Viendo 14 entradas - de la 1 a la 14 (de un total de 14)
  • Autor
    Entradas
  • #4533 Agradecimientos: 0
    onna
    Participante
    0
    mayo 2008


    Hola,

    Llevo casi 10 años trabajando en una tienda de telefonia movil, hasta hace aproximandamente un año me cambiaron de local, este es PREMIUM lo que significa que el diseño de la tienda, así como los mostradores y demás están diseñados para cautivar al público, sin embargo me encuentro que el mostrador está muy alto y es incomodo de trabajar con el ordenador y los periféricos, para colmo tenemos una sola silla de diseño, expuesta también para el público y nosotras ya que se nos ha prohibido sentarnos en ella. Trabajamos 8 horas sin descanso alguno y tenemos que permanecer de pie con una silla al lado. A mi me parece tan estupido que me cuesta creerlo. La empresa decidió de forma tajante la prohibición de utilizar la silla y nos obliga a permanecer de pie toda la jornada. En la tienda que estaba antes no era PREMIUM, era normal y mucho más efectiva en todos los sentidos, teniamos la mesa con el pc a la altura correspondiente y sillas graduables. Actualmente me encuentro reventada me duelen muchísimo todos los musculos, me siento cansada y me cuesta concentrarme a ultima hora de la tarde.
    Agradecería saber si es de obligado cumplimiento para la empresa aplicar las correspondientes leyes de prl sobre la ergonomía en el trabajo.

    saludos y muchas gracias.

    #100725 Agradecimientos: 0
    Ibrahim Adnan
    Participante
    0
    enero 2008


    Definitivamente a esa empresa de telefonía le falta mucho para ser una empresa desarrollada. Solo piensa en la plata que le dejan los clientes. Usted es muy importante acuda a la ley y quéjese, la empresa debe responder por su bienestar.

    #100726 Agradecimientos: 0
    SEGURIDAD_ALL
    Participante
    0
    mayo 2008


    HOLA:

    EN PRINCIPIO ESTO:
    Es recomendable que los mostradores tengan una altura acorde con el plano de trabajo, pues evitará posturas inadecuadas tanto a nivel cervical como de miembros superiores, ya que eleva, amplía y dificulta el plano de alcance de los brazos y el de la visión del trabajador.
    Si se precisa un mostrador para que el usuario cumplimente documentos estos pueden ser rellenados en posición sentada sobre la mesa o mostrador con la misma altura , o bien de pie sobre un mostrador (altura aproximada de 90 cm) ubicado hacia una pared que no entorpezca.
    En caso de que se trabaje en un mostrador, éste debe tener unas dimensiones que permita la ubicación de los diferentes elementos de trabajo, así como el hueco suficiente para movilizar los miembros inferiores.
    La superficie del mostrador debe reunir las mismas características descritas en el apartado de mesas de trabajo del presente informe.
    La silla de trabajo será regulable en altura para adaptarse al plano de trabajo, teniendo en cuenta de que si se trata de un mostrador con altura de aproximadamente 90 cm, deberá tener un soporte para apoyo de los pies, además de reunir las características descritas en el apartado correspondiente de este informe.

    AL SER MUY EXTENSO EL TEXTO AL QUE TE VOY HA HACER REFERENCIA, BAJATE DE INTERNET LA “Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo”.

    UN CONSEJO: ACUDE A UN SINDICATO, TE RECOMIENTO UGT, YO ESTOY AFILIADO A ÉL, Y EXPÓNLES TU CASO.

    UN SALUDO.-.

    #100727 Agradecimientos: 0
    Cristian Felipe
    Participante
    0
    agosto 2006


    Estas en todo tu derecho a que esta situacion se corrija.

    Primero, si la empresa es de categoria Premium, debiese atenerse a todas las exigencias Internacionales, dentro de ellas tenemos las que estipula la Guia Tecnica que te recomendaron, y tambien aquellas que evaluen la ergonomia. Para ello, se tienen diferentes metodos, creo que en tu caso el mas conveniente seria: RULA (Rapid Upper Limb Assessment), el cual perdite evaluar el riesgo de posturas continuas y prolongadas durante una jornada.

    Segundo, si quieres hacer algo mas legal, te aconsejo que demuestres pruebas del hecho. A lo menos, graba con una camara de video, una de tus jornadas, y luego llevala a algun organismo que tenga que ver con seguridad e higiene laboral en tu pais. Tambien puedes grabar en audio cuando se les este dando la indicacion de no sentarse o si esto esta establecido en algun documento (que lo dudo) seria mejor aun. Si esto te parece demasiado arriesgado, solicita a algun ente fiscalizador de tu pais que visite tu lugar de trabajo, y luego unanse varias compañeras de trabajo e indiquen la irregularidad señalando su temor por ser despedidas si lo comentaban antes.

    #100728 Agradecimientos: 0
    akguirao
    Participante
    2
    marzo 2006


    Hombre, que yo sepa, y por desgracias, las normas respecto a ergonomía sonun poco difusas.
    Resulta claro desde el punto de vista técnico, así que yo procuraría acceder a la evaluación de riesgos y la planificación. Si en ellas se indica algo sobre la silla osimilar… pues eso.
    En caso contrario yo intentaría implicar al Servicio de Prevención y a la mutua (acude a la mutua por dolores, hinchazon, informa a tus representantes, si es que los hay de tu situación, y si no solicita por escrito a tus responsables una visita para revisar la evaluacuón debido a una daño no refleajdo en ella…).
    Supongo que esto es muy complicado, y más por el tipo de empresa en el que estás. Supongo que este es uno de esos casos en que se cogen más moscas con miel que con vinagre (o sea, por lo legal seguro que tienes las de perder, ojalá me equivoque), o sea, intenta ver si puedes hacer algo hablando con quien corresponda antes de actuar de forma más “legalista”.
    Suerte.

    #100729 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
    Participante
    6
    0
    julio 2001

    Iniciado

    De acuerdo con los compañeros, la situación planteada no es de recibo. Por desgracia, muy habitual, pero a todas luces inaceptable.

    Y, Onna, por supuesto que las leyes (sobre lo que sea) son de obligado cumplimiento. Como te aconsejan, busca asesoramiento al respecto.

    Un saludo.

    #100730 Agradecimientos: 0
    In Itinere
    Participante
    0
    abril 2007


    silla ergononómica, posiblemete de pie/sentado como la que te han descrito antes o bien pausas. no creo que les siente demasiado bien que venga un cliente y estes en pausa obligatoria….
    Como te han dicho antes habla con S. prevención.
    necesitas que algún técnico haga un estudio de tu puesto de trabajo y proponga las medidas correctoras.

    #100731 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    LEY DE 27 DE FEBRERO DE 1912 SOBRE OBLIGACIÓN DE TENER DISPUESTO UN ASIENTO PARA LAS MUJERES EMPLEADAS.

    POR SORPRENDENTE QUE PUEDA RESULTAR LA LEY DE 1912 TUVO ENORME RELEVANCIA EN SU DÍA, YA QUE RECONOCIÓ EL DERECHO DE TODA EMPLEADA DEL COMERCIO Y, EN GENERAL, DEL SECTOR SERVICIOS A SERVIRSE DE UN ASIENTO DESTINADO EXCLUSIVAMENTE PARA ELLA, CON EXCLUSIÓN DE LOS QUE PUEDA HABER A DISPOSICIÓN DE PÚBLICO, PRECISÁNDOSE QUE PODÍA UTILIZARLO MIENTRAS NO LO IMPIDA SU OCUPACIÓN Y AÚN DURANTE ÉSTA CUANDO SU NATURALEZA LO PERMITA.

    Así que dile a tu empresario que no sea “tan moderno” en el diseño y cumpla con criterios asumidos hace más de 100 años.
    De todas formas un simple informe de tu serivio de prevención será suficiente para adecuar o adaptar este puesto.

    #100732 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
    Participante
    2
    2
    marzo 2006

    Iniciado

    Desconocia completamente la existencia de esa ley, pero… ¿sigue viegente? ¿realmente se puede alegar al cumplimiento de esa legislación aparentemente obsoleta por el año de su publicación?
    No obstante, hay medios de presión, probablemente seais muchas las afectadas por este nuevo diseño de las oficinas, tal vez existan ya compañeras que se hayan dado de baja con algún tipo de problemas relacionado con las horas de pie. Podéis recurrir a vuestros jefes directos, o delegados de prevención (si los tenéis o los conocéis) o al Servicio de Prevención directamente.

    #100733 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    976
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Pues claro que es obligatorio. El problema es que pertenezcas a una red de tiendas de telefonía grande y tu empresa sea golosa para el SPA que tenéis. De esta forma, tengo dudas de que se elabore un informe correcto a no ser que lo metáis por sindicato.
    La posición de pie permanente puede ser necesaria en determinados trabajos y tendrá su tratamiento preventivo correspondiente.
    Si por razón de trabajo no es necesaria, y en este caso no parece que lo sea, sino impuesta por razones de imagen, entonces la medida preventiva será disponer de apoyos (por ejemplo tipo taburete alto) para poder descansar lo necesario. También habría que modificar probablemente el protocolo de vigilancia de la salud para adaptarlo a esta situación tan concreta.

    Mételo por sindicato y suerte. Siempre me ha parecido una estupidez obligar a los dependientes a estar de pie. Una cosa es que permanezcas atento a los clientes en una tienda de ropa, moviéndote por ella y ofreciendo ayuda, y otra cosa es estar detrás del mostrador de continuo y de pie aunque no haya clientes en la tienda.
    A por ellos.

    #100734 Agradecimientos: 0
    VCRP
    Participante
    0
    marzo 2008


    Yo también me encontré en una situación parecida, vendiendo telefonía en un centro comercial el mostrador era muy alto y las sillas tan sólo las podían utilizar los clientes. La única forma de poder sentarse era con un justificante médico que lo recomendaba, y sólo lo consiguió una compañera embarazada.

    #100735 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    No sé si estará vigente. Las leyes se derogan por otras posteriores y en lo que se opongan a la nueva regulación posterior. Acuerdate hace poco lo que se dijo de la ley de comedores de empresa de 1938 que todavía se alegó en litigios laborales de 1986 y 2001.

    Por otro lado, la cuestión es ¿es admisible tal diseño del puesto que obliga a permanecer de pie durante 8 horas? evaluación de riesgos y medidas preventivas: lugar de descanso próximo al puesto, descansos y pausas, etc ¿no será mejor habilitar una silla y/o plano de trabajo adecuado? y habilitar un simple asiento sin necesidad de litigar por tal menester? La última palabra la tiene el Servicio de Prevención.

    #100736 Agradecimientos: 0
    previneitar
    Participante
    0
    febrero 2003


    Estoy con el compañero que te aconseja denuncies. Tienen que tener la prevención en la empresa, y por lo que cuentas casi seguro que no tengan concierto alguno. Suerte.

    #100737 Agradecimientos: 0
    kinehernan
    Participante
    0
    octubre 2004


    mmm MUY BUEN TEMA, sabes las elongaciones, los taburetes pueden ser una buena opcion.

Viendo 14 entradas - de la 1 a la 14 (de un total de 14)
  • El debate ‘ Me obligan a permanecer de pie y me ponen una silla al lado’ está cerrado y no admite más respuestas.