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  • #25806 Agradecimientos: 0
    K.P.
    Participante
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    noviembre 2003


    Me gustaría haber que información me podriais facilitar sobre los riesgos especificos y las medidas a adoptar en un transformador de alta tensión

    Gracias

    #210749 Agradecimientos: 0
    yule
    Participante
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    julio 2005


    El RD 614/2001 y su guia tienen un apatado especifico para transformadores que debe cumplirse además se debe especificar que trabajador puede realizar determinadas actividades ( reflejado en el R.D.)

    #210750 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Véase RD 614 /2001 riesgo eléctrico, Anexos II, III, y V, sobre trabajos en tensión, sin tensión y en proximidad, respectivamente.

    #210751 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Yo buscando otras cuestiones he topado con el R:D: 3275/1982 sobre condiciones técnicas y garantias de seguridad en centrales electricas, subestaciones y centros de transformación. Que encontraras en legislación del las página del INSHT.

    #210752 Agradecimientos: 0
    Ing. Hector
    Participante
    0
    diciembre 2003


    Hola

    Nadier mejor que quien le ha realizado el mantenimiento, el fabricante o la venta de dicho equipo para ponerlo en marcha y darte las medidas de seguridad como el procedimiento para entrarlo en servicio como para retirarlo del mismo.

    Saludos

    #210753 Agradecimientos: 0
    PASCUAL SALVADOR HERNÁNDEZ
    Participante
    9
    11
    abril 2002

    Iniciado

    Se supone que es obligado el mantenimiento por una empresa autorizada, por los que son ellos los que te van a decir las medidas a tomar. En mi empresa así lo hacen, ya que cada visita a un C.T de Alta tensión te hacen un informe con las medidas a corregir, si las hubiera.

    #210754 Agradecimientos: 0
    YT12
    Participante
    0
    noviembre 2004


    HOLA: INDEPENDIENTEMENTE DE EL MANUAL DE PUESTA EN MARCHA Y OPERACION QUE INCLUYE EL FABRICANTE O PROVEEDOR, DEBERAS HACERLE PRUEBAS ELECTRICAS AL TRANSFORMADOR ANTES DE ECHARLO A FUNCIONAR, ESTAS SON DE RESISTENCIA DE AISLAMIENTO, ENTRE ELEMENTOS DE PORCELANA, ACEITE O LIQUIDO AISLANTE, CARCAZA Y DEVANADOS. SI PASA CON VALORES ACEPTABLES ESAS PRUEBAS, HARAS LAS CONEXIONES QUE REQUIERA Y POSTERIORMENTE UNA INSPECCION VISUAL DE LAS MISMAS DE ACUERDO AL DIAGRAMA DE CONEXIONES, LUEGO LO ENERGIZARAS EN VACIO, ES DECIR, SIN APLICAR LA CARGA NOMINAL DEL CIRCUITO QUE ALIMENTE, SI PASA, ENTONCES HACES UNA INSPECCION DEL CIRCUITO QUE PRETENDES ALIMENTAR CON EL Y SI SATISFACE LOS REQUERIMIENTOS TECNICOS, PROCEDES A SU PUESTA EN OPERACION NORMAL, ES DECIR, ALIMENTANDO LA CARGA DEL CIRCUITO. ESTO ES A GRANDES RASGOS EL PROCEDIMIENTO, ESPERO TE SEA DE UTILIDAD. GRACIAS.

    #210755 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Simplemente, una puntualización sobre la normativa facilitada por Carloss, cuyo contenido va en la linea técnica o física de la instalación en CC.TT., Centrales ,…, y muy poco ( casi nada) tiene sobre las medidas a adoptar en trabajos concretos y consecuentemente sus riesgos, comparado con el RD 614 citado.

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