La aprobación del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSS) por el Coordinador de Seguridad y Salud (CSSE) o la D.F. en su caso, se puede hacer mediante una simple diligencia en el propio doc. o bien mediante un ACTA de aprobación, pero no es obligatorio que sea visado por el colegio oficial del CSSE. Lo que sí es obligatorio es solicitar el Libro de Incidencias en el Colegio profesional del CSSE, y es en este caso cuando el Colegio le pide el PSS y su ACTA de aprobación correspondiente, como es lógico, pues debe el CSSE demostrar que existe el PSS y que lo ha aprobado; todo ello según lo dispuesto en el art.7 y 13 del R.D. 1627/1997.LUEGO PARECE LÓGICO LO QUE TE PIDE EL CSSE.