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  • #67811 Agradecimientos: 0
    carol200
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    septiembre 2008


    Buenos dias:

    En mi empresa han instalado unas plataformas de trabajo metalicas y fijas alrededor de unos equipos para facilitar la manipulacion de los mismos pero tienen una anchura de 50 cm y una altura de 66 cm.

    He leido el RD 486, y no encuentro que haga referencia a la anchura minima que deben de tener las plataformas de trabajo, creo que son 60 cm como minimo pero necesito hacer referencia a alguna normativa para apoyar este punto.

    #398008 Agradecimientos: 0
    PVPRL
    Participante
    0
    agosto 2011


    Explicate mejor porque estaba a punto de soltar una burrada y creo que me voy a equivocar.

    Iba a decir que como habian acoplado algo nuevo a los equipos, el CE de estos dejada de ser correcto y por ello tendrían que solicitar a un organimos la reevaluación y cumplimiento de la normativa.

    Pero ahora toy very very confuso. Será porque es domingo bueno ya lunes de madrugada y por la resaca.

    Si puedes explicalo mejor a ver si se te puede ayudar.

    #398009 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    El RD486/97 establece SIN DISCUSIÓN 1 metro como anchura para TODOS los pasillos, y por lo tanto también para las plataformas. No establece medidas específicas para plataformas de trabajo. Lo que ocurre es que si un pasillo no puede medir menos de 1 metro, una plataforma obviamente tampoco.

    Sin embargo, la normativa EN-UNE armonizada que se utiliza para el diseño de máquinas para comercializar en la UE (Declaración CE de Conformidad), establece una anchura mínima de 60cm.
    Si las plataformas de trabajo las consideras como parte integrante de las máquinas, podrías acogerte a esta medida, que no cumples con tus 50 cm.

    Si las plataformas de trabajo a las que te refieres son del estilo de las utilizadas en la industria aeronáutica, es decir, plataformas con escalera de acceso, todo ello con ruedas u otro sistemas de traslación, quizás podrías considerarlas como escaleras de servicio, en cuyo caso, deberías respetar al menos 55cm de escalera.

    En conclusión, antes de hacer nada, debe repasarse la normativa y aplicarla. Lo peor que puedes hacer es aplicarla mal y equivocarte; pero al menos te equivocas con un cierto criterio.
    De lo contrario, las cosas se dejan a criterio de quien diseñe, que puede ser mejor o peor; pero que nada más que es el suyo. GRAN ERROR.

    #398010 Agradecimientos: 0
    Pierote
    Participante
    10
    0
    junio 2007

    Iniciado

    Carol200,

    aquí está la respuesta sobre las normas:

    de acuerdo con De Locos;

    pero no se si las normas españolas agregan que hay que poner una baranda, pues una caída de 66 cm puede ser grave,

    ahora mi reflexión que siempre hago:

    si soy un buen prevencionista lo que debo hacer es, por todos los medios, prevención, luego si mis conocinentos, inteligencia e imaginación me señalan la prpbailidad de un accidentes, esto es, que existe riesgo, yo debo actuar de manera de eliminar o mitigar el riesgo;

    si la norma es incpompleta, yo la debo completar, si la norma no existe, yo la debo crear, pero debo tener conocimientos de base para demostrar al patrón que tengo la razón al exigir medios y modos para evitar el daño,

    finalm,ente, en mi país un pasillo por el qvitar o mitiaquí la completación del asunto,

    #398011 Agradecimientos: 0
    Pierote
    Participante
    10
    0
    junio 2007

    Iniciado

    Carol200,

    aquí está la respuesta sobre las normas:

    de acuerdo con De Locos;

    pero no se si las normas españolas agregan que hay que poner una baranda, pues una caída de 66 cm puede ser grave,

    ahora mi reflexión que siempre hago:

    si soy un buen prevencionista lo que debo hacer es, por todos los medios, prevención, luego si mis conocinentos, inteligencia e imaginación me señalan la prpbailidad de un accidentes, esto es, que existe riesgo, yo debo actuar de manera de eliminar o mitigar el riesgo;

    si la norma es incpompleta, yo la debo completar, si la norma no existe, yo la debo crear, pero debo tener conocimientos de base para demostrar al patrón que tengo la razón al exigir medios y modos para evitar el daño,

    finalmente, en mi país un pasillo por el que circulan personas debe tener a lo menos 120 cm de ancho de manera que dos personas pueden circular simultáneamente por él en sentido contrario sin problemas, pero si es de más de 20 cm de alto la tarima, ella debe tener baranda para evitar caídas que pueden ser muy graves, si la altura es de 66 cm,

    lo dicho antes para mi es una perogrullada, pues cualquier buen prevencionista lo sabe y actúa en consecuencia,

    saludos,

    Pierote

    #398012 Agradecimientos: 0
    carol200
    Participante
    0
    septiembre 2008


    No es una plataforma que forme parte del equipo, es una plataforma que se ha colocado alrededor del equipo para facilita su manipulacion.

    #398013 Agradecimientos: 0
    nocorras
    Participante
    14
    1
    enero 2008

    Iniciado

    La UNE 14122-2:2001, dice que a menos que se den circunstacias excepcionales, la anchura mínima debe ser de 600mm y preferiblemente de 800mm. Si se usa frecuentemente para que pasen varias personas, deberá tener al menos 1m.
    Cuando los resultados de la Evaluación de Riesgos y las restricciones de las máquinas lo justifiquen (sólo se utiliza esporádicamente y durante distancias cortas), esta anchura se puede reducir hasta los 500mm

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