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ORGO.
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Hola amigos,
Mi duda es la siguiente. Nosotros como contrata principal de una obra de construcción pedimos el REA personalmente a cada subcontrata que entra en obra, dandonos ellos su número de registro en el REA y comprobando nosotros mismos en la página de su comunidad autónoma que al introducir ese número en la página salen los datos de esta empresa.
Mi pregunta es si se puede pedir directamente, nosotros como empresa, a la comunidad autónoma de donde sea esa subcontrata si está inscrita o no en el REA. Es decir, que en vez de ser la propia empresa la que te facilite el número de registro si se puede pedir por ejemplo a la comunidad de madrid si una empresa está o no inscrita.
Espero que me hayais entendido y muchas gracias de antemano.
Hay una web en la que metes el cif de la empresa y te dice si esta o no registrada.
Yo entiendo que si la propia empresa te facilita el nº de REA y tu lo compruebas a través de la página Web tu ya estás recibiendo confirmación de dicha inscripción.
Ahora bien, no se si el proceso inverso es posible. En teoría al ser el REA un regostro público se debería poder.Incluso es preferible.
Sólo te exonera de responsabilidad si el certificado de inscripción lo emite la propia administración.
Estoy con Orgo, una cosa es que tu a través de la página que ya te han dado puedas consultar con el CIF de la empresa si está registrada o no, y otra cosa es que tu cumplas con tu obligación de certificar que a quién contratas está inscrito, y eso solo se hace a través del certificado de inscripción acompañado de la firma digital, esto te lo ha de aportar la empresa a la que contratas.
Para cumplir con lo establecido en la legislación vigente hay que solicitar un certificado a nombre de tu empresa, no vale con comprobarlo, cada comunidad tiene su propio registro dónde solicitarlo (para lo que se necesita tener firma digital)que diga que la empresa X que subcontratas esta inscrita en el REa, todo esto un mes antes de la entrada de la mencionada subcontrata en la obra. mientras te lo mandan o no tu puedes comprobar que esta inscrita o no y actuar en consecuencia.
espero haberte ayudado.muxas gracias a todos. Me habeis servido de gran ayuda.
un saludo
de qué libra el pedir el REA?
Cuando la empresa comitente obtenga certificación de la inscripción de una empresa subcontratista, se entenderá que ha cumplido con su deber de vigilar el cumplimiento por dicha empresa de las obligaciones señaladas en el artículo 4 de la Ley Subcontratación.
La empresa comitente queda exonerada DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y PARA UNA SOLA OBRA DE CONSTRUCCIÓN de la responsabilidad prevista en el artículo 7 de la Ley Subcontratación.La certificación deberá haber sido solicitada dentro del mes anterior al inicio de la ejecución del contrato y deberá ser emitida por el órgano competente en el plazo máximo de 10 días naturales desde la recepción de la solicitud y tendrá efectos con independencia de la situación registral posterior de la empresa afectada.
entonces si la subcontrata incurre en impago a trabajadores y ss, el pedir previamente el rea exime del pago a la contrata?
No,
El certificado del REA es para dar cumplimiento a las obligaciones señaladas en el artículo 4 de la Ley Subcontratación.Nada que ver con el impago a los trabajadores y a la Seguridad Social.
La empresa comitente puede y debes pedir a la Seguridad Social otro certificado de que la empresa a la que pretende contratar o subcontratar está al corriente de pagos.Son dos temas distintos.
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