Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
  • Autor
    Entradas
  • #4638 Agradecimientos: 0
    mmft1980
    Participante
    0
    agosto 2006


    Hola!!!

    En un centro de trabajo, donde hay varias empresas, puedo hacer un plan de emergencia unificado? o he de hacer un plan de emergencia para cada empresa, designando para cada empresa: Jefe de Emergencia,equipo de primera intervención, equipo de primeros auxilios?
    Por qué en el caso de que una de las empresas sean tan solo 2 personas, como designo yo al jefe de emergencia, equipo de primeros auxilios…

    Un saluod

    #101362 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Si se puede, como medio de coordinación entre empresas:

    REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. BOE núm. 27, de 31 de enero de 2004.

    CAPÍTULO V
    Medios de coordinación

    Artículo 11. Relación no exhaustiva de medios de coordinación.

    Sin perjuicio de cualesquiera otros que puedan establecer las empresas concurrentes en el centro de trabajo, de los que puedan establecerse mediante la negociación colectiva y de los establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales para determinados sectores y actividades, se consideran medios de coordinación cualesquiera de los siguientes:

    e. El establecimiento conjunto de medidas específicas de prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes o de procedimientos o protocolos de actuación.

    En cualquier caso, es el empresario titular del centro de trabajo quien debe tomar la “iniciativa”:

    CAPÍTULO III
    Concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo del que un empresario es titular

    Artículo 7. Información del empresario titular.

    1. El empresario titular deberá informar a los otros empresarios concurrentes sobre los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las medidas referidas a la prevención de tales riesgos y las medidas de emergencia que se deben aplicar.

    Artículo 8. Instrucciones del empresario titular.

    1. Recibida la información a que se refiere el artículo 4.2, el empresario titular del centro de trabajo, cuando sus trabajadores desarrollen actividades en él, dará al resto de empresarios concurrentes instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes y sobre las medidas que deben aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia

    #101363 Agradecimientos: 0
    akguirao
    Participante
    2
    marzo 2006


    Yo sigo en mis trece. Además de lo que diga la ley está el sentido común.
    La lógica parece decir

    #101364 Agradecimientos: 0
    akguirao
    Participante
    2
    marzo 2006


    Yo sigo en mis trece. Además de lo que diga la ley está el sentido común.
    La lógica parece decir que sí. ¿o no?
    Pues eso.
    El mayor problema que vas a tener es que precisamente no están obligados de manera formal. Así que… hazles ver que desde el punto de vista económico y organizativo les va a ser más rentable.
    En cuanto a designar jefes de emeergencia,… Seamos razonables. Si tienes dos tipos… pues nada:
    – Caso A. Se puede atacar la emergencia. Aviso. Intervención. Finalización.
    – Caso B. No se puede atacar la emergencia, o no se ha podido finalizar con exito la intervención. Evacuación. Aviso. Verificación de la zona. y PIERNAS.
    ¿Qué equipo ni que niño muerto? Define como se comunica la emergencia a las otras empresas (por telefono, a voz en grito,… y a quien hay que llamar (Bomberos, 112,…). Y punto.

    #101365 Agradecimientos: 0
    sadiji
    Participante
    0
    abril 2008


    las empresas tienen el mismo riesgo o son difentes , te sugiero que sean diferentes planes de emergencia para cada uno y lo que puedes hacer es un plan de ayuda mutua.

    #101366 Agradecimientos: 0
    tenderi
    Participante
    0
    abril 2008


    es recomendable hacer un solo plan bien definido como matrix unica y despues hacer una desagrasacion por empreesa

    #101367 Agradecimientos: 0
    Vguerra
    Participante
    0
    junio 2004


    Si tu perteneces a la Empresa principal, debes de efectuar un plan de emergencia general – te sugiero lo realices en conjunto con las Empresas contratistas- y luego exigirle a ellas que realicen su propio plan, obviamente coordinado con el general; por cada empresa contratista debe de haber un responsable y a su vez por la empresa principal igual, atendiendo al grado de la emergencia seràn los que actuaràn.

    #101368 Agradecimientos: 0
    xexo
    Participante
    0
    abril 2008


    bueno ya que setrata de un solo lugar de tarabajo donde funcionana varias empresas mi recomendacion es de realizar un solo plan de emergencia teniendo bien en claro las condisiones; materiales estructuras que en caso de emergencia complicarian los diferentes lugares ers un solo lugar osea un area co condisiones similares por ese caso creo que deveria ser uno solo y ya que en algunas empresas son muy pocos trabajadores se vijara los cargos en general

Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
  • El debate ‘ plan de emergencia’ está cerrado y no admite más respuestas.