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  • #15215 Agradecimientos: 0
    carmen5
    Participante
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    enero 2007


    Hola a todos/as,
    necesitaria saber si es obligatorio el uso de casco de seguridad al manejar el puente-grua ya que no estoy segura si es obligatorio o recomendable.
    Muchas gracias

    #156856 Agradecimientos: 0
    Lsdl
    Participante
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    enero 2007


    El artículo 15 de la Ley 31/95 te especifica, que debes evitar el riesgo y si no evaluarlo. Si tienes riesgo de cargas suspendidas, una medida preventiva posible sería el casco de seguridad, te serviría para evitar golpes contra los objetos que se desplazaran, no si se te cae la carga entera si es de gran peso, por lo que yo lo consideraría como obligatorio para evitar los choques contra objetos móviles. No hace falta que una normativa te diga específicamente que tienes que usar el casco de seguridad con puentes grúa. De todos modos mírate la guía del RD 773 para que veas como se seleccionan los EPIS en función de los riesgos a los que estén expuestos los trabajadores.

    #156857 Agradecimientos: 0
    alexempresa
    Participante
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    junio 2006


    HOLA

    SI QUE ES OBLIGATORIO EL USO DE CASCO DE SEGURIDAD PARA OPERARIOS QUE MANEJEN PUENTES GRÚA. TAMBIÉN SERÍA OBLIGATORIO PARA LA PERSONA O PERSONAS QUE GUIASEN LA MANIOBRA SI FUESE NECESARIO
    SALUDOS

    #156858 Agradecimientos: 0
    colin
    Participante
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    septiembre 2006


    Todos debieran usar casco de seguridad. Si existe el minimo riesgo debe usar casco y asi evitarse problemas legales.

    #156859 Agradecimientos: 0
    roberto santamarina martinez
    Participante
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    febrero 2014


    Buenas compañera.

    siempre que exista riesgo de caída de objetos, hemos de llevar a cabo las medidas preventivas necesarias, para paliarlo en la medida de lo posible

    Una de las medidas que podemos realizar es proveer a los trabajadores de casco de seguridad, a todos aquellos que se encuentren en el área de influencia del puente grúa (como bien apuntaba mi anterior compañero)

    Un saludo

    #156860 Agradecimientos: 0
    A_Lopez
    Participante
    0
    abril 2004


    Usemos el sentido común. Si se pueden desprender pequeños trozos de las cargas suspendidas lógicamente deberías exigir a los trabajadores que puedan estar situados en la zona de posible caída, pero si la carga es una pieza metálica los cascos no sirven para nada o piensas que si la carga aplasta a un trabajador no vas a tener problemas legales porque llevaba el casco puesto. La medida preventiva debe ser que nadie debe situarse debajo de cargas supendidas.

    Saludos

    #156861 Agradecimientos: 0
    marabayu
    Participante
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    abril 2005


    Estoy de acuerdo con lopez, seria conveniente el uso del casco, y sobre todo que nadie este debajo de la carga del puente grua.

    Pero no es obligatorio el uso del casco. Me consta porque paso auditorias cada poco y tengo un monton de puentes grua y nunca me lo han pedido, ni he encontrado nada que me obligue a usarlo.

    #156862 Agradecimientos: 0
    Maikel
    Participante
    3
    0
    julio 2006

    Iniciado

    Eso deberás tenerlo identificado en la evaluación de riesgos,en lo que seguramente ente otros figurará, desplome de objetos pesados,y golpes por objetos móviles,en el primero el casco protegerá de poco, pero estará prohibído permanecer bajo cargas suspendidas,y en el segundo caso, el casco si puede proteger de golpes por objetos transportados, por lo que deberia ser obligatorio su uso.Saludos.

    #156863 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    No es obligatorio. Ningún EPI es obligatorio.

    Dependerá de la evaluación de riesgos que haya para ese puesto.

    p ej: imaginaos un puente grúa con cabina completamente cerrada como las de la una retro(que los hay, incluso con aire acondicionado). ¿creis necesario que el operador del puente grua lleve casco?

    #156864 Agradecimientos: 0
    capy 2006
    Participante
    0
    marzo 2006


    Siempre hay que exagerar la implementacion de un elemento de seguridad. Creo que no esta de mas proveer de un casco de seguridad al personal expuesto a un golpe.

    saludos

    #156865 Agradecimientos: 0
    sandra_am
    Participante
    0
    diciembre 2006


    SI seria obligatorio al haber peligro de desplome de cargas suspendidas,proyeccion de objetos,etc…

    #156866 Agradecimientos: 0
    seg-med
    Participante
    0
    junio 2006


    Depende del caso.

    Yo no lo considero obligatorio en mi caso particular.

    En mi caso, se trasladan moldes hacia las máquinas inyectoras.

    Obligo a llevar la carga siempre por el pasillo a una altura baja. Aprox. a 10 cm del suelo.
    Esto es así, porque la resistencia de las botas de punta reforzada es de 200 J; o sea, su límite nominal de resistencia es la caida de un molde de 200 kg, a 10 cm de altura.

    Por lo tanto, ¿qué sentido tiene en este caso obligar al uso de un EPI tan molesto como es un casco?

    Creo que no se debe sobreproteger.

    #156867 Agradecimientos: 0
    mefuenzalida
    Participante
    0
    enero 2005


    En Chile el uso de casco es obligatorio en todas las faenas en donde exista manejo de carga en altura o posibilidades de caida objetos o del propio trabajdor desde altura

    #156868 Agradecimientos: 0
    Alex HSI
    Participante
    0
    enero 2007


    Si, se debe usar el casco en todo trabajo que se realice en alturas.

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