u otro compañero tenga otra especialidad.

    Para constituir un servicio de prevención propio son necesarias, al menos, dos especialidades.

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