Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • #65793 Agradecimientos: 0
    kaizin
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    febrero 2005


    Buenas:
    Trabajo en una empresa en la que tenemos un servicio mancomunado para las especialidades de Seguridad, Higiene y Ergonomía y lo que es Medicina del Trabajo lo tenemos contratado con Ibermutuamur.
    En noviembre, nos cumple el Concierto de prevención y me gustaría saber si es posible poder tener contratado, medicina del trabajo con otra mutua diferente a ésta, teniendo en cuenta, que no es posible el cambio de mutua, tras la publicación del RD 38/2010, 15 de enero de periodo de vinculación por un período mínimo de tres años.

    #381629 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Creo que partes de un error conceptual. La vigilancia de la salud no la tienes con una Mutua, sino con un SPA, en este caso por lo que indicas la Sociedad de Prevención Ibermutuamur. Cuando te venza el contrato, respetando las cláusulas del mismo, podrás contratar la vigilancia de la salud con otro SPA acreditado. Hasta donde sé, existe sólo una limitación y es que si tu empresa está asociada como mutualista a Ibermutuamur no podrás contratar la dicha vigilancia de la salud con una Sociedad de Prevención perteneciente a una Mutua, puesto que yo entiendo que el sector no está aún plenamente liberalizado aunque sí en proceso.

    No obstante, nada te impide contratar la vigilancia con otro SPA que no esté asociado a ninguna Mutua.

    Espero haberte sido de ayuda y si estoy equivocado en algún dato que otro compañero me corrija.

    #381630 Agradecimientos: 0
    Lets
    Participante
    0
    enero 2010


    Hola, la actividad que desarrolla la mutua y la que desarrolla el servicio de prevención no tienen ninguna relación, el concierto de prevención lo tienes con la Sociedad de Prevención Ibermutuamur, no con la Mutua. Es cierto que hasta ahora no se podía tener las contingencias profesionales cubiertas con una mutua y cencertar la prevención con una sociedad de prevención de otra mutua, pero precisamente en noviembre cambia esta situación. Sin duda en la nueva Sociedad de Prevención donde pretendas concertar te infromarán de como hacerlo.

    #381631 Agradecimientos: 0
    Lets
    Participante
    0
    enero 2010


    la liberalización del sector entra en vigor en noviembre, lo establece la disposición final sexta de la ley 32/2010 (lo han puesto ahí con calzador)

    #381632 Agradecimientos: 0
    JAI73
    Participante
    0
    enero 2010


    No lo entiendo, copio la disposición final sexta de 32/2010:
    Artículo 32. Actuación preventiva de las mutuas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

    Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social no podrán desarrollar directamente las funciones correspondientes a los servicios de prevención ajenos. Ello sin perjuicio de que puedan participar con cargo a su patrimonio histórico en las sociedades mercantiles de prevención constituidas a este único fin, en los términos y condiciones que se establezcan en las disposiciones de aplicación y desarrollo.»

    Yo no leo en ninguna parte lo que tu comentas…

    #381633 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Yo tampoco lo tengo tan claro. Es más, hay un hilo en el foro en el que se ha debatido ampliamente la cuestión con puntos de vista muy diferentes sin llegar a una acuerdo claro.

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    #381634 Agradecimientos: 0
    Aredhil
    Participante
    163
    2
    julio 2010


    Maestro

    En el reglamento de las Sociedades de Prevención de Mutuas dice claramente (art. 13.2) que las sociedades de prevención sólo podrán ejercer su actividad con las empresas que estén asociadas a la mutua de la que derivan. La ley 32/2010 dice que la mutua no podrá ejercer directamente como servicio de prevención ajeno(existían las dos modalidades) pero sí a través de una sociedad de prevención. La liberalización, aunque está en proceso aún no se ha llevado a cabo (aunque muchas sociedades de prevención estén actuando como si lo estuvieran, ya veremos cuando empiecen las reclamaciones).

    #381635 Agradecimientos: 0
    miref
    Participante
    1
    2
    junio 2004

    Iniciado

    Pues lo mismo que lo de un técnico por especialidad para los mancomunados y el equipo inventariado, calibrado y trazado que deberán disponer y acreditar … como lo habéis solucionado ??? A esperar que se concrete durante el año de plazo del 337/2010.

    Saludos,

    #381636 Agradecimientos: 0
    DRCTSENT
    Participante
    0
    junio 2006


    Sabe alguien si será pronto la liberalización famosa?

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