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  • #25153 Agradecimientos: 0
    Pancho2
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    mayo 2005


    Cuando un trabajador no cumple las normas de seguridad le advertimos verbalmente, la siguiene vez que incurre en la misma falta se lo comunicamos por escrito y la proxima lo sancionamos sin empleo y sueldo. Cuando se le avisa por escrito se le hace firmar dicho aviso ¿hay que hacerle firmar algun papel cuando se le sanciona? si es así ¿alguien puede facilitarme un modelo? MUCHAS GRACIAS.

    #208112 Agradecimientos: 0
    Adehesa
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    noviembre 2004


    Esa pregunta es de recursos humanos.

    La sanción es un recurso que te aconsejo no utilices nunca. No soluciona nada y crea malestar y rebote en los compañeros. Lo cual es lógico.

    Debemos tener paciencia y mucho diálogo y formación con los compañeros que están en el tajo. Es una cuestión de cultura; cultura de prevención; y eso lleva tiempo.

    Hoy la letra no entra con sangre, sino con paciencia. En muchos casos, tendremos que esperar un cambio de generación.

    Haz cultura de prevención.

    #208113 Agradecimientos: 0
    Pancho2
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    mayo 2005


    En la construccion, a un trabajador le puedes decir 1000 veces en un día a un trabajador que se ponga el casco, pero en cuanto te des la vuelta ya se lo ha quitado. Ni yo ni nadie puede estar todo el dia de tras de un trabajador, la unica forma que entienden la obligatoriedad del casco es tocandoles el bolsillo (sancion empleo y sueldo).

    #208114 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
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    1
    0
    agosto 2005

    Iniciado

    La guardia civil o policia local cuando te pillan cometiendo una infracción, no dialoga contigo para que no seas malo y no lo vuelvas a hacer, directamente te empluma la multa y la siguiente vez ya vas con más cuidado, no siendo que me vuelvan a multar.

    Aunque a algunos les da igual y reinciden, como en construcción donde se debe sancionar mucho más, e incluso diría yo que habría que crear un listado de empresas que incumplen con las medidas de seguridad sistemáticamente, por ejemplo, encofradores, un, dos, tres, responda otra vez., y así no contratarlas hasta que se pongan las pilas.

    #208115 Agradecimientos: 0
    smallfield
    Participante
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    noviembre 2002


    si hay que firmar el modelo y conveniente que haya un testigo en el momento del aviso, lo de si es aconsejable o no sancionar, depende mucho del sistema de gestion de la empresa, por eso no estoy de acuerdo con adehesa , porque has de seguir el procedimiento marcado en tu sistema, si no puedes acabar repitiendo como un loro y al final el que se ira a la calle seras tu , no el trabajador

    #208116 Agradecimientos: 0
    Christian Martinez Lacruz
    Participante
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    septiembre 2005


    Como bien dice Pancho2, lo más efectivo es el tema del dinero ya que diras 1000 veces a un trabajador que se ponga el casco a la vuelta de la esquina ya se lo ha quitado y más en trabajos a cielo abierto en construcción por tanto, si el técnico de prevención dispone en la empresa de potestad para hacer retener parte del dinero a los trabajadores por incumplir las medidas de prevención, en este caso la colocación del casco, si se le comenta este sistema al operario que se coloque el casco o va a recibir menos salario la cosa cambia, lo garantizo.

    #208117 Agradecimientos: 0
    Crivan
    Participante
    0
    marzo 2005


    Si realmente ese trabajador incumple constantemente normativas de seguridad poniendo en peligro su condicion fisica o la de los demas de su alrededor, o bien, crees que puede provocarte problemas, teniendo potestad y respaldo yo automaticamente le haria recoger sus pertenencias e inmediatamente que salga por donde ha entrado. Realmente no nos interesa tener trabajadores muy problematicos por los problemas que nos pueden buscar. Tu todo el tiempo preparando estudios, medidas, etc….. para que eun gracioso de turno me la juegue, para que?

    #208118 Agradecimientos: 0
    Kar2005
    Participante
    0
    agosto 2005


    En el tema de Prevencion como en cualquier otro campo, todo tiene que estar por escrito, todo lo que les proporciones a los trabajadores, sea formacion, EPI´s, Avisos de sancion, siempre que te firmen un recibi. Respecto al modelo, yo no se de la existencia como tal, sino que cada uno en su empresa se lo hace con el formato que crea oportuno.

    #208119 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Si usted ha agotado la vía del convencimiento razonado y razonable, y poersiste en su incumplimiento, no es que pueda sancionarle, sino que debe hacerlo e incluso llegar al despido. Y todo hecho por escrito, documentalmente. Y no existe un modelo previo, ni preestablecido al respecto.

    #208120 Agradecimientos: 0
    Borges
    Participante
    0
    junio 2005


    Algunos convenios de trabajo recoge como falta muy grave: No respetar, conociendo las medidas o normas de seguridad, por nigligencia, descuido o por voluntad propia, las medidas de protección derivadas del Plan de Prevención de Riesgos o impuestas por la empresa para evtación de los mismos.

    Sansiones Máximas:

    Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de 16 a 60 días, hasta la rescisión de contrato en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.

    Prescripción: Las faltas muy graves prescribirán a los 60 días a partir de la fecha que tuvo lugar.

    En el modelo de carta tendrás que recoger los artículos aparados en los RD, Directivas, Etc. en las que el operario cometió la infracción.

    Estoy contigo en que hay que sancionar económicamente a aquellas personas que incumplen la norma. En algunas empresas se sancionan sobre la marcha con medidas económicas descontandole de la paga las veces que incurren en una falta.

    Saludos

    #208121 Agradecimientos: 0
    Maikel
    Participante
    3
    0
    julio 2006

    Iniciado

    El negarse el trabajador a utilizar los medios de seguridad facilitados por la empresa, está considerado como falta grave, y puede ser sancionado de empleo y sueldo de 1 a 15 dias, normalmente con el primer aviso por escrito advirtiendo de su conducta y posible sanción surge efecto, si lo necesitas te puedo enviar un modelo de carta, pero como ya te comenta otro forista es conveniente que haya algun testigo cuando la entreges o bien que sea certificada.

    #208122 Agradecimientos: 0
    YT12
    Participante
    0
    noviembre 2004


    SI LE HAS HECHO FIRMAR ALGUN DOCUMENTO EN EL QUE SE COMPROMETA A RESPETAR LAS DETERMINACIONES DE LA EMPRESA, INCLUYENDO AQUELLAS DE PREVENCION, SEGURIDAD E HIGIENE, ESTA OBLIGADO A CUMPLIR Y SI ENTRE EL CALUSULADO DEL DOCUMENTO SE ESTABLECE LA SANCION ESTAS FACULTADO A APLICARLA.

    NO ES NECESARIO QUE FIRME NINGUN DOCUMENTO, PODRIA BASTAR UN ACTA CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS FIRMADA POR AUTORIDADES DE LA EMPRESA Y EL SINDICATO Y CERTIFICAR ANTE AUTORIDAD LABORAL DEL ESTADO.

    #208123 Agradecimientos: 0
    cons.
    Participante
    0
    septiembre 2005


    Necesito un modelo de carta de sanción a trabajadores ante la negativa a utilizar medios de seguridad.

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