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donus.
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La razón es porque tiene pies`planos. Pues bien, la solución es bien sencilla.
1º.- Tendrá que volver al médico y le prescriba unas plantillas autopédicas.
2º.- Colocará las plantillas en el interior de su calzado de seguridad y a trabajar.La razón es porque tiene pies`planos. Pues bien, la solución es bien sencilla.
1º.- Tendrá que volver al médico para que le prescriba unas plantillas autopédicas.
2º.- Colocará las plantillas en el interior de su calzado de seguridad y a trabajar.mi respuesta es que se debe fabricar un calzado de seguridad ergonomicamente adaptado a ese trabajador.. saludos
Menos ingenuidad en todo este asunto. Elegid un buen zapato o acabaran con albarcas. Echadle un vistazo a este
Pensad que se está ya aplicando tecnologia de análisis biomecánico para el diseño del calzado de seguridad que ni de lejos se utiliza para los de calle.
Así que lo dicho. Hoy un buen calzado de seguridad es muchísimo más cómo que uno de calle.
Saludos
Servicio Técnico de Ergow.COM
Entra o regístrate para ver los enlaces Por cierto, Mohes, mereces un 10 😉
Servicio Técnico de Ergow.COM
Entra o regístrate para ver los enlaces Yo tengo los pies planos y no tengo ningun problema para utilizar el calzado de seguridad todo el día. Primero te diria que si el certificado médico de pies planos establece que de manera explicita que no puede utilizar calzado de seguridad, si la respuesta es no, yo lo mandaria a reconocimiento médico laboral comunicando al médico el tema y que el decida.
Probablemente el medico como mucho establezca que ese trabajador no puede utilizar calzado muy rigido, o algo asi, en cuyo caso deberas encontrar en el mercado unas botas de seguridad flexibles, o mas comodas y por supuesto obligarle a ponerlasComo decía Pancho 2, si no se puiede poner calzado de seguridad ninguno y trabaja en una obra, tendrá que buscarse la vida por otro lado. Primero en esa empresa y si no en otra. Por cierto, lo de los pies planos no se manifiesta como un grano en primavera, sino que es algo que se descubre enseguida de nacer, unas veces “se corrige” y otras no. En el caso que nos dice es claro que no se ha corregido y por tanto en el reconocimiento médico previo a la incorporación al trabajo se detectaría y figuraría esa limitación. Si el empresario lo contrata a sabiendas de ello, es dicho empresario el obligado a proporcionarle un trabajo en el que no se dé la obligatoriedad del uso de calzado de seguridad…
Yo creo que es un pregunta trampa…1ª.- Para trabajar en ese puesto es obligatorio el uso de bota de seguridad
2ª.- El trabajador no puede utilizar botas de seguridad (falso, pero supongamos que es cierto)
Conclusión: el trabajador no puede desempeñar ese trabajo. Blanco y en botella.Expongo un caso totalmente real, un minero (no es un caso conozco unos cuantos iguales)para desempeñar su trabajo necesita guantes, el típico guante de cuero de toda la vida. Es alergico a algún compuesto que se utiliza para el curtido de la piel o algo así y le provoca una erupción cutanea que no le permite trabajar, la solución ha sido una ILP TOTAL. No puede trabajar en ese puesto porque no tolera los guantes por tanto no es apto y como consecuencia jubilación y a trabajar en otra cosa. Repito que no es una opinión, es un caso totalmennte real y conozco varios iguales en el mismo trabajo y en la misma empresa.
¿en que tipo de obra de construccion no es necesario el calzado de segurida? yo creo que ese hombre se debe dedicar a otra cosa pero a guista no.
YO CUANDO LLEGO A UNA OBRA Y ME DICEN ESO, YO LES CONTESTO QUE VAYAN A UNA ORTOPEDIA Y QUE LE HAGAN UN CALZADO DE SEGURIDAD ADECUADO A SUS CIRCUSTANCIAS, PERO CLARO ESO VALE UN DINERITO ¿Y QUIEN LO PONE?
Veamos, en primer lugar, el Convenio Colectivo del sector de la Construcción especifica que PREVIAMENTE a la contratación de un trabajador, se le ha de hacer una revisión médica para determinar su aptitud.
1ª Consecuencia:
Si soy su empresario a quien me cargo es al inútil de personal que lo contrató sin hacerle la oportuna prueba médica.Supongamos que no se la hicieron (muy habitual)
2ª Consecuencia:
Pues ahora a aguantarse y a buscarle un trabajito en la oficina que no implique el paso por zona de obra (La zona de casetas si está debidamente separada no obliga a utilizar ni zapatos en muchos casos) y ya tenemos un administrativo más…Supongamos ahora que se la hicieron mal.
3ª Consecuencia:
El empresario debería de denunciar y demandar al impresentable de la MUTUA que lo ha dado como apto para la Construcción.Superadas todas estas consideraciones, si el PSS dice que sin botas no entras, pues eso, NO ENTRAS.
Todo lo demás respecto a calzado ergonómico u ortopédico está muy bien, pero volvamos al mundo real, pues el empresario que escatima 3 euros en unas gafas no me creo que se convierta en una ONG que le pague con gusto ese calzado, aunque sea SU OBLIGACIÓN.
Apañeros, os veo muy dispersos ultimamente…
Es necesario hacer una valoracion del problema de este trabajador, y en lo posible tratar de buscar alguna solucion que no comprometa su integridad fisica, por que no se intenta utilizar unas plantillas ortopedicas prescritas por un especialista?
posiblemente es todo lo que necesita, y /o buscar , debido a que actualmente existen muchas opciones en el mercadoojú q de cuento chino, esto parece los de cruz y raya q si hay q ir se va,q si el calzado…que se vaya a su casa el gruista y q haga la comida y los deberes con los niños y le deje la grua a su mujer ya verás como el empresario tiene menos problemas !!hombre ya!!! bueno y qué me deciis con la gente del per? un alcalde me dijo a mi q no había presupuesto para el calzado de seguridad
LA OPCION B
Ttalmente de acuerdo contigo, mas laro ni agua.
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