Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 17)
  • Autor
    Entradas
  • #14767 Agradecimientos: 0
    KRULL
    Participante
    0
    junio 2006


    Hola a tod@s.
    Soy el técnico de prevención de una constructora en Madrid. Estamos ejecutando unas obras en Sevilla y el Coordinador de SS dice que por normativa debo estar en la obra al menos cada 15 días. Es eso cierto?, que normativa es esa?, valdría con que el Jefe de Obra con su curso básico asumiese esa función?
    Gracias de antemano

    #154232 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
    0
    octubre 2003


    Yo no conozco que por ley tengas que estar en unos periodos de tiempo determinados. Otra cosa es que seas el recurso preventivo de un contratista, entonces debes estar siempre que se realicen trabajos peligrosos en altura, con riesgos de ahogamiento, seupultamiento, etc, etc. SI el jefe de obra tiene el curso basico podría hacer labores de recurso preventivo.

    #154233 Agradecimientos: 0
    AlfonsoMadrid
    Participante
    0
    agosto 2006


    Si no os lo ha hecho poner en el plan de SyS no puede obligarte a estar presente con una periodicidad concreta.

    #154234 Agradecimientos: 0
    Coordinator
    Participante
    0
    mayo 2002


    No hay ninguna legislación que te obligue a ninguna periodicidad. la periodicidad como mucho debe ser un acuerdo entre las partes, bien por contrato, bien en las reuniones de seguridad q

    #154235 Agradecimientos: 0
    Coordinator
    Participante
    0
    mayo 2002


    No existe obligacion legal ninguna. La periodicidad debe ser elegida de común acuerdo entre las partes, bien por contrato, bine en alguna de las reuniones de seguridad. El sentido común es el que debe dictar esa periodicidad, dependiendo de las circunstancias de la obra.

    #154236 Agradecimientos: 0
    gattaca
    Participante
    0
    diciembre 2004


    Efectivamente seguro que por ahí van los tiros.El coordinador no debe tener interlocutor válido con la constructura más que contigo por lo que lo mejor sería nombrar recurso preventivo al jefe de obra y que trate directamente con él.Además que puedes saber tu de la obra si no vas ni cada 15 días?.Un saludo

    #154237 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
    Participante
    1
    0
    agosto 2005

    Iniciado

    … tanto criticar que los coordinadores no aparecen por la obra, y resulta que el técnico de seguridad de una contrata es el que no aparece, teniendo la obligación la contrata (leerse el 1627, en concreto el artículo 11) de aplicar los principios preventivos, cumplir y hacer cumplir el PSS, etc, etc, e incluso en su último punto dice textualmente: atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del CSS.

    Me imagino que como sólo cuentas la parte que te interesa, omites por qué quiere el CSS que estés allí o vayas (seguramente el J.O. no le sirve para nada, pues es un nivel básico y tiene otras cosas que hacer).

    Si le dejamos al jefe de obra la seguridad, apaga y vámonos. Seguro que hay infinidad de trabajos en los que se requiere tu presencia.

    #154238 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    La organización de la prevención en la obra no está especificada en ninguna legislación.

    La misma será igual que para cualquier otra empresa, y debería especificarse en el PSS, puede ser:

    A través de trabajadores designados para la obra (en este caso si que deberan estar en la misma con la dedicación que se indique en el PSS).

    A través del SPP o SPA de la empresa, si lo tiene (en este caso debería especificarse en el PSS el modo en que dicho SPP llevará a cabo su actividad con relación a la obra).

    A través de un SPA para la obra (idem. del anterior).

    Otra cosa es que el promotor a través del ESS especifique que tipo de organización quiere para la obra debiendo entonces cumplir lo que en el se indica.

    El coordinador de seguridad y salud, os exigirá que organicéis la prevención en la obra pero no os impondrá el modelo a seguir (salvo que en el ESS se especifique). Otra cosa es que considere que la misma sea insuficiente, exigiendoos entonces que implementéis la misma (tened en cuenta que estais obligados a atender la indicaciones y seguir las instrucciones del CSS).

    Si esta estimación del CSS es justificada, yo que vosotros la atendería pues su unica salida en caso contrario sería denunciar dicha situación a la IT mediante el libro de incidencias determinado entonces la IT si la misma es suficiente o no (y arriesgandoos a recibir una sanción).

    #154239 Agradecimientos: 0
    Injury Free
    Participante
    0
    mayo 2006


    Creo que eso un situacion de organizacion entre tu empresa y si funciona con el residente y los riesgos estan controlados sin lesiones, eso es signo de que la obra y el personal estan controlados correctamente.

    Existen descripciones de puestos, y como norma se pide en respensable de seguridad asignado en el sitio este al tanto de lo que sucede en cada avance, en este caso el Residente pero el Coordinador debe siempre visitar y en forma de auditar los avances y seguimiento en el plan original de Seguridad

    Saludos

    Jesús Moreno
    Safety Manager LA
    Operaciones México

    #154240 Agradecimientos: 0
    Shanadoo
    Participante
    1
    noviembre 2006


    Si valdría, si ademas de hacer el curso básico al menos, redactas un nombramiento en el que reflejes que esa persona es el recurso preventivo.

    #154241 Agradecimientos: 0
    KRULL
    Participante
    0
    junio 2006


    HOLA MIGUEL ANGEL.
    ANTE TODO GRACIAS POR ATENDER A MIS PREGUNTAS.
    COMO BIEN SABES, UN TECNICO DE PREVENCION EN UNA CONSTRUCTORA NO ES DIOS Y PUEDE ESTAR EN TODAS LAS OBRAS. YO TAMBIEN SOY COORDINADOR DE SS Y CUANDO HE EJERCIDO COMO TAL ME HE DEDICADO A VISITAR MIS OBRAS, OTRA COSA PIENSO YO ES CUANDO ERES TPRL EN UNA CONSTRUCTORA Y NO ESTAS EN OBRA, UNICAMENTE REDACTAS EL PLAN DE SS Y HACES VISITAS ANTE LAS DUDAS DE LOS JEFES DE OBRA. DE AHI MIS DUDAS.

    #154242 Agradecimientos: 0
    KRULL
    Participante
    0
    junio 2006


    GRACIAS A TOD@AS!

    #154243 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
    Participante
    1
    0
    agosto 2005

    Iniciado

    Buenas.

    La normativa no dice explícitamente cuántas horas y cuánto debes estar en las obras, pero si es cierto que si el CSS lo exige o quiere será por algo.

    Por ejemplo, que se desarrollen trabajos que entrañen cierta peligrosidad en la cual se requiera la presencia de recurso preventivo, que no quiere decir que seas tu, ni el jefe de obra, pero tu si eres el interlocutor con el CSS, y seguramente quiera que veas las necesidades de la obra.

    #154244 Agradecimientos: 0
    KRULL
    Participante
    0
    junio 2006


    GRACIAS.
    ES QUE COMO COMPRENDERAS Y YA SABES POR EXPERIENCIA, ES IMPOSIBLE DAR A BASTO A TODO. IMAGINATE: SOY TECNICO DE PREVENCION Y CALIDAD DE UNA CONSTRUCTORA DE 80 TRABAJADORES CON 2 DELEGACIONES, SOLO ESTOY YO Y UN SPA. BASTANTE QUE VISITO ALGUNAS OBRAS GRANDES EN MADRID, SI ENCIMA TENGO QUE VISITAR LAS DE FUERA PUES…IMAGINATE QUE TODOS LOS COORDINADORES DE SS DE TODAS LAS OBRAS QUE LLEVAMOS A CABO REQUERIESEN MI ASISTENCIA…IMPOSIBLE

    #154245 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    Miguel_Angel ha clavado la respuesta. Como Coordinador, NO ES MI PROBLEMA, es tu problema y sobre todo el de tu empresa y de cómo tiene organizada la prevención.
    Si hacen falta 7 Jefes de Obra, ha contratar siete JO, si hacen falta 3 encargados a contratar 3 encargados, si hacen falta 23 administrativos se contratan 23 administrativos, ahora bien, si hacen falta 2 o 34 personas para llevar Calidad, Prevención y Medio Ambiente, ¡no jodas!, con uno vale y que se busque la vida.
    Ese o cualquier otro Coordinador que te solicite presencia en obra, TE ESTÁ HACIENDO UN FAVOR. Te coges el AVE, te vas a Sevilla, ves la obra, estás con el Coordinador y te vuelves. A la mañana siguiente, cuando te pidan algo quizás se den cuenta de que hace falta alguien más.
    Desconozco como funcionan las obras en Madrid desde un punto de vista preventivo, pero por muchos sitios de la geografía española, periódicamente (algunas a la semana, otras cada quince días y lo habitual cada mes) se realizan reuniones de Coordinación, a las que debe asistir el TPRL de la contrata y representantes de las subcontratas. Si tienes 8 obras abiertas, tendrás 8 días ocupados al mes, pero si tienes 20 ……………
    Una posibilidad es que le des una parte proporcional de tu sueldo al Coordinador para que haga tu trabajo, que seguro que en parte lo está haciendo.
    Y otra posibilidad es que contratéis a alguien en Sevilla o si el SPA tiene delegación allí que se ocupe del asunto.
    Visto lo visto, no me extraña ese oscuro interés de que el Coordinador tenga mayor dedicación en obra, cuando sus obligaciones vienen perfectamente definidas en el RD 1627/97 y la obligación legal de control y vigilancia es del EMPRESARIO.
    ¡Chapeau! por el Coordinador de Sevilla, todavía hay muchos TPRL en paro y que tienen ganas de trabajar.
    ¿Bastante que visito algunas obras grandes en Madrid?
    Tú mismo, me ahorro el comentario.

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 17)
  • El debate ‘ OBLIGACION DEL TECNICO DE PREVENCION EN OBRA’ está cerrado y no admite más respuestas.