Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #10264 Agradecimientos: 0
    mariange
    Participante
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    agosto 2007


    No se qué altura máxima puede trabajar un peón ordinario de construcción y que maquinaria es la que no puede manipular. Gracias,

    #131750 Agradecimientos: 0
    FINALFIRE24
    Participante
    0
    enero 2007


    que tipo de trabajo? en que tipo de andamio, plataforma etc? Que formación tiene ?
    Estos datos son fundamentales para poder contestarte, por favor se mas explicito.

    #131751 Agradecimientos: 0
    mariange
    Participante
    0
    agosto 2007


    Te explico,la formación que tiene es la que ha adquirido con la experiencia del desempeño del trabajo, los trabajos son de revestidor de fachadas(aplicando cotegram). El problema es que el Servicio de Prevención le ha realizado un reconocimiento médico y van a expedir un Certificado de apto pero con “limitaciones” (en altura y cierta maquinaria), es una situación sobrevenida posterior a la contratación y quisiera saber a que altura máxima puede trabajar un peón ordinario y que maquinaria puede manejar de acuerdo a su categoria profesional, ya que es muy dificil adaptarlo a otro puesto de trabajo dada la activida de la empresa. Muchas gracias,

    #131752 Agradecimientos: 0
    Miguel07
    Participante
    0
    abril 2007


    Si esta aplicando cotegram lo hará sobre andamios, si estan bien colocados con escaleras interiores, barandillas principal e intermedia y rodapie no tiene porque tener ningún problema. En cuando a la maquinaria a utilizar para aplicar cotegram tampoco debería tener problemas.

    Otra cosa es como coloquen los andamios…

    #131753 Agradecimientos: 0
    RUBIDIO
    Participante
    2
    0
    marzo 2006

    Iniciado

    * Si tiene tiene un apto condicionado será por que tiene limitaciones psiquicas o físicas o es un menor de edad.
    * Que te diga el técnico que hace la evaluación del puesto de trabajo que ocupa este trabajador las medidas que hay que establecer para que este trabajador pueda realizar su actividad.

    #131754 Agradecimientos: 0
    supercas
    Participante
    0
    febrero 2007


    un peon ordinario no puede subir alturas, ni utilizar maquinaria. Pero esto tiene facil solución, que le cambien la categoría a peon especializado y ya esta.

    #131755 Agradecimientos: 0
    txemaryy
    Participante
    0
    octubre 2006


    Coincido con Supercas.
    Añadir que mires tambien el convenio y ojo con lo que dice el reconocimiento medico (vertigo, mareos, algun otro problema).

    Saludos.

    #131756 Agradecimientos: 0
    Jopar
    Participante
    0
    enero 2005


    Mariange:
    El viernes 17 de agosto, salió, y por sorpresa, una nueva legislación en este aspecto. No la he estudiado todavía, pero toca este tema y lo complica todo.
    Un saludo. Jopar.

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