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    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Hola. Trabajo en una entidad que forma parte de una universidad pero que es privada. Somos más de seis trabajadores. Ahora me estoy encargando de ver como va el tema de Gestión de Prevención de riesgos. Me he leido la legislación relacionado con ello y estoy viendo si debieramos realizar un Plan de Prevención y una Auditoría. No sé hasta qué punto es obligatoria. La ley me da a entender que sí es obligatoria, pero algunas respuestas a las preguntas del foro me dan a entender lo contrario. Es un caos! Lo mismo me ocurre respecto a la obligación de que una entidad autorizada realice una auditoría. ¿Me podría ayudar alguien? Lo agradecería mucho.

    #271188 Agradecimientos: 0
    AUDITOR
    Participante
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    julio 2001


    Si eres el trabajador designado o formais parte de algún servicio de prevención mancomunado, la respuesta es afirmativa a las dos cuestiones: Debes tener un Plan de Prevención y realizar la auditoría del sistema de prevención por parte de una entidad externa autorizada.

    Si teneis un Servicio de Prevención ajeno para las cuatro especialidades, entonces solo es obligatorio el Plan, … y recomendable la auditoría.

    #271189 Agradecimientos: 0
    fabiohache
    Participante
    0
    abril 2003


    No mires las auditorías como un elemento de obligación con el que “alguien” (externo o interno) debe cumplir; míralas com una herramienta que te permite identificar riesgos y tomar acciones de control, caso en el cual mas que obligatorias se hacen necesarias. Una buena auditoría es la base para la toma de muchas decisiones ¿Quien la hace??? el interesado en que esas decisiones se tomen deb dar el primer paso. Saludos

    #271190 Agradecimientos: 0
    james
    Participante
    0
    febrero 2002


    Las auditorias son obligatorias para todas las empresas que no tengan concertada toda la prevención con un SPA, ya que entonces la auditoria la pasa el SPA, en la practica todas las empresas tendran que auditarse, puesto que no todas tendrán todo concertado con el servicio de prevención, siendo este además el unico sistema valido para conocer el grado de eficacia de la gestión (es decir: estrictamente si se cumple la legislación en materia de PRL) o si ya se sabe que se cumple eficazmente, para conocer el grado de eficiencia (es decir: el grado de calidad con que se hace la PRL), o sea que ya sabes todas las empresas tienen la obligación, en catalunya, cuando un inspector de trabajo va a una empresa además de pedir la evaluación de riesgos, ya pide la auditoria.

    #271191 Agradecimientos: 0
    elur
    Participante
    0
    febrero 2003


    Todo debe tener un plan de prevención, legalmente solo debemos tenerlo cuando hay más de 6 trabajadores, pero la lógica dice que siempre debe haber un plan de prevención. Por otro lado si eres una entidad acreditada para ejercer como SPA, ó llevais vosotros mismos la gestión preventiva en vuestra empresa SÏ debeis de pasar auditorias, y además deben de ser anuales.Pero eso está muy clarito en el reglamento de los servicios de prevención R.D. 39/1997, y por supuesto en la ley. Es recomendable leer más cosas que no solo la ley.

    #271192 Agradecimientos: 0
    abcdfgh
    Participante
    0
    agosto 2003


    Si tu empresa lo requiere deberias hacerlo por que es parte de la empresa realizar un plan contra riesgos y asi minimizar los casos de accidentes, y evitar enfermedades profecionales a futuro de tus empleados.

    #271193 Agradecimientos: 0
    prenvi
    Participante
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    noviembre 2002


    Toda empresa que no tenga un servicio de prevención ajeno debe pasar una auditoría (cada cinco años. Creo que lo iban a rebajar), o sea, en caso del propio empresario, trabajador desginado o servicio de prevención propio.

    Existen entidades auditoras para ello.

    Te aconsejo que tengas siempre muy cerca la Ley de Prevención y el R.D. 39/1997 sobre los Serviicos de Prevención. Es básico.

    Salu2

    Javi

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