- Este debate tiene 9 respuestas, 10 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 18 años, 10 meses por
Pacosanta.
-
AutorEntradas
-
HOLA BUENOS DIAS, ME GUSTARIA SABER SI UN MENOR DE 17 AÑOS PUEDE CONDUCIR UNA MINI PALA CARGADORA EN OBRA, MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACION.
Qué va, no puede. Los menores están muy limitados, búscate el R.D. de menores del año 1957 que aún está vigente y verás todos los trabajos que NO pueden realizar. Ten mucho cuidado con la contratación de menores, si tienen algún accidentepueden causar muchos problemas a la empresa….
EL RD DEL 26 DE JULIO DE 1957 (AUN EN VIGOR) DETALLA EN SU RELACION SEGUNDA
LAS ACTIVIDADES Y TRABAJOS QUE ESTAN PROHIBIDOS A LOS MENORES DE 18 AÑOS (EN SU EPOCA A LOS MENORES DE 21).
Me temo que no, no puede realizar la conducción o manejo de maquinaria y aparatios accionados por motor empleados en las obras de construcción, movimientos de tierra etc. En el articulo 27 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales regula los trabajos de los menores de edad
La Nota Técnica de Prevención 214 (NTP 214: Carretillas elevadoras) en su apartado “Responsabilidad” dice literalmente: “La conducción de carretillas elevadoras está prohibida a menores de 18 años (Decreto nº 58-628 de 19.7.58).”
Revisa ese decreto y la citada NTP porque en ella también figuran las características de seguridad y ergonomía que deben cumplir las carretillas elevadoras y las aptitudes y conocimientos que se requieren para conducir una carretilla.
Otra cosa los conductores de carretillas elevadoras deben estar específicamente formados para ello y poseer el carné de carretillero (no tiene que ver con el que da la DGT).
Un saludo.
En mi opinion, NO, porque además de la formación específica en el manejo de dicha pala, debe tener el permiso de conducir B1
NOOOOOOOOOO.
Dependiendo de la legislacion de cada pais, lo corriente es que se dé esta responsabilidad a mayores de 18 años previa demostracion certificada por un tercero que puede ser un provedor de este tipo de vehiculo, y previo examen tecnico del uso del vehiculo, puesto que de caracter especializado.
LA NTP 214 DICE —NOOOOOOOOO—Responsabilidad
La conducción de carretillas elevadoras está prohibida a menores de 18 años (Decreto nº 58-628 de 19.7.58).
El conductor de la carretilla es responsable de un buen uso de su carretilla tanto en lo que se refiere a:
Seguridad en general en el centro de trabajo: El conductor es responsable de las distintas situaciones que puede generar o provocar por su actuación incorrecta.
Vehículo y carga. El coste económico de la carretilla y de las cargas manipuladas condiciona a que el conductor deba ser persona preparada y por ello responsable del equipo que maneja.
Ni te se ocurra!
-
AutorEntradas
- El debate ‘ MENORES’ está cerrado y no admite más respuestas.