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  • #67753 Agradecimientos: 0
    ANATORO
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    enero 2008


    Hola!
    Tenemos conocimiento de que como trabajadores nos quieren practicar unas pruebas toxicológicas, según la dirección respetando la voluntariedad (pero si no te sometes ya das opción a la duda), mi pregunta es si está regulado por legislación, imaginando que serán confidenciales (como los reconocimientos médicos) y si los miembros de una corporación municipal pueden negarse únicamente por no ser ni funcionarios ni personal laboral del ayuntamiento. Gracias

    #397583 Agradecimientos: 0
    pedprev
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    julio 2009

    Iniciado

    La vigilancia de la salud será obligatoria en el caso de que un trabajador pueda representar un daño para sí mismo o para terceros, pero siempre “previo informe de los representantes de los trabajadores”.
    Siempre serán confidenciales si lo realiza vuestro servicio de prevención de vigilancia de la salud, y únicamente indicará si sois aptos o no aptos para vuestro puesto de trabajo.
    Te podrás negar y no tienes que indicar motivo.

    #397584 Agradecimientos: 0
    cpg
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    julio 2003

    Iniciado

    Ana Mariía, las pruebas de tóxicos creo que sólo podrán hacerse si hay acuerdo con los representantes de los trabajadores, eso sería el primer punto.
    Si las llegan a hacer,serán voluntarias, podéis negaros, y tienes razón, puede sembrar dudas, aunque no podrán tomar represalias por negaros.
    Pedprev creo que te está hablando de la vigilancia de la salud, que no tiene que ver con pruebas de toxicos

    #397585 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    De qué pruebas toxicológicas y de que actividad y puestos de trabajo estamos hablando?

    #397586 Agradecimientos: 0
    pedprev
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    julio 2009

    Iniciado

    Claro que estoy hablando de Vigilancia de la Salud. ¿De que otros reconocimientos médicos podemos hablar en el entorno laboral?

    #397587 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    No iba por ti, Pedprev.
    Se lo preguntaba a Ana María, la consultante, porque dependiendo de la actividad, ciertas pruebas son obligatorias, p.ej. Asbestosis en trabajos relacionados con amianto, Silicosis relacionadas con sílice, etc.
    Por ahí van los tiros.

    En cambio pruebas relacionadas con alcoholemia o controles de drogas, sólo a requererimiento de agente de la autoridad.

    #397588 Agradecimientos: 0
    pedprev
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    julio 2009

    Iniciado

    Saludos Godello, respondía a Cpg porque menciona, y yo no se si se pueden, realizar reconocimientos médicos fuera de la legislación de prevención.

    #397589 Agradecimientos: 0
    cpg
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    julio 2003

    Iniciado

    Yo entiendo que Ana Maria se refiere a control de drogas, y si no me equivoco, las pruebas de drogas no forman parte de los RM ¿no?

    #397590 Agradecimientos: 0
    pedprev
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    julio 2009

    Iniciado

    #397591 Agradecimientos: 0
    javierdeharo
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    febrero 2003

    Iniciado

    Faltan detalles para poder contestar totalmente bien, pero el fundamental es en que tipo de trabajo desarrollais vuestra actividad. Si la medida de toxicos tiene relación con algún factor de riesgo presente y existe normativa que obliga, la medida es obligatoria; pero si no existe tal factor de riesgo, la medición será SIEMPRE VOLUNTARIA y habiendo EXPLICADO los motivos para poder dar el consentimiento y habiendo sido comunicado a los representantes de los trabajadores. Por los pocos datos que das, esto me suena a un “estudio epidemiológico” que os quieren “colar”

    #397592 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenos días:
    Como dice Godelio ¿qué os van a pedir? ¿en qué contexto? ¿dice algo el convenio de esto?
    Me es indiferente si son miembros de una corporación municipal, laborales, estatutarios o lo que sea.
    Un saludo

    Javier

    #397593 Agradecimientos: 0
    Aredhil
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    julio 2010


    Maestro

    Diga el convenio y los representantes de los trabajadores lo que digan, no se puede hacer una analítica de tóxicos dentro de la vigilancia de la salud sin un consentimiento expreso y escrito firmado por el trabajador. De hecho, el laboratorio no debería ni analizarlo sin dicho consentimiento.
    Otra cosa es la aptitud:
    1.- La empresa puede tener convenida con el comité que sean trabajadores no aptos si dan positivo y que dicha prueba sea obligatoria. En ese caso mal andamos, ya que la negativa podría acarrear el despido y la positividad también.
    2.- Puede ser una ocurrencia de la empresa sin haber contado con los representantes de los trabajadores, con lo cuál no pueden obligar a nadie a hacérselo y mi consejo sería que no se lo hiciera nadie, para evitar discriminaciones a las personas que lo rechazaran, ya que es una invasión de la intimidad.
    3.- Puede que sea algo concertado con los sindicatos pero no obligatorio con lo que yo volvería al punto 2, porque el hecho de que sólo se nieguen unos cuantos podría acarrear discriminación.

    Se ha llegado a comentar en el foro de un empresario que llamó a la guardia civil para que hiciera controles de alcoholemia en la puerta de la empresa a los conductores de camión (y hubo gente que dio positivo) pero eso lo pueden hacer. No es vigilancia de la salud sino seguridad vial y la GC está en la vía pública que es de su jurisdicción. También se ha llegado a comentar de empresas en las que se hacen controles sorpresa de alcoholemia de acuerdo con los sindicatos… si a todo el mundo le parece bien no seré yo quién diga lo contrario.

    En fin, todo es un mundo y depende de cada empresa.

    Un saludo.

    #397594 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    La sentencia del T.Constitucional STC 196/2004, que aporta Pedprev (1), tras el comentario de Cpg, viene a coincidir con lo que dice Aredhil

    (1)repito enlace

    Inter nós: Los magistrados podrían haber resumido todo el tocho de 11 páginas a la mitad o menos, para decir lo mismo, con todos los respetos, acatamientos, etc.

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    #397595 Agradecimientos: 0
    gummo
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    marzo 2008


    Para realizar este tipo de pruebas debe de haber un consentimiento expreso por parte del trabajador.

    #397596 Agradecimientos: 0
    javierdeharo
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    febrero 2003

    Iniciado

    Totalmente de acuerdo con Aredhil. Como ya dije en el comentario anterior si no hay legislación que obligue, el resto es voluntario y con consentimiento e informado ( de que, para que, como, cuando y por que)

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