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  • #3462 Agradecimientos: 0
    Firvi
    Participante
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    marzo 2005


    Menuda chapuza el formato que han colgado en la página de la Xunta de Galicia para que las empresas se inscriban en el REA.

    ¿estais firmando los técnicos de prevención de los SPA este modelo?

    Me han comentado que hay gente que los esta enviado pero con un listado de trabajadores personalizado a los que se les ha impartido la formación y no genérico.

    Muchas Gracias por vuestros comentarios al respecto.

    #94827 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
    0
    octubre 2003


    En cantabria no hay nada para registrarse aun, seremos los ultimos seguro…

    #94828 Agradecimientos: 0
    ORGO
    Participante
    0
    agosto 2004


    En vista de lo que están haciendo en cada Comunidad Autónoma, al final el REA no servirá para nada.

    Hay una nota en la página del Ministerio de Trabajo que dice no ser necesaria la relación nominal de los trabajadores formados.

    En fin, un sin sentido.

    #94829 Agradecimientos: 0
    carlos mar
    Participante
    0
    febrero 2006


    Vamos a ver.

    Tema 1: NO HACE FALTA ningún listado de trabajadores personalizado.

    Al tratarse de un certificado, solamente hacen falta las firmas de la empresa y de su organización preventiva (SPA, SPP, SPM, etc.) y enviar este MODELO de certificación genérico de la formación escaneado en PDF a la página de la Xunta.
    Por cierto, el modelo es el propuesto por la CNC.

    Tema 2: las empresas deberán llevar a sus SPA toda la formación que hayan recibido sus trabajadores, incluso los de otras entidades. Los técnicos de los SPA comprobarán que es ¿válida?, y sumada a la propia formación, la certificarán.
    ¿Quién? ¿El coordinador o responsable del área, o de la oficina? ¿El técnico?. NPI. Esto ya son asuntos internos.

    Un saludo.

    P.D. Mi opinión es que no es ninguna chapuza, sinó que NO PODÍAN HACERLO DE OTRA FORMA distinta de ésta tan simple.
    ¿El REA puede ser un coladero? Pues yo creo que sí.

    P.D. Ojito con el “Gran Ojo” de la Inspección de Trabajo, que estará vigilante como siempre, para recordarnos que SEGUIMOS TENIENDO las mismas obligaciones (innumerables) que antes.

    #94830 Agradecimientos: 0
    Firvi
    Participante
    0
    marzo 2005


    El problema yo creo que radica en la generalidad del texto del documento que acredita la formación ojala fuese un certificado nominal de los trabajadores a los que el SPA les dío formación.

    #94831 Agradecimientos: 0
    ORGO
    Participante
    0
    agosto 2004


    El certificado que exigen en cataluña requiere la relación nominal de los trabajadores, su DNI y su categoria profesional. Si se puede hacer en una comunidad, creo que también se puede hacer en otra.

    Lo que ya es el recolmo, es que recaiga en el Servicio de Prevención la comprobación de que la formación impartida por otros, es válida, y además la tenga que certificar.

    ¿ No sería más lógico que cada empresa entregase los certificados obtenidos por sus trabajadores y emitidos por las entidades que han impartido la formación ?
    Que sea la propia administración la que compruebe la veracidad de esos documentos porque no olvidemos que cuando la empresa comitente obtenga certificación de la inscripción de una empresa subcontratista, se entenderá que ha cumplido con su deber de vigilar el cumplimiento por dicha empresa de las obligaciones señaladas en el artículo 4 de la Ley Subcontratación.

    La empresa comitente queda exonerada DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y PARA LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN de la responsabilidad prevista en el artículo 7 de la Ley Subcontratación, por lo tanto esto DEBERIA SER MÁS SERIO.

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