Estimada compañera:
Los contenidos que deben estar en un protocolo de vigilancia de la salud son los que yo, como médico del trabajo, decido que deben estar. En los casos en los que hay un protocolo del ministerio de trabajo, se toma como orientativo.
Es como en el resto de los campos de la medicina, ¿que es eso de legalmente? ¿me dicen si tengo que hacer radiografías o no? si el técnico en psicosociología decide que los profesores tiene estrés laboral y que eso puede afectar a su corazón ¿me dirán que les haga un electrocardiograma, aunque no tengan otros factores de riesgo cardiacos, en contra de todos los criterios médicos actuales?
¿Quién es el médico aquí?
Un saludo
Javier