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  • #16436 Agradecimientos: 0
    merincio
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    febrero 2003


    Un puesto de trabajo consiste en trabajo de oficina toda la jornada (nnivel de ruido medio 75dBA)y una ronda diaria por unas instalaciones para lectura de unos contadores. Esta ronda dura un minuto. El nivel de ruido en la ronda es de 118 dBA. Haciendo cálculos el nivel diario equivalente del puesto de trabajo es de 91,29dBA.
    El trabajador usa protección auditiva adecuada en la ronda, qu ele proporciona una atenuación suficiente, con lo que su nivel recibido está por debajo de los 87 dBA.
    Las instalaciones mencionadas forman parte de un motor de una instalación de cogeneración de última generación, con lo que la implantación de medidas técnicas de reducción de ruido son inviables.
    Resulta que al situarse el nivel diario equivalente por encima de 85dBA el Inspector de Trabajo exige el establecimeinto de medidas técnicas y/u organizativas de acuerdo al r.d.286/2006.
    El caso es que el señor no entiende nada de decibelios, y como no se justifica ninguna medida técnica pone denuncia y además los Delegados de Prevención denuncian para reclamar pago de plus por penosidad.
    Señores, ¿es penoso tener que llevar un equipo de protección auditivo un minuto al día?

    #162901 Agradecimientos: 0
    Eva9
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    mayo 2001


    Creo que los pluses por penosidad ya no se dan, salvo algún caso particular en que se recoge todavía en convenio.
    De todas maneras a mí lo que me parece excesivo es la exposición continua a 75 dB de forma continuada en trabajo de oficina. Creo que es aquí donde deberías tratar de encontrar algún tipo de solución, y supongo que aquí si que es técnicamente posible.

    #162902 Agradecimientos: 0
    merincio
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    febrero 2003


    Veo que no tienes ni idea de decibelios.

    Aunque lograse bajar a 0 decibelios en la oficina el nivel diario equivalente sería de 91,19dBA, sólamente habría descendido ¡una décima!

    Además, los 75 decibelios de la oficina no le van a perjudicar para perder audición.

    #162903 Agradecimientos: 0
    vacamo
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    1
    0
    abril 2004

    Iniciado

    Busaca las sentencias que dicen que es penoso; lo mismo te haces una idea de lo que entienden por penoso; llevar un epi un minuto al dia creo que no, pero tal vez se este buscando el plus de penosidad para otros puestos, por lo que dices de la denuncia por parte de la representaciuon social; Solamente les daran el plus de penosos si la empresa no tiene manera alguna de reducir ese riesgo; Y bueno lo mismo de decibelios no se tanto como tu, pero de denuncias por pluses de toxico, penoso y peligroso creo bajo mi humilde entender que se bastante. Bueno tu creo que tienes claro que no se puede bajar el nivel de decibelios y que llevar un epi tan poco tiempo no es penoso, pues para que te preocupas? Puedes darle la alternativa al trabajdor de que se le van a hacer unos tapones auditivos a medida de su oido (los que hacen con silicona tomando como molde el conducto auditivo de la persona) y asi se elimina la penosidad del todo y ya esta…

    #162904 Agradecimientos: 0
    Eva9
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    mayo 2001


    ¡Glup! lo siento, después de ver tu perfil y lo absurdo de tu pregunta sobre la penosidad de llevar un epi durante un minuto al día, pensé que eras un “pringaillo”. Lo siento, no volverá a ocurrir.
    De todas formas, en mi ineptitud sigo pensando que tienes un problema con un trabajador expuesto durante 7 horas y 59 minutos al día a 75 dB en tareas de oficina, aunque no vaya a quedarse sordo por eso.

    #162905 Agradecimientos: 0
    ZEUS
    Participante
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    agosto 2002


    1º Tenemos siempre en mente que una evaluación de exposicion a ruido se limita a obtener un nivel, dar una valoracion conforme a la norma y a correr. Esto no es así, porque luego llega el inspector o una enfermedad profesional, y no tenemos “justificada” en la misma por el Higienista que medidas se deben aplicar para evitar o reducir el nivel de ruido (art.4.1. 286/2006). Una vez definidas estas medidas prevíamente (siempre que sean tecnicamente posibles, que no es lo mismo que inviable economicamente), se justifica documentalmente que el trabajador debe utilizar además protección auditiva, como marca el art.7.3 del R.D.286/97.

    2º El inspector sanciona porque no tienes documentado un programa tecnico y/u organizativo dentro de la planificacion de la prevencion de la empresa como consecuencia de la evaluacion de riesgos efectuada, que realmente no implica que hagamos lo que tecnicamente no es posible, sino que integremos aquellas medidas del art.4.1 del R.D.286/2006 que nos permitan evitar o reducir la exposicion a ruido (algunas de ellas si que se pueden aplicar a tu empresa y tienes que documentar como programa tecnico y/u organizativo):
    1.otros “métodos de trabajo” que reduzcan la necesidad de exponerse al ruido; (Se ha pensado en colocar una camara para ver la lectura del contador o un dispositivo electronico que mande la informacion a un puesto de control insonorizado, en lugar de que el trabajador acceda a ese lugar de trabajo, ¿tecnicamente es posible?)
    2.la elección de equipos de trabajo adecuados que generen el menor nivel posible de ruido, habida cuenta del trabajo al que están destinados, incluida la posibilidad de proporcionar a los trabajadores equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en la normativa sobre comercialización de dichos equipos cuyo objetivo o resultado sea limitar la exposición al ruido;
    3. “la concepción y disposición de los lugares y puestos de trabajo” (pasillos de acceso al lugar donde esta el contador insonorizados o con apantallamientos frente a ruido existente);
    4. “la información y formación adecuadas para enseñar a los trabajadores a utilizar correctamente el equipo de trabajo con vistas a reducir al mínimo su exposición al ruido” (Esta medida seguro que la habran llevando a cabo ¿no?);
    5. “la reducción técnica del ruido:
    a.reducción del ruido aéreo, por ejemplo, por medio de pantallas, cerramientos, recubrimientos con material acústicamente absorbente”;
    b.reducción del ruido transmitido por cuerpos sólidos, por ejemplo mediante amortiguamiento o aislamiento;
    6.”programas apropiados de mantenimiento de los equipos de trabajo, del lugar de trabajo y de los puestos de trabajo” (Algo habra de mantenimiento en una instalación como la que describes, ¿no?);
    7.la reducción del ruido mediante la organización del trabajo:
    a.limitación de la duración e intensidad de la exposición;
    b.ordenación adecuada del tiempo de trabajo.

    Seguro que alguna de las medidas anteriores se puede integrar y podras justificar documentalmente el programa, que como ves es mucho más amplio que realizar una modificación de un equipo de trabajo.

    3º El EPI siempre es el ultimo recurso, cuando nada de lo anterior es posible o se esta en proceso de adaptacion, no nos aficionemos a colocarlo siempre como primera opcion, de esa manera no hacemos PREVENCION.

    #162906 Agradecimientos: 0
    merincio
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    0
    febrero 2003


    Compañero ¿tú has visto alguna turbina de cogeneración de última generación?. Dime cómo se pueden aplicar esas mediads que tu has copiado muy bien del real decreto. Westinghouse no lo sabe. Lo únioc posible es invertir ¡¡5 millones de euros!! para evitar que un trbajador tenga que llevar un minuto al día un EPI. No tienes ni idea.

    #162907 Agradecimientos: 0
    Preventín1
    Participante
    0
    febrero 2005


    Tampoco hace falta que faltes al respeto a tus compañeros!!! Recuerda que ellos intentan ayudarte…. si no te dan la solución que buscas no hace falta que viertas tu ira contra ellos.

    La verdad es que no lo entiendo……….

    #162908 Agradecimientos: 0
    ZEUS
    Participante
    0
    agosto 2002


    1º Veo que no lees mi contestacion, o tal vez, no la comprendes (?),…, en ningun momento digo que tengas que hacerlo todo. Simplemente te indico que el programa puede incluir algunas de esas medidas (es más te traslado algunas ideas para que las valores, porque lo importante es tener amplitud de miras) y cada empresa tendra que valorar cuales de ella se pueden aplicar debidamente justificadas ,.., y es su obligación por ley y por GARANTIZAR la seguridad y salud del trabajador. Lo de que son copiadas, es evidente, como puedo hablar del programa de control técnico y/u organizativo y no hacer referencias a las mismas para indicarte que algunas si las puedes incluir en el programa de tu empresa.
    2º El no tener ni idea por no haber visto una turbina de cogeneración,…, si tu lo dices, yo de lo que se es de PREVENCION, sea cual sea la instalacion donde se produzca la situación de riesgo, y veo que a tí te preocupa poco la salud del trabajador,…, hasta el punto de no buscar alternativas amparado en que ello supone … 5 millones de euros (¿realmente has valorado todas las soluciones que existen en el mercado para reducir el nivel de ruido en dicha ronda?¿Que soluciones habeís valorado para que cueste 5 millones de euros?),…., ya será menos,…., y si es así técnicamente es posible, haberlo pensado bien antes de colocar el contador en dicha zona ¿cuanto vale la salud de los trabajadores señores?. Siempre hay que buscar soluciones y no quedarse en lo más sencillo,…., ponte en el lugar del trabajador. Ponte en contacto con empresas especializadas, comparte impresiones e ideas,…, y tras haber hecho todo lo posible, entonces ya has justificado de sobra al inspector que un programa técnico es inviable y te quedas en las medidas organizativas y con el EPI (que por cierto depende siempre de la correcta utilización del trabajador, por lo que no garantizas al 100% su salud).
    3º Si saben tanto en la empresa que comentas, porque no han previsto en el diseño de la instalación la lectura de ese contador sin poner en peligro la salud del trabajador,conociendo los altos niveles de ruido que genera dicha turbina,,…, con tanta tecnologia disponible, dejar un contador en una situación de peligro, con tanto sistemas electronicos disponibles en el mercado,…,tal vez saben mucho de lo suyo, pero tambien deben hacer prevención.
    4º El ruido no solo puede generar perdida auditiva, hay muchos efectos sobre la salud, y tener 75dbA en una oficina es una situación muy lamentable, diria yo bastante penosa,…, tendrías que pasar un dia entero con los trabajadores de dicho puesto haciendo trabajos de oficina,…, ¿Y tu eres un PREVENCIONISTA?

    #162909 Agradecimientos: 0
    GONZA71
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    1
    0
    octubre 2001

    Iniciado

    Sinceramente, creo que tanto eva como zeus te han dado dos buenas respuestas. A las mismas solo les respondes, con malos modos, que no tienen ni idea de lo que estan hablando.

    Si tu lo sabes todo, ¿para que coño abres la pregunta?, a lo mejor solo esperabas que te doraran la tostada y te dijeran cuanta razon tienes…

    #162910 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hola. ¿quién puede garantizar que esos 75 dB durante toda la jornada -menos un minuto- no son perjudiciales?

    Una cosa es que un RD hable de niveles de acción, de exposición, etc….y otra es la sensibilidad del trabajador, que es tan variable que no tenemos certezas absolutas.

    Yo miraría alternativas para mejorar el aislamiento en la oficina, con alguna medida sobre el medio de transmisión, por ejemplo, material aislante en paredes y techo.

    Por otro lado, creo que la manera de contestar a los compañeros no da pie a que la gente participe en el post…no es la más apropiada

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #162911 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    buf, una turbina de ¡¡ULTIMA GENERACION!! ¡¡CUIDADO!!

    Pues de tan ultima generación no debe ser, puesto que emite esos niveles sonoros y quien la diseña no es capaz de reducirlos a niveles aceptables.

    ¿Donde quedó eso de la integración de la seguridad en el proyecto?

    En vez de avanzar, vamos para atras.

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