• Este debate tiene 4 respuestas, 5 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 15 años por rosanala.
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  • #59713 Agradecimientos: 0
    Tin69
    Participante
    0
    octubre 2008


    ¿Es necesario un reciclaje en formaciones especificas, por ejemplo, trabajos en altura, trabajos con riesgo eléctrico? Lo he buscado y no sé donde lo pone.
    Gracias.

    #334582 Agradecimientos: 0
    jorge 85
    Participante
    0
    septiembre 2005


    articulo 19.1 LPRL

    Artículo 19. Formación de los trabajadores.

    1. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.

    La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.

    un saludo

    #334583 Agradecimientos: 0
    tecziona
    Participante
    0
    junio 2009


    por lo que intuyo ya disponen de esa formación específica,(ya cumplen con la LPRL) y lo que quieres saber es si deben de realizar otra vez el mismo curso.
    La formación de los trabajadores debe ser continua y específica del puesto de trabajo, sabiendo que la formacion no caduca, pero que el trabajador sino desarrolla los contenidos aprendidos en esos cursos por haber pasado un tiempo, entiendo que seria aconsejable que realizaran estos cursos con riesgo tan específicos.
    Pero ojo repetir el mismo curso con los mismos contenidos una y otra vez, a los mismos trabajadores va a llevar a una desmotivacino que lo unico que van hacer es calentar la silla y me imagino que lo que se pretende es motivar la prevencion.
    como conclusion te aconsejo, que evalues las necesidades formativas REALES de los trabajadores, ADAPTES los contenidos a estas necesidades con lo que no repetiras los contenidos del curso e incluso puedes llegas a cambiar el nombre del curso como tal.

    #334584 Agradecimientos: 0
    JONIPS
    Participante
    0
    junio 2009


    Creo que no hay en ninguna ley que indique concretamente eto, pero segun el criterio de inspección de trabajo hay que realizar una formación perìodica para mantener formados a los trabajadores en la forma de trabajar seguros.

    #334585 Agradecimientos: 0
    rosanala
    Participante
    4
    junio 2009


    creo que con esta respuesta está mas que claro no?

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