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  • #43811 Agradecimientos: 0
    EMAR
    Participante
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    enero 2002


    Hola amigos.

    Necesito urgentemente una referencia legal que apoye la obligación de cerrar un recinto que actualmente está vallado, pero totalmente accesible al estar la puerta de la valla sin candado ni cerradura.

    Se trata de una zona de acceso restringido a los controles de unos compresores.

    Muchísimas gracias de antemano.

    #271934 Agradecimientos: 0
    Normaas2001
    Participante
    0
    febrero 2002


    Prueba con el Reglamento de Aparatos a Presión

    #271935 Agradecimientos: 0
    legal
    Participante
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    abril 2003


    Te sugiero normas sanitarias, normas de seguridad de elementos peligrosos, te sugiero sentico común. Es parte de la prevención de riesgo evitar tanto el peligro de accidentes a los trabajadores de tu empresa como a la población en general. terceros que ingresen a ese recinto podrian dañar la maquinaria (prevención de daños a elementos de trabajo) y provocar desastres al personal o a terceros. Solamente fundamentado en ello puedes disponer el cierre del lugar contando con los permisos de la autoridad de obras municipales o institución afin. Atte.

    #271936 Agradecimientos: 0
    sanigna
    Participante
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    agosto 2003


    no soy licenciado en derecho pero el RD1215,aunque es una ley muy generalista, es a la vez clara y contundente.

    Cap III artículo 14–. 1º protección eficaz

    2º garantizar seguridad y salud.

    Una valla que deja libre acceso a cualquier persona a las instalaciones que está protegiendo no cumple el RD1215.

    Con la puerta abierta la protección no es EFICAZ ni garantiza la SEGURIDAD.

    También puedes mirar el RD 486/97 disposiciones mínimas de seguridad en los lugares de trabajo.

    no cumple el cap II, art 3º ni el art.6

    poR último, como orientativo ,la norma EN 1088,:DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO ASOCIADOS A RESGUARDOS.

    #271937 Agradecimientos: 0
    mlopez721
    Participante
    0
    junio 2001


    No necesitas referencia legal.

    ¿Es necesario restringir el acceso sólamente a personal autorizado? Pues ya tienes una medida preventiva (cerrar con candado) a criterio del técnico.

    Un saludo.

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