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    Caracol79
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    marzo 2010


    Buenas tardes, soy técnico PRL y llevo este dpto. en mi empresa. Estamos con el nombramiento de los delegados de prevención y x lo visto es necesario nombrar previamente a los represent. de los trabajadores… estos dos nombramientos ya me los están pidiendo junto con el resto de documentación que normalmente se aporta en obra.
    Nada de esto tiene q ver con la PRL directamente, pero necesito que alguien me asesore sobre este tema. Ya he revisado el RD1844/1994, sobre las elecciones a rep. tjdores.
    La cuestión de todo esto es: ¿es viable y legal hacer todo el proceso sin tener que hacer comunicación alguna a la autoridad laboral? somos bastantes reacios con el tema de sindicatos.
    Alguien lo ha hecho por libre??
    Muchas gracias.

    #382379 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Los representantes de los trabajadores son elegidos POR LOS TRABAJADORES, NO nombrados por la empresa.

    Los Delegados de Prevención son elegidos POR Y ENTRE los representantes de los trabajadores, NO nombrados por la empresa.

    Sino hay representantes de los trabajadores, no puede haber delegados de prevención (porque no hay candidatos ni electores).

    Y como derecho que es (la eleccion de representantes de los trabajadores), es libre por parte de a quien le corresponde (los trabajadores) el ejercerlo o no.

    Lo que la empresa tiene que hacer es “facilitar” la realización de dichas elecciones, nada mas.

    Y si los trabajadores no eligen representantes y por tanto no hay delegados de prevención, las obligaciones de la empresa para con estos, deberá cumplirlas INDIVIDUALMENTE con cada uno de los trabajadores que tenga en la empresa.

    #382380 Agradecimientos: 0
    desmembrado
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    septiembre 2010


    Pero, ¿qué tiene que ver los sindicatos con que los trabajaodres decidan (ellos son los deciden quiénes son sus representantes, NO la empresa) a quién quieren como representantes? ¿como que nombramiento de la empresa? la empresa no nombra a ningún representante de los trabajadores ni a los delegados de prevención, faltaría más. SI quieren los trabajadores de esa empresa, pues eligen a quien quieran que sean sus represntante y aquien quieran que sea sus delegado de prevención de entre esto. ¿A cuántos? los que correspondan por ley.

    #382381 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    PD: y eso de que no tiene que ver con la ley de prl, vamos a dejarlo entrecomillado porque en la ley tienes un capitulo entero:

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    #382382 Agradecimientos: 0
    Caracol79
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    marzo 2010


    Me piden en una obra “la Comunicación a la Tesorería de comienzo de actividad en obra “. Que yo sepa hasta ahora, lo único que se comunicaba era la apertura de centro de tjo a la consejería de empleo. Esto es algo nuevo? q tiene que ver la tesorería?
    Gracias.

    #382383 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    A mi me piden la partida de bautismo pa noseque de una obra en una iglesia.

    ¿QUE TIENE QUE VER ESTO CON LA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES?

    #382384 Agradecimientos: 0
    Caracol79
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    marzo 2010


    Tiene que ver con la documentación que tenemos que aportar los técnicos PRL a obra, pero ya veo que tu de esto ni idea, gracias de todas formas.

    #382385 Agradecimientos: 0
    desmembrado
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    septiembre 2010


    Pues claro que tienes que comunicar la subcontratación al Fisco… pero ¿qué tiene que ver con los delegados de prevención y con la prevención en sí?

    #382386 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿Tiene que ver con la documentación que tenemos que aportar los técnicos PRL a obra?

    ¿es cosa de los tecnicos prl las comunicaciones diversas con la tesoreria de la seguridad social?

    A este paso, acabaremos haciendo las declaraciones de iva de la emrpesa.

    #382387 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    PD: ¿los delegados de prl no tienen que ver con la ley de prl pero las comunicaciones con al tesorrería de la seguridad social sí?

    #382388 Agradecimientos: 0
    Caracol79
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    marzo 2010


    Pues q suerte teneis xq yo tengo que gestionar la documentación a aportar en obra, además de ejercer de tecnico….y de ahí todas las dudas q os planteaba…entonces la comunicación a la Tesorería de la Seg. social en q consiste? hasta ahora sólo he comunicado la apertura del centro de trabajo…

    #382389 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

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    ¿Tú eres reacio a los sindicatos o lo es el empresario o lo sois los trabajadores? ¿tú eres el trabajador o eres el empresario? ¿cómo piensas hacer prevención: contando o sin contar con los trabajadores?

    Te recuerdo que vivimos en un Estado de Derecho (afortunadamente) y no en una república bananera o una dicta-yo-sé-lo-que-a-vosotros-os-conviene.

    #382390 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Disculpa si es que la respuesta no tiene mucho que ver con la pregunta.
    1º. Los delegados de prevención son elegidos entre los representantes sindicales.
    2º. En el caso de que seais más de 50 trabajadores teneis que constituir un Comité de Seguridad y Salud, y estará formado, de forma paritaria, por delegados de prevención y representantes de la empresa.
    3º. Otra cosa es que quieras o necesites nombrar un recurso preventivo o un trabajador designado a prevención en obra.
    Creo que debes visualizar el capítulo V, sobre todo el art. 35 y siguientes de la Ley 31/95, o en su defecto clarificar un poco más tu pregunta. Espero haberte ayudado. Un saludo,

    #382391 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Me gustaria hacer una aclaracion a la respuesta anterior, los Delegados de Prevencion no tienen que ser delegados Sindicales, tienen que ser representantes de personal que no tiene nada que ver.

    Los representantes de personal los eligen los trabajadores y de entre ellos se eligen a los Delegados de Prevencion, teniendo en cuenta los minimos que establece la Ley 3d1/1995 en su articulo 35, segun el numero de trabajadores.

    un saludo

    #382392 Agradecimientos: 0
    Ander
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    septiembre 2010


    Mira, lo de tener representación sindical es cosa de los trabajadores, nunca del empresario. Si los trabajadores no desean representación sindical, nadie se lo puede exigir al empresario.

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