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  • #43083 Agradecimientos: 0
    Tabladillo
    Participante
    0
    septiembre 2002


    La siguiente pregunta la he planteado en el Foro de Ergonomía, pero he pensado que tal vez haya médicos en el Foro de Medicina de Trabajo que puedan echarme una mano. Ahí va la cuestión:

    Pertenezco a una empresa en la que gran parte de las pantallas de ordenador convencionales se han cambiado por pantallas tipo TFT. La mejora en cuanto a postura de trabajo se refiere ha mejorado ostensiblemente, aumentando la distancia ojo-pantalla (que en algunos casos era reducida) y dejando mayor espacio para tareas con documentos. Sin embargo, desde entonces he notado un aumento en las peticiones por parte de los trabajadores de colirios, quejas por picazón de ojos e incluso algún trabajador ha decidido ir al oftalmólogo por dolores oculares, además hay quien también se queja de que la visión con una de las pantallas de este tipo no es nítida a pesar de haber comprobado la configuración.

    A la espera de los resultados médicos y de la posibilidad de que alguna de las pantallas esté defectuosa, me gustaría saber la opinión de los integrantes del foro que tengan alguna experiencia al respecto. Hace algún tiempo, uno de los expertos (Fernando José Fernández Velazquez) en una contestación a una cuestión sobre este tema habló del “examen oftalmológico para CVS” (Computer Vision Syndrome), ¿debería decirle a la mutua que sometiera a este exámen al trabajador en cuestión?

    Cuento con la posibilidad de que sea el típico bulo que se da en los grupos de personas que comentan entre ellas y al final a todo el mundo le duele lo mismo, pero creo que no es el caso.

    Hace un tiempo leí algo sobre este tipo de pantallas en un artículo. Creí entender que debido a que no produce reflejos, el ojo genera menos lágrima y por tanto se queda más seco por lo que se aconsejaba parpadear de vez en cuando para aliviar la sequedad. De todas formas no logro encontrar el documento en cuestión, ya que cuando lo leí aún no se me había presentado este caso ¿Podríais indicarme donde puedo encontrar información al respecto?

    Un saludo y gracias por anticipado

    #269424 Agradecimientos: 0
    Alicia Selgas
    Participante
    0
    julio 2002


    En principio ese tipo de pantallas plantea menos problemas de confort ocular que las tradicionales. En cuanto al exámen oftalmológico a que te refieres, al ser usuarios de PVD debe realizarse a todos y lo debe hacer el Servicio de Prevención con quien tengais concertada la vigilancia de la salud.

    #269425 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:

    Yo estoy más cómodo con las pantallas tradicionales, pero no me consta ningún estudio que asocie las pantallas tft con una mayor patología, ni siquiera con sequedad ocular. Los trabajadores deben recibir un reconocimiento orientado a riesgos de su trabajo. Los criterios para considerar a alguien “usuario de PVD” , estan definidos en El Real Decreto 488/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo que incluye pantallas de visualización, que encomienda de manera específica al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo la elaboración y el mantenimiento actualizado de una Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos que incluyan pantallas de visualización. En esta guía se definen los siguientes conceptos:

    CRITERIOS PARA DETERMINAR LA CONDICIÓN DE TRABAJADOR USUARIO DE PVD

    Los que pueden considerarse “trabajadores” usuarios de equipos con pantalla de visualización: todos aquellos que superen las 4 horas diarias o 20 horas semanales de trabajo efectivo con dichos equipos.

    Los que pueden considerarse excluidos de la consideración de “trabajadores” usuarios: todos aquellos cuyo trabajo efectivo con pantallas de visualización sea inferior a 2 horas diarias o 10 horas semanales.

    Los que, con ciertas condiciones, podrían ser considerados “trabajadores” usuarios: todos aquellos que realicen entre 2 y 4 horas diarias (o 10 a 20 horas semanales) de trabajo efectivo con estos equipos.

    Una persona incluida dentro de esta última categoría de “ciertas condiciones” (C) puede ser considerada, definitivamente, “trabajador” usuario si cumple, al menos, 5 de los requisitos siguientes:

    CRITERIOS PARA DETERMINAR LA CONDICIÓN DE TRABAJADOR USUARIO DE PVD

    Depender del equipo con pantalla de visualización para hacer su trabajo, no pudiendo disponer fácilmente de medios alternativos para conseguir los mismos resultados.

    (Este sería el caso del trabajo con aplicaciones informáticas que reemplazan eficazmente los procedimientos tradicionales de trabajo, pero requieren el empleo de pantallas de visualización, o bien de tareas que no podrían realizarse sin el concurso de dichos equipos).

    No poder decidir voluntariamente si utiliza o no el equipo con pantalla de visualización para realizar su trabajo.

    (Por ejemplo, cuando sea la empresa quien indique al trabajador la necesidad de hacer su tarea usando equipos con pantalla de visualización).

    Necesitar una formación o experiencia específicas en el uso del equipo, exigidas por la empresa, para hacer su trabajo.

    (Por ejemplo, los cursos impartidos por la empresa al trabajador para el manejo de un programa informático o la formación y experiencia equivalente exigidos en el proceso de selección).

    Utilizar habitualmente equipos con pantallas de visualización durante períodos continuos de una hora o más.

    (Las pequeñas interrupciones, como llamadas de teléfono o similares, durante dichos periodos, no desvirtúa la consideración de trabajo continuo).

    Utilizar equipos con pantallas de visualización diariamente o casi diariamente, en la forma descrita en el punto anterior.

    Que la obtención rápida de información por parte del usuario a través de la pantalla constituya un requisito importante del trabajo.

    (Por ejemplo, en actividades de información al público en las que el trabajador utilice equipos con pantallas de visualización).

    Que las necesidades de la tarea exijan un nivel alto de atención por parte del usuario; por ejemplo, debido a que las consecuencias de un error puedan ser críticas.

    (Este sería el caso de las tareas de vigilancia y control de procesos en los que un error pudiera dar lugar a pérdidas materiales o humanas).

    Todos estos, a reconocimiento específico a la mutua respònsable de la vigilancia de la salud

    Un saludo

    Javier

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