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    Firvi
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    marzo 2005


    Segun este Real Decreto:las Actividades residenciales públicas:

    Establecimientos de uso residencial público: Aquellos en los que se desarrollan actividades de residencia o centros de día destinados a ancianos, discapacitados físicos o psíquicos, o aquellos en los que habitualmente existan ocupantes que no puedan realizar una evacuación por sus propios medios y que afecte a 100 o más personas.

    Como lo entendeis que sean 100 o mas DISCAPACITADOS o personas en total con o sin discapacidad?

    Muchas Gracias

    #365925 Agradecimientos: 0
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    febrero 2004

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