Viendo 2 entradas - de la 16 a la 17 (de un total de 17)
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  • #112936 Agradecimientos: 0
    Imohad
    Participante
    0
    diciembre 2004


    Despues de leer todas las respuestas y parecerme logico lo del primer reconocimiento ahora lo que yo quiero saber es donde lo especifica, me explico despues de leerme y releerme el articulo 22 y la voluntariedad en los derechos de los trabajadores (memento practico 1067) llegamos a:
    -“la vigilancia de la salud es un derecho del trabajador por lo que, como principio general ha de contar con su consentimiento ” .

    Entonces en el caso de una oficina los administrativos se la deben hacer? lo pregunto porque hay empresarios que te piden el parrafo de la ley y aqui no se especifica nada.

    #112937 Agradecimientos: 0
    javikoki
    Participante
    0
    marzo 2004


    Lo del reconocimiento incial obligatorio se extrae del convenio general de construcción que en tu caso entiendo que no aplica.
    Buscalo en convenio o normativa especifica de tu actividad.
    Un saludo.

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