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  • #23744 Agradecimientos: 0
    beasanz
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    febrero 2005


    hola, me gustaría saber que implica exactamente hacer y firmar un plan de seguridad y salud siendo técnico superior de prevención de riesgos y arquitecto técnico. supongo que me obliga a llevar la coordinación de la obra..y que responsabilidades tengo? muchas gracias

    #202732 Agradecimientos: 0
    Pey
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    enero 2005


    No te conlleva llevar la coordinación, eres resposable junto con el jefe de obra de la seguridad de la citada obra, presta atención cuando lo redactes porque en ello queda descrito las medidas preventivas y metodo de trabajo a seguir en la obra, deviendo ajustarse a la realidad. La figura de coordinador es ajena a la contrata principal.

    #202733 Agradecimientos: 0
    cherokyron
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    noviembre 2005


    Redactar el Plan no tiene nada que ver con llevar la Coordinación de Seguridad. Vamos, que una cosa no implica la otra, ni mucho menos.
    Con los datos que aportas es difícil dar una respuesta rigurosa acerca de tu posible responsabilidad.
    Lo primero que hay que saber es quién te ha contratado y para qué, y, luego, qué funciones vas a desarrollar durante las obras, si es que vas a intervenir en esa fase.
    Si solo haces el Plan y no vuelves a tener contacto con la empresa ni con la obra, tu responsabilidad sería escasa, salvo errores u omisiones graves en el Plan.
    Si resulta que luego vas a encargarte de seguir la implantación del Plan en obra, la cosa cambia y se te podría imputar responsabilidad en caso de que no se cumplieran las prescipciones del Plan, dando lugar a riesgos graves o a algún accidente. Tu responsabilidad civil quedaría cubierta (hasta el límite contratado en la póliza) por el seguro, pero la responsabilidad penal es propia e intransferible.

    #202734 Agradecimientos: 0
    Footloose
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    septiembre 2001


    La responsabilidad de redactar el PSS es del contratista, y este es quien asume la responsabilidad, no el técnico de sys. No debes de firmar ningun PSS a no ser que tu jefe (el contratista) te lo exija y te pague para ello, pués asumes mucha responsabilidad firmando el PSS, el cual deberia de bastar estando timbrado con el sello de la empresa. Como mucho, seria el jefe de obra quien lo deberia de firmar, pues es el quien tiene la responsabilidad de ponerlo en práctica en la obra. Tenemos experiencia del procesamiento de un técnico en un accidente por la firma de un PSS.

    #202735 Agradecimientos: 0
    zingara
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    noviembre 2005


    hola
    realizar un plan de seguridad se hace ubicanbo todos los riesgos que se encuentran en la obra y cuales son los mas urgentes de eliminar
    debes de considerar acciones y condiciones subestándares, esto te lleva a hacer un chequeo y darselo a conocer a quien debes reportar y tu firma te responsabiliza de tu trabajo

    #202736 Agradecimientos: 0
    ÁNCORA
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    octubre 2005


    Empecemos por que desde luego el haber redactado un plan de seguridad y salud nunca puede obligar a ejercer la función de coordinador de seguridad y salud de la obra, porque son funciones incompatibles: el coordinador de seguridad y salud de la obra en fase de ejecución es el que tiene la obligación de aprobar un plan a cuya redacción se obliga al contratista y, por tanto, es completamente incompatible con que haya sido redactado por él.
    En principio, entiendo que a lo único que obliga hacer y firmar un plan de seguridad y salud es a que éste se redacte con el alcance y contenido establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales, y adecuado a los riesgos específicos para la seguridad y la salud de los trabajadores de la obra y a las características particulares de las actividades o los procedimientos desarrollados o del entorno de los puestos de trabajo. Como además la legislación hace responsable de esto al contratista, entiendo que, de haber algún problema con la redacción del plan se iría contra el contratista y luego éste iría, en su caso, contra la persona a quien haya encargado redactar el plan.

    #202737 Agradecimientos: 0
    cherokyron
    Participante
    0
    noviembre 2005


    Yo no se qué pasará en otros lados, pero por aquí tanto la Inspección como los CSS exigen que el Plan vaya firmado, y por un técnico superior, además.

    #202738 Agradecimientos: 0
    el gaucho
    Participante
    0
    mayo 2002


    Hacer y firmar un plan de Prevencion Laboral en caso de un accidente seras responsable penal junto
    con el Empresario. El Perito es un accesor del
    Empresario pues de acuerdo a la Ley PRL 31/1995 y sus anexo 54/2003 confirma que el Empresario es responsable de hacer funcionar el Plan de Prevision Laboral y no determina la funcion del Perito ante la Ley. Si el Perito firma el Plan el Empresario desviara la Responsabilidad en caso de una Apelacion Judicial.En mi Pais los Peritos tenemos un seguro Profecional en caso de que nos Enjuicien, por un accidente o una Iresponsabilidad en el Plan asentado en un Decreto
    de la Responsabilidad Penal del Perito un colega fue acusado de Responsabilidad Penal por la muerte de una persona…

    #202739 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
    Participante
    1
    0
    agosto 2005

    Iniciado

    El PSS lo puede redactar cualquier persona, pero el que se hace responsable es el contratista que manda elaborarlo, ya que tiene que ir firmado y sellado por el.
    Otra cosa es el CSS, que aprobará ese plan o no, y que por supuesto no tiene o no debe tener nada que ver con el contratista, ya que es una persona designada por el promotor, (para controlar que los contratistas hagan las cosas bien).
    Para más aclaración echale un vistazo al RD 1627/1997 y al desarrollo de su guía técnica, que te aclarará un poco más la cosa.

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