• Este debate tiene 15 respuestas, 10 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 16 años por gattaca.
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  • #3492 Agradecimientos: 0
    EvaPL
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    enero 2007


    Buenas Tardes,
    ¿ Un coordinador de Seguridad puede prohibir la entrada al técnico de prevención de la contratista principal por estar embarazada?
    Hacer una visita de seguridad a la obra extremando las precauciones,(como no subirse a sitios con riesgo de caída en altura)sería suficiente,¿no? Además el RD 1627 simplemente establece que las mujeres embarazadas y madres lactantes tendrán un lugar habilitado en buenas condiciones para poder tumbarse.

    #94963 Agradecimientos: 0
    NOACCIDENTENT
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    septiembre 2007


    Que te de el apto de su medico de vigilancia de la salud y el informe de puestos exentos de riesgos que le tiene que haber hecho dicho servicio de prevencion de la empresa.De esta forma, te quitas de problemas.

    #94964 Agradecimientos: 0
    joooseee
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    febrero 2006

    Iniciado

    El artículo 9.f del RD 1628/97 te da potestad deno autorizar (o desautorizar, que es lo mismo) la entrada a obra de quien quieras. Incluido el Jefe de obra, lo que obligaía a la empresa Contratista a nombrar a otro que sea más receptivo a tus demandas.
    Consejo: sigue el sentido común y argumenta la desautorización y los requisitos par cambiar de parecer, si es que quieres dar pie a ello.
    SALUDOS

    #94965 Agradecimientos: 0
    joooseee
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    febrero 2006

    Iniciado

    quise decir 1627/97
    sorry

    #94966 Agradecimientos: 0
    nesssy
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    noviembre 2003


    Parece una tonteria, pero: HABLA CON ELLA. Yo como prevencionista, cuando estuve embarazada me cuide muy mucho de entrar en según que obras, y de haxcer según que cosas. En el SPA en que trabajo, siendo en aquel momento la única en llevar empresas de construcción, tras hablarlo con el jefe, se procedio a una reasignación de tareas (lleve menos construccion y mas bares y cafeterias), que para ello tenemos protocolos específicos para estos casos (tanto médicos como técnicos).

    #94967 Agradecimientos: 0
    GONZA71
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    0
    octubre 2001

    Iniciado

    Sinceramente, ¿estamos tontos o que?

    La mujer está EMBARAZADA, no esta incapacitada, ni enferma, ni va a realizar ninguna tarea que a priorí implique un riesgo específico para su estado. Creo entender que es la técnico de prevención, con lo que no va a acarrear ladrillos, o a meterse en una zanja, o manejar un martillo neumático.

    Supongo que ella misma, máxime si es técnico de prevención, sabrá perfectamente (mucho mejor que el coordinador) lo que puede y no puede hacer en función de su estado, y adoptará las precauciones que considere necesarias en cada caso.

    #94968 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hola. Yo me inclino más por la respuesta del compañero Zalo5886 que por las anteriores, aunque en éstas también veo razones con las que asentir.

    La mujer embarazada no es una discapacitada, puede trabajar, con ciertas precauciones eso sí.

    Lo más sensato es adaptar el trabajo a las capacidades y condiciones necesarias. Dado que a la obra va a inspeccionar y no a trabajar, no veo mucho problema.

    Eso sí, deberá extremar las precauciones, sobre todo en áreas donde no haya un buen orden y limpieza, paso por lugares estrechos, acceso a forjados mediante escaleras manuales, deambulación por forjados en ejecución (entablado, colocación de bovedillas armaduras y zunchos, etc)

    Entiendo que es una embarazada de pocos meses. Otra cosa es que se ande paseando por la obra estando a punto de parir.

    Yo consultaría con el Servicio de vigilancia de la salud y les pediría que se pronunciaran al respecto, a ser posible por escrito.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #94969 Agradecimientos: 0
    gattaca
    Participante
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    diciembre 2004


    A ver si la entrada en la obra esta prohibida para los menores, yo diria que lo que viaja en la barriguita podria considerarse un menor.La prohibición viene determinada por el riesgo que aunque minimizado existe en cualquier obra, un riesgo asumible para un adulto, asumible con condiciones para una persona discapacitada y quizá asumible o no para una embarazada en función de las condiciones de la obra y del informe que yo pediria a la mutua.En principio si yo soy el coordinador de la obra para mi no estaria autorizada a entrar hasta que se demostrase lo contrario, mediante informe de mutua.

    #94970 Agradecimientos: 0
    EvaPL
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    enero 2007


    Que digo yo que si el 1627/97 establece lugares de descanso acondicionados para embarazadas, acepta que pueden existir en las obras de construcción,no? Una embarazada es un trabajador especialmente sensible, esto significa que no puede realizar trabajos en altura, entrar en contacto con agentes químicos, etc. que es lo que va a decir el informe de la Mutua… lo que no veo claro, es prohibir la entrada a un técnico de prevención cuya labor es la supervisión de las medidas de seguridad, que por supuesto va a extremar las precauciones como principal interesada… ¿ Existe alguna ley, reglamento, norma o jurisprudencia que prohiba este tipo de trabajos?

    #94971 Agradecimientos: 0
    Runpro
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    febrero 2005


    Efectivamente, una mujer embarazada no es una persona discapacitada pero sí una trabajadora especialmente sensible a determinadas situaciones.

    Una obra es un lugar de trabajo, que ya de por sí lleva una reglamentación diferente como tal, y entre sus actividades se encuentran algunas de las recogidas en el anexo I, no sólo como peligrosas para los mismos trabajadores si no para el resto que se encuentre en el radio de influencia.

    Que la legislación no recoge nada que prohiba expresamente la entrada a obra de las mujeres embarazadas, de acuerdo, pero ahí tendrá algo que decir el CSS, el técnico de prevención o el médico de trabajo. Y si ellos establecen los riesgos que existen para una mujer embarazada, pues creo que hay que darle pocas vueltas.

    Simplemente un suelo irregular que propicie una caída tonta, un tropiezo con un puntal que sobresale, un aborto no deseado y algunos de esos que tienen que meter el dedo en llaga de la legislación para hacerse creyentes tenrán que dar muuuuchas explicaciones a la inspección de trabajo.

    Yo no me la jugaba a pares o nones.

    #94972 Agradecimientos: 0
    GONZA71
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    octubre 2001

    Iniciado

    ¿concurso de a ver quien la dice más gorda? ¿fina ironia que no soy capaz de captar? algunas respuestas son alucinantes.

    ¿Que informe vas a pedir a que mutua? ¿que tiene que ver una mutua en todo esto?

    Que digo yo que ya puestos,…cuando venga uno con calcetines blancos lo mismo tampoco le dejais pasar, a no ser que traiga un justificante de la madre en el que diga que no ha podido hacerle la colada y solo le quedan esos limpios.

    #94973 Agradecimientos: 0
    EvaPL
    Participante
    0
    enero 2007


    Si, yo tampoco termino de ver lo del informe médico, resulta que yo soy apta para desarrollar mi puesto de trabajo, con el detalle de que ahora me encuentro en estado de buena esperanza, y no me dedico a picar piedra en una cantera, no manipulo productos químicos, y como prevencionista, sé que no debo subirme a los forjados o las cubiertas o caminar por los andamios como antes… mi misión en una obra es hacer una visita de supervisión de las medidas de seguridad implantadas, siempre me acompaña el encargado, al que pido que se suba a la cubierta y me saque unas fotos ( les tengo enseñados)… tomando todas estas medidas ¿ En qué se puede basar un coordinador de seguridad para decirme que no puedo entrar en la obra?

    #94974 Agradecimientos: 0
    Andhersa
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    marzo 2007


    Es el servicio de vigilancia de la salud el que debe determinar a que riesgos no debe estar expuesta la mujer embarazada y a partir de cuando. Una vez se haya pronunciado el servicio de vigilancia de la salud y el médico del trabajo es momento de analizar si en el desarrollo normal de su trabajo como TSPRL a pie de obra, en esa obra en cuestión, estaría expuesta o no, a esos riesgos. Además, ni todas las obras ni todas las fases de obra son iguales, por lo que repito, habría que comparar el informe del médico del trabajo con los riesgos de esa obra en concreto.

    Antes de contar con este informe, y con la confrontación del mismo con la situación de la obra, que el CSS le prohíba el acceso a obra me parece una extralimitación de funciones como LA COPA DE UN PINO.

    #94975 Agradecimientos: 0
    nesssy
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    noviembre 2003


    nadie dice que sea una persona incapacitada para trabajar, pero en una obra todos hemos oido hablar de los riesgos en proximidad (y no sólo de los derivados del trabajo directo), esto es: orden y limpieza, caídas de objetos, ruido y vibraciones, ella sabrá, yo decidí no exponerme.

    #94976 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Un coordinador NO puede prohibir la la entrada a la obra del técnico de prevención de la contratista principal por estar embarazada, NI A NINGUN OTRO TRABAJADOR, porque NO ES SU OBRA, NO ES SU CENTRO DE TRABAJO, y la contratista principal NO ES SU EMPRESA por lo que NO TIENE potestad alguna para dar ordenes a los trabajadores de la misma.

    Podrá decir que dicha empresa no cumple con lo establecido en el plan de seguridad y salud y deberá actuar en consecuencia (art. 13 y 14 del RD 1627/97) y dar las instrucciones que crea convenientes (A LAS EMPRESAS), pero nada mas.

    SON LAS EMPRESAS quienes autorizan o no la entrada de sus trabajadores a la obra.

    Aunque al final pueda parecer lo mismo, no lo es.

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